MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Rango Decreto
Publicación 2011-11-18
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 1856/2011

**Aclárase que la designación del

Interventor del Instituto Nacional Contra la Discriminación, la

Xenofobia y el Racismo dispuesta por el Decreto Nº 756/11 es de

carácter Ad Honorem.**

Bs. As., 14/11/2011

VISTO el Expediente Nº S04:0049005/2011 del registro del MINISTERIO DE

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, los Decretos Nros. 220 del 28 de febrero

de 2011 y 756 del 10 de junio de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 220/2011 se designó al señor Pedro Marcelo

MOURATIAN como Coordinador de Investigación y Capacitación de Políticas

contra la Discriminación del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que mediante el Decreto Nº 756/2011 se declaró intervenido, por un

plazo de CIENTO OCHENTA (180) días, el INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA

DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo

descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS

HUMANOS y se designó Interventor del mismo al mencionado funcionario.

Que el señor MOURATIAN se desempeñará como Interventor del INADI, sin

perjuicio de continuar ejerciendo las funciones inherentes al cargo de

Coordinador de Investigación y Capacitación de Políticas contra la

Discriminación del referido Ministerio.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Aclárase que la

designación del señor Pedro Marcelo MOURATIAN (D.N.I. Nº 17.346.882)

como Interventor del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA

XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado en

jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, por un

período de CIENTO OCHENTA (180) días, dispuesta por el Decreto Nº

756/2011, tendrá carácter “Ad Honorem” y ejercerá dichas funciones sin

perjuicio de continuar ejerciendo las inherentes al cargo de

Coordinador de Investigación y Capacitación de Políticas contra la

Discriminación del citado Ministerio, en el que fuera designado

mediante el Decreto Nº 220/2011.

Art. 2º —Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Julio C.

Alak.

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