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LEY Nº 20.671

Texto vigente a fecha 1970-01-02

LEY DE MINISTERIOS

DECRETO Nº 1.819

Bs. As., 10/6/74.

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

PERON.

Benito P. Llambi.

José B. Gelbard.