DUELO NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2014-10-14
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

DUELO NACIONAL

Decreto 1835/2014

Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina.

Bs. As., 13/10/2014

VISTO que en el día de la fecha se ha producido el fallecimiento de D. Antonio Francisco CAFIERO y,

CONSIDERANDO:

Que D. Antonio Cafiero consagró su vida a la actividad política y a la democracia, siendo fiel a sus ideas hasta el presente.

Que nació en el año 1922 en Buenos Aires, recibiéndose de Contador

Público en la Universidad de Buenos Aires en 1944, alcanzando el título

de Doctor en Ciencias Económicas.

Que siendo tan solo un joven, Cafiero comenzó su actividad dentro del

peronismo con la movilización del 17 de octubre de 1945, hito

fundamental de la historia argentina.

Que, hombre de vasta y destacable trayectoria en la función pública, la

misma se inició en el año 1948 como Consejero Financiero en la embajada

argentina en los Estados Unidos, siendo posteriormente Director del

Departamento Socioeconómico del Ministerio de Relaciones Exteriores y,

en 1952 fue designado por el Presidente Juan Domingo PERÓN al frente

del Ministerio de Comercio Exterior.

Que en 1973, con el retorno de la democracia, fue Presidente de la Caja

Nacional de Ahorro y Seguro, para el año siguiente ser nombrado

Secretario de Comercio de la Nación y posteriormente Interventor

Federal de la Provincia de Mendoza.

Que, en el año 1975, fue Ministro de Economía de la Nación y luego

Embajador ante la Santa Sede en 1976, cargo al que debió renunciar

debido al golpe militar de ese año, siendo privado de su libertad a su

regreso a la República Argentina.

Que, en las elecciones legislativas de 1985, fue elegido Diputado

Nacional hasta 1987, año en el cual tuvo una actuación destacada

apoyando al gobierno de Raúl Alfonsín durante el levantamiento

carapintada que puso en riesgo la democracia argentina.

Que, en ese mismo año 1987, sería elegido gobernador de la PROVINCIA DE

BUENOS AIRES y Senador Nacional por los períodos 1993/2001 y 2002/2005.

Que, se desempeñó brevemente como JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en tiempos de crisis institucional.

Que también corresponde hacer mención a su actuación internacional,

habiendo estado a su cargo la representación de nuestro país ante

Bélgica, la Comunidad Económica Europea, la Santa Sede y Chile.

Que, asimismo, cabe destacar el ejercicio desde el año 2005 de la

Presidencia de la Conferencia Permanente de los Partidos Políticos de

América Latina y el Caribe (COPPPAL).

Que en el ámbito partidario ocupó diversos cargos, entre los cuales

pueden señalarse: Secretario Político del Consejo Superior en el año

1962 y luego Coordinador del Movimiento Nacional Justicialista, siendo

nombrado posteriormente Secretario Político del Consejo Superior del

Partido Justicialista y, ya en 1971, Director del Consejo de

Planificación del mismo.

Que además fue nombrado Presidente del Consejo Provincial del Partido

Justicialista de Buenos Aires y Presidente del Consejo Nacional del

Partido Justicialista.

Que como puede evidenciarse de lo señalado precedentemente, este

histórico dirigente ha ofrecido su vida al servicio de la República.

Que ante su lamentable fallecimiento, corresponde decretar duelo en

todo el territorio de la República en homenaje a D. Antonio CAFIERO.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Declárase Duelo

Nacional en todo el territorio de la República Argentina por el término

de DOS (2) días a partir del día de la fecha, con motivo del

fallecimiento de D. Antonio Francisco CAFIERO.

Art. 2° — Por el MINISTERIO DEL INTERIOR se expresarán a la familia del extinto las condolencias del Gobierno Nacional.

Art. 3° — Durante los días de duelo la Bandera Nacional permanecerá izada a media asta en todos los edificios públicos.

Art. 4º — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal F. Randazzo.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.