JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Rango Decreto
Publicación 2015-09-15
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 1866/2015

Dase por designado el Director Nacional de la Oficina Nacional de Tecnologías de Información.

Bs. As., 08/09/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0039463/2015 del Registro de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 27.008, el Decreto N° 491

del 12 de marzo de 2002, la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA

GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 6 del 5 de

febrero de 2004 y lo solicitado por la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE

GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, tramita la designación

transitoria por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles como

Director Nacional de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN

dependiente de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la

SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, del

Doctor D. Gabriel Edgardo CASAL.

Que por la Ley N° 27.008 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.

Que el artículo 7° de la mencionada Ley establece que las

Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no

podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes a la fecha

de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha,

salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció,

entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de

la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de

planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO

NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que en la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE

GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se encuentra vacante

y financiado un cargo Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del

SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3

de diciembre de 2008 y sus modificatorios, cuya cobertura se impone con

cierta inmediatez, frente a la necesidad de cumplir en tiempo y forma

las exigencias del servicio.

Que por la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de

la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 6 del 5 de febrero de 2004 se

homologaron los niveles de Funciones Ejecutivas de diversos cargos

pertenecientes a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre ellos el

correspondiente a la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN con

Nivel de Ponderación I.

Que por el artículo 10 de la Ley N° 27.008, se dispuso que las

facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros, podrán ser

asumidas por el Poder Ejecutivo Nacional, en su carácter de responsable

político de la Administración General del país y en función de lo

dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su

artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien

designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y

reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública

Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la

Circular de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA

NACIÓN N° 4 del 15 de marzo de 2002.

Que el agente involucrado en la presente medida, ha dado cumplimiento a

lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto N° 601 del 11 de

abril de 2002 y su modificatorio reglamentario del Decreto N° 491 de

fecha 12 de marzo de 2002.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y

TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención

correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,

7° y 10 de la Ley N° 27.008 y 1° del Decreto N° 491 de fecha 12 de

marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dáse por

designado, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA

(180) días hábiles a partir del 1° de julio de 2015, al Doctor D.

Gabriel Edgardo CASAL (D.N.I. N° 14.005.108) como Director Nacional de

la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN dependiente de la

SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE de

la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en un cargo Nivel A - Grado 0,

autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel

I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°

2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios. La mencionada

designación se dispone con carácter de excepción a lo dispuesto por el

artículo 7° de la Ley N° 27.008 y con autorización excepcional por no

reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Título

Il, Capítulo III del Convenio citado precedentemente.

Art. 2° — El cargo involucrado

deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección

vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,

Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo

Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),

homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus

modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a

partir del 1° de julio de 2015.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a

los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para

el corriente Ejercicio de la JURISDICCIÓN 25 - JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese,

publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y

archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.

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