CONVENIOS

Rango Decreto
Publicación 2022-04-18
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONVENIOS

Decreto 185/2022

DCTO-2022-185-APN-PTE - Aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 17/04/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-22329059-APN-SSRFID#SAE y el Modelo de

Convenio de Préstamo BIRF N° 9337-AR propuesto para ser suscripto entre

la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y

FOMENTO (BIRF), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Convenio de Préstamo BIRF N° 9337-AR, el

BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) se compromete a

asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar

en la ejecución del Proyecto “Fomentar Mejores Empleos con Programas

Integrados de Formación y Empleo” por un monto de DÓLARES

ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES (USD 250.000.000).

Que el objetivo del Proyecto es mejorar el empleo de los grupos

priorizados y fortalecer la calidad y disponibilidad de los servicios

de capacitación y empleo en la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que el referido Proyecto prevé la ejecución de CINCO (5) partes: (1)

Ampliación y Fortalecimiento de un Sistema de certificación y

capacitación por Competencias Laborales, (2) Estipendios para Promover

la Participación en Políticas Activas del Mercado de Trabajo (PAMT),

(3) Fortalecimiento de la Red de las Oficinas de Empleo Municipales

(OEM), (4) Fortalecimiento de los Sistemas de Información y Evaluación

y (5) Administración del proyecto y monitoreo.

Que la ejecución de dicho Proyecto y la utilización de los recursos del

préstamo otorgado por el Banco serán llevadas a cabo por el MINISTERIO

DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL o por el organismo que en el

futuro lo reemplace y tendrá, asimismo, a su cargo la realización de

actividades de evaluación estratégica del Proyecto en coordinación con

la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

como responsable del asesoramiento técnico-metodológico.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA

ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio de la

SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,

suscriba el Convenio de Préstamo BIRF N° 9337-AR, así como toda otra

documentación relacionada con la operatoria de dicho Préstamo.

Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Secretario de

Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN para que, en nombre

y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Convenio de

Préstamo BIRF N° 9337-AR y acuerde las modificaciones que sean

convenientes para la ejecución del Proyecto “Fomentar Mejores Empleos

con Programas Integrados de Formación y Empleo”, siempre y cuando no

constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos ni

deriven en un incremento de su monto o una alteración en el

procedimiento arbitral pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de

interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Convenio de

Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en

este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y

objetivos para los que será destinado el mencionado Préstamo.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y

por el artículo 53 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de

Presupuesto (t.o. 2014).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Convenio de Préstamo BIRF N°

9337-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO

INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), por un monto de

DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES (USD

250.000.000), destinado a financiar el Proyecto “Fomentar Mejores

Empleos con Programas Integrados de Formación y Empleo” que consta de

SEIS (6) artículos, CUATRO (4) ANEXOS y UN (1) Apéndice, en idioma

inglés y su traducción al idioma español, que forman parte integrante

del presente decreto como ANEXO I (IF-2022-19961600-APN-SSRFID#SAE).

Asimismo, forman parte integrante de la presente medida, como ANEXO II

(IF-2022-19962296-APN-SSRFID#SAE), las “Condiciones Generales para el

Financiamiento del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO

(BIRF): Financiamiento de Proyectos de Inversión” de fecha 14 de

diciembre de 2018 (revisado el 1° de agosto de 2020, el 21 de diciembre

de 2020, el 1° de abril de 2021 y el 1° de enero de 2022) en idioma

inglés y su traducción al idioma español y como ANEXO III

(IF-2022-22241007-APN-SSRFID#SAE) el “Reglamento de Adquisiciones del

Banco Mundial para Prestatarios de IPF” en idioma inglés y su

traducción al idioma español, correspondiente a la edición del 24 de

noviembre de 2020.

ARTÍCULO 2°.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o

funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y

representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Convenio de Préstamo BIRF

N° 9337-AR, así como toda otra documentación relacionada con la

operatoria de dicho Préstamo, conforme al modelo que se aprueba por el

artículo 1° del presente decreto.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o

funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir,

en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al

Convenio de Préstamo BIRF N° 9337-AR, cuyo modelo se aprueba por el

artículo 1° de la presente medida, siempre que no constituyan cambios

sustanciales en el objeto o destino de los fondos ni deriven en un

incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento

arbitral pactado.

ARTÍCULO 4°.- Desígnase al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD

SOCIAL como Organismo Ejecutor del Proyecto “Fomentar Mejores Empleos

con Programas Integrados de Formación y Empleo”, que quedará facultado

a realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la

ejecución del mencionado Proyecto, conforme las normas y procedimientos

contenidos en el Modelo de Convenio de Préstamo BIRF N° 9337-AR que se

aprueba por el artículo 1° de la presente medida. Asimismo, la referida

jurisdicción tendrá a su cargo la realización de actividades de

evaluación estratégica del Proyecto en coordinación con la SECRETARÍA

DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN como responsable

del asesoramiento técnico-metodológico.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 18/04/2022 N° 24802/22 v. 18/04/2022

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.