MINISTERIO DE CULTURA
MINISTERIO DE CULTURA
Decreto 1863/2015
Dase por designado el Director Nacional de Acción Federal.
Bs. As., 07/09/2015
VISTO el expediente CUDAP N° 3769/14 del registro del MINISTERIO DE
CULTURA, las Leyes Nros. 26.895 y 27.008, los Decretos N° 491 de fecha
12 de marzo de 2002, N° 641 de fecha 6 de mayo de 2014 y N° 833 de
fecha 3 de junio de 2014 y su modificatorio, y
CONSIDERANDO:
Que por las Leyes Nros. 26.895 y 27.008, se aprobó el Presupuesto
General de la Administración Pública Nacional para los ejercicios 2014
y 2015, respectivamente.
Que por las citadas Leyes se dispuso el congelamiento de los cargos
vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de las mismas en
las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los
que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por el Decreto N° 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el
control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de
la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no
permanente.
Que por intermedio del Decreto N° 641/14 se modificó la Ley de
Ministerios (t.o. Decreto N° 438/92), disponiéndose la creación del
MINISTERIO DE CULTURA y determinándose sus competencias.
Que el artículo 5° del Decreto N° 833/14 aprobó la estructura
organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE CULTURA,
poniendo bajo la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIO-CULTURALES
a la DIRECCIÓN NACIONAL DE ACCIÓN FEDERAL.
Que mediante la Resolución ex - S.G. y C.A. N° 333 de fecha 29 de julio
de 2014 se homologó en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas el nivel
I asignado a la citada Dirección Nacional.
Que, con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la
jurisdicción resulta indispensable cubrir transitoriamente el cargo
mencionado.
Que, a tal fin, el MINISTERIO DE CULTURA propone designar en el cargo
de DIRECTOR NACIONAL DE ACCIÓN FEDERAL de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS
SOCIO-CULTURALES al señor Juan Manuel PIGNOCCO, quien reúne las
exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para desempeñar las
responsabilidades inherentes a dicho cargo.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del organismo de origen ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones
previstas en el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en
los artículos 7 y 10 de las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 y en el
artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dáse por
designado transitoriamente, a partir del día 17 de noviembre de 2014, y
por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al señor Juan
Manuel PIGNOCCO (D.N.I. N° 25.063.214), en un cargo de la Planta
Permanente Nivel A, Grado 0, como DIRECTOR NACIONAL DE ACCIÓN FEDERAL
de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIO-CULTURALES del MINISTERIO DE
CULTURA, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva I del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial homologado por Decreto N° 2098/08, con carácter de
excepción al artículo 7° de las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 y con
autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
Art. 2° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público
homologado por Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados a partir del día 17 de noviembre de 2014.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento del presente decreto será atendido con las partidas
específicas del presupuesto de la Jurisdicción 72 del MINISTERIO DE
CULTURA.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Teresa A.
Sellarés.
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