MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Rango Decreto
Publicación 2014-10-15
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Decreto 1789/2014

Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Semillas.

Bs. As., 6/10/2014

VISTO el Expediente Nº S05:0007824/2014 del Registro del MINISTERIO DE

AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de

marzo de 2002, 764 de fecha 15 de mayo de 2012 y 766 de fecha 17 de

junio de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 764 de fecha 15 de mayo de 2012, se designó con

carácter transitorio, a partir del 20 de octubre de 2011 y por el

término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del

dictado del citado decreto, al Ingeniero Agrónomo Don Carlos Abel

RIPOLL (M.I. Nº 8.642.697), perteneciente a la Planta Permanente de

Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado

por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el

Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, Nivel A, Grado 9, en

el cargo de Director Nacional de Semillas del INSTITUTO NACIONAL DE

SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE

AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que por el Decreto Nº 766 de fecha 17 de junio de 2013, se prorrogó a

partir del 4 de febrero de 2013 y por el término de CIENTO OCHENTA

(180) días hábiles contados a partir de su dictado, la designación

transitoria del mencionado agente en el cargo de Director Nacional de

Semillas.

Que el citado cargo debía ser cubierto conforme a los procesos de

selección previstos en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del

Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado

por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura

del cargo mencionado en el plazo establecido, por lo que resulta

indispensable prorrogar la designación transitoria del nombrado

funcionario por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles,

contados a partir de la fecha de la presente medida.

Que lo dispuesto por el presente decreto no implica erogación

extraordinaria alguna en el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL

DE SEMILLAS.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas

por los Artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y 1° del

Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° —Dase por

prorrogada a partir del 11 de marzo de 2014 y por el término de CIENTO

OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la

presente medida, la designación transitoria efectuada por el Decreto Nº

764 de fecha 15 de mayo de 2012, prorrogada por su similar Nº 766 de

fecha 17 de junio de 2013, en el cargo de Director Nacional de Semillas

del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la

órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, al Ingeniero

Agrónomo Don Carlos Abel RIPOLL (M.I. Nº 8.642.697), Nivel A, Grado 10

de la Planta Permanente de Personal del citado organismo, autorizándose

el pago de la Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO

PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo

Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de

2008.

Art. 2° — El cargo involucrado

en el Artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme a

los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,

respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº

2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles

contados a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento de la presente medida se atenderá con las partidas

específicas del Ejercicio 2014, Entidad 614 - INSTITUTO NACIONAL DE

SEMILLAS.

Art. 4° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H.

Casamiquela.

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