ASIGNACIONES FAMILIARES

Rango Decreto
Publicación 2014-02-14
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ASIGNACIONES FAMILIARES

Decreto 185/2014

Asignación por ayuda escolar anual. Montos.

Bs. As., 12/2/2014

VISTO las Leyes Nros. 24.714, sus modificatorias y 26.206 y los

Decretos Nros. 1245 de fecha 1° de noviembre de 1996 y sus

modificatorios, 256 de fecha 9 de marzo de 1998, 337 de fecha 29 de

febrero de 2008, 614 de fecha 30 de mayo de 2013 y su modificatorio

1282 de fecha 29 de agosto de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por el presente Decreto se propicia el aumento de la asignación familiar por ayuda escolar anual.

Que la Ley Nº 24.714 y sus modificatorias en su artículo 10 establece

que la asignación por ayuda escolar anual consistirá en el pago de una

suma de dinero que se hará efectiva en el mes de marzo de cada año.

Que la asignación familiar por ayuda escolar anual se liquida a los

trabajadores en relación de dependencia, a los titulares de derecho de

la Ley de Riesgos del Trabajo, de la Prestación por Desempleo y del

Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Que el objetivo de la asignación familiar por ayuda escolar anual es

contribuir con los gastos que se realizan con motivo del inicio del

ciclo lectivo de los niños, niñas y adolescentes a establecimientos de

educación inicial, primaria y secundaria establecidos en la Ley de

Educación Nacional Nº 26.206; como así también los que se generan como

consecuencia de la concurrencia de aquellos alumnos con necesidades

educativas especiales que concurren a establecimientos de gestión

oficial o privada donde se imparte dicha modalidad.

Que es política de gobierno garantizar el acceso y las condiciones para

la permanencia y el egreso de los diferentes niveles del sistema

educativo, evitando la deserción escolar.

Que para ello el ESTADO NACIONAL adopta las medidas necesarias, a los

efectos de asegurar una educación de calidad con igualdad de

oportunidades y posibilidades.

Que por los motivos expuestos resulta necesario elevar el monto de la asignación familiar por ayuda escolar anual.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado por el artículo

19 de la Ley Nº 24.714 y sus modificatorias para determinar la cuantía

de las asignaciones familiares.

Que ha tomado la intervención de su competencia el Servicio Jurídico pertinente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas

al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99, incisos 1 y 2, de la

CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 19 de la Ley Nº 24.714 y sus

modificatorias.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Los montos de la

asignación por ayuda escolar anual para los niños, niñas y adolescentes

que concurran a establecimientos de educación inicial, primaria y

secundaria de acuerdo con las previsiones de la Ley Nº 26.206, son los

que se establecen en los Anexos I, II y III del presente.

Art. 2° — La asignación por

ayuda escolar anual se liquidará al inicio del Ciclo Lectivo para los

niños, niñas y adolescentes de CINCO (5) a DIECISIETE (17) años

inclusive, debiendo presentarse el certificado pertinente que acredite

la condición de alumno/a regular del establecimiento educativo, como

fecha límite, al 31 de diciembre de cada año.

Para la liquidación de la mencionada asignación, en los casos no

incluidos en la forma establecida en el párrafo precedente, los

titulares deberán presentar ante la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA

SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) el certificado que acredite la concurrencia al

establecimiento educativo hasta la fecha límite determinada en el

primer párrafo de este artículo.

Art. 3° — El presente Decreto será de aplicación a partir del Ciclo Lectivo 2014.

Art. 4° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos A.

Tomada.

ANEXO I

MONTO DE LA ASIGNACION FAMILIAR POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA

TRABAJADORES EN RELACION DE DEPENDENCIA REGISTRADOS Y TITULARES DE

DERECHO DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO

ASIGNACION FAMILIARVALOR GENERALZONA 1ZONA 2ZONA 3ZONA 4AYUDA ESCOLAR ANUALIGF entre $ 200.- y $ 30.000.-$ 510$ 680$ 850$ 1.020$ 1.020AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO CON DISCAPACIDADSin tope de IGF$ 510$ 680$ 850$ 1.020$ 1.020

Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4.

Zona 1: Provincias de La Pampa, Río Negro y Neuquén; en los

Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento

Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos

Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas);

Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José,

Anchoris); Departamento Tunuyán (Distritos Los Arboles, Los Chacayes,

Campo de Los Andes); Departamento San Carlos (Distrito Pareditas);

Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Venegas); Departamento

Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua

Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra,

Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador,

Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano) en Mendoza; Orán

(excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su ejido urbano) en

Salta.

Zona 2: Provincia del Chubut.

Zona 3: Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera) en

Catamarca; Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa

Catalina, Susques y Yavi en Jujuy; Departamentos Los Andes, Santa

Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y

su ejido urbano) en Salta.

Zona 4: Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

ANEXO II

MONTO DE LA ASIGNACION FAMILIAR POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA TITULARES DE LA PRESTACION POR DESEMPLEO

ASIGNACION FAMILIARVALOR GENERALAYUDA ESCOLAR ANUALIGF entre $ 200.- y $ 30.000.-$ 510AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO CON DISCAPACIDADSin tope de IGF$ 510

ANEXO III

MONTO DE LA ASIGNACION FAMILIAR POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA TITULARES DEL SIPA Y VETERANOS DE GUERRA DEL ATLANTICO SUR

ASIGNACION FAMILIARVALOR GENERALZONA 1AYUDA ESCOLAR ANUALIGF entre $ 200.- y $ 30.000.-$ 510$ 680AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO CON DISCAPACIDADSin tope de IGF$ 510$ 680

Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1.

Zona 1: Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz,

Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de

Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

ASIGNACION FAMILIAR VALOR GENERAL ZONA 1 ZONA 2 ZONA 3 ZONA 4
AYUDA ESCOLAR ANUAL
IGF entre $ 200.- y $ 30.000.- $ 510 $ 680 $ 850 $ 1.020 $ 1.020
AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO CON DISCAPACIDAD
Sin tope de IGF $ 510 $ 680 $ 850 $ 1.020 $ 1.020
ASIGNACION FAMILIAR VALOR GENERAL
--- ---
AYUDA ESCOLAR ANUAL
IGF entre $ 200.- y $ 30.000.- $ 510
AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO CON DISCAPACIDAD
Sin tope de IGF $ 510
ASIGNACION FAMILIAR VALOR GENERAL ZONA 1
--- --- ---
AYUDA ESCOLAR ANUAL
IGF entre $ 200.- y $ 30.000.- $ 510 $ 680
AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO CON DISCAPACIDAD
Sin tope de IGF $ 510 $ 680

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