JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
**JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS**
**Decreto
1919/2006**
Modifícase**el Decreto Nº 357 del 21 de
febrero de 2002 y sus modificatorios. Apruébase la estructura organizativa de
la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.**
Bs.
As., 26/12/2006
VISTO,
la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº
438/92) sus modificatorios y complementarios, la Ley 26.078, los Decretos Nº 351 del 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, Nº 828 y Nº 830, ambos del 6 de
julio de 2006, y lo solicitado por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que
a través de la Ley citada en el Visto y sus modificatorios, se establecieron
los ministerios que conforman la organización de la Administración Pública
Nacional y sus competencias.
Que
a través del Decreto Nº 828/06 se ampliaron las
competencias de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS asignándole las relativas
a la implementación de la política ambiental, la preservación y protección de
los recursos naturales y el desarrollo sustentable.
Que
por el Decreto Nº 357/02 y modificatorios se aprobó
el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las Unidades Organizativas
determinadas en dicho organigrama.
Que
mediante el Decreto Nº 830/06, se transfirió la
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la órbita del MINISTERIO DE
SALUD al ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con sus unidades
organizativas y sus respectivas competencias, cargos, dotaciones, créditos
presupuestarios y bienes.
Que,
analizada la organización de la citada Secretaría y considerando razones de
funcionalidad, resulta aconsejable un reordenamiento de los niveles políticos
de la misma, con el objeto de cumplir con los criterios de eficacia y
eficiencia para el logro de los objetivos estratégicos propuestos y optimizar
su funcionamiento.
Que,
consecuentemente, resulta necesario reordenar las responsabilidades en el
ámbito de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, con el objeto de
posibilitar la correcta y más eficaz administración de los recursos del Estado
aplicados a la política ambiental, mediante una mejor coordinación y
articulación entre las diversas áreas de dicho Organismo.
Que
para ello, resulta menester readecuar su conformación organizativa, en función
de los criterios enunciados, sin que tal medida implique incrementar el
presupuesto asignado y/o el total de las partidas de los cargos para la
Jurisdicción.
Que
la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
ha tomado la intervención que le compete.
Que
la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo
99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por
ello,
EL
PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
**Artículo
1º**— Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios,
—Organigrama de aplicación— el Apartado XII, correspondiente a la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que se
acompaña como planilla anexa al presente artículo.
**Art.
2º**— Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios
—Apartado XII— correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los
objetivos de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE y de sus
Subsecretarías dependientes, los que quedarán redactados de conformidad con el
detalle que se acompaña como planilla anexa al presente artículo.
**Art.
3º**— Apruébase la
estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA DE AMBIENTE
Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de acuerdo
con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones, los que como Anexos I
y II forman parte integrante del presente decreto.
**Art.
4º**— En un plazo de
SESENTA (60) días a partir de la publicación del presente Decreto, la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS deberá aprobar el proyecto correspondiente a las
aperturas inferiores a las que se aprueban por la presente medida, el que
deberá prever como máximo diecinueve (19) cargos de conducción.
**Art.
5º**— Facúltase al
JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a aprobar la Dotación de la SECRETARIA DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, de conformidad con las respectivas leyes de
Presupuesto.
**Art.
6º**— Hasta tanto se
concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida,
se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel
inferior a las aprobadas en el presente, las que transitoriamente mantendrán
las responsabilidades primarias y dotaciones vigentes con sus respectivos
niveles, grados de revistas y funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).
**Art.
7º**— Hasta tanto se
efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las
erogaciones de las áreas afectadas por el presente, serán atendidas con cargo a
los créditos presupuestarios de la Jurisdicción.
**Art.
8º**— Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A.Fernández.
Planilla anexa al artículo 1º
XII
— JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS —
SUBSECRETARIA
DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA
SUBSECRETARIA
DE LA GESTION PUBLICA
SECRETARIA
DE GABINETE Y RELACIONES PARLAMENTARIAS
-
SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
-
SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA
SECRETARIA
DE MEDIOS DE COMUNICACION
-
SUBSECRETARIA DE COMUNICACION
-
SUBSECRETARIA DE GESTION DE MEDIOS
SECRETARIA
DE DEPORTE
-
SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO DEPORTIVO
-
SUBSECRETARIA DE DEPORTE SOCIAL
SECRETARIA
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
-
SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL
-
SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE
-
SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE POLITICAS AMBIENTALES
Planilla anexa al artículo 2º
XII
— JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Objetivos:
1.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la implementación de la política
ambiental como política de Estado y en los aspectos técnicos relativos a la
política ambiental y la gestión ambiental de la Nación.
2.
Coordinar las políticas del gobierno nacional que tengan impacto en la política
ambiental, estableciendo la planificación estratégica de políticas y programas
ambientales del gobierno nacional.
3.
Coordinar y articular la gestión ambiental de los organismos responsables de
ejecutar la política ambiental nacional.
4.
Planificar y coordinar la inserción de la política ambiental en los Ministerios
y en las demás áreas de la Administración Pública Nacional.
5.
Integrar el CONSEJO FEDERAL DEL MEDIO AMBIENTE.
6.
Intervenir desde el punto de vista de su competencia en el desarrollo de la
biotecnología.
7.
Entender en el ordenamiento ambiental del territorio y en la planificación e
instrumentación de la gestión ambiental nacional.
8.
Entender en la preservación, protección, defensa y mejoramiento del ambiente,
en la implementación del desarrollo sustentable, en la utilización racional y
conservación de los recursos naturales, renovables y no renovables, la
preservación ambiental del patrimonio natural y cultural y de la diversidad
biológica tendientes a alcanzar un ambiente sano, equilibrado, apto para el
desarrollo humano, en él marco de lo dispuesto en el artículo 41 de la
Constitución Nacional.
9.
Entender en la elaboración y actualización permanente del diagnóstico de la
situación ambiental nacional en forma coordinada con organismos nacionales,
provinciales y municipales.
10.
Entender en la propuesta y elaboración de regímenes normativos que permitan la
instrumentación jurídica administrativa de la gestión ambiental, el
ordenamiento ambiental del territorio, a la conservación y uso racional de los
recursos naturales y la calidad ambiental.
11.
Entender en el establecimiento de metodologías de evaluación y control de la
calidad ambiental en los asentamientos humanos así como la formulación y
aplicación de indicadores y pautas que permitan conocer el uso sustentable de
los recursos naturales.
12.
Entender en el establecimiento de un sistema de información pública sobre el
estado del ambiente y sobre las políticas que se desarrollan.
13.
Promover la difusión de la información y la adquisición de conciencia sobre los
problemas ambientales del país.
14.
Promover la educación ambiental formal y no formal y coordinar con el
MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA programas y acciones que
fortalezcan su implementación.
15.
Entender en las relaciones con las organizaciones no gubernamentales vinculadas
al ambiente y fortalecer los mecanismos de participación ciudadana en materia
ambiental.
16.
Entender en la aplicación de los tratados internacionales relacionados con los
temas de su competencia, e intervenir en la formulación de convenios
internacionales en los asuntos propios de su área.
17.
Conducir la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera
internacional que otros países u organismos internacionales ofrezcan, para el
cumplimiento de los objetivos y políticas del área de su competencia, en
coordinación con los demás organismos del estado para su implementación.
18.
Entender en la gestión ambientalmente adecuada de los recursos hídricos en
coordinación con el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS.
19.
Coordinar e impulsar planes y acciones con organismos interjurisdiccionales
de la Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal competentes, que
entiendan en el saneamiento y ordenamiento ambiental de las cuencas y costas
del Area Metropolitana de Buenos Aires.
SECRETARIA
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
SUBSECRETARIA
DE PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL
Objetivos:
1.
Asistir al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en todo lo relativo
al diseño e implementación de la política nacional vinculada al uso racional de
los recursos naturales, conservación de la biodiversidad, desarrollo de
instrumentos e implementación de políticas tendientes a la sustentabilidad
social, económica y ecológica, con estrategias a nivel regional.
2.
Asistir al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en todo lo referente
a la planificación y ordenamiento ambiental del territorio.
3.
Intervenir en la elaboración y actualización permanente del diagnóstico de la
situación ambiental y de los asentamientos humanos, en coordinación con otros
organismos nacionales, provinciales y municipales.
4.
Entender en la propuesta y elaboración de regímenes normativos que permitan la
instrumentación jurídica administrativa del ordenamiento ambiental del
territorio, el uso racional de los recursos naturales y la calidad ambiental.
5.
Promover, diseñar, implementar y evaluar políticas, programas y proyectos
vinculados a la planificación ambiental del territorio y efectuar el
seguimiento de la calidad ambiental de los asentamientos humanos.
6.
Entender en el establecimiento de un sistema de información pública sobre el
estado del ambiente y sobre las políticas que se desarrollan, en los temas de
jurisdicción de la Subsecretaría.
7.
Promover la difusión de información y la adquisición de conciencia sobre los
problemas ambientales del país, con relación a los temas de jurisdicción de la
Subsecretaría.
SECRETARIA
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
SUBSECRETARIA
DE COORDINACION DE POLITICAS AMBIENTALES
Objetivos:
1.
Asistir al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en la formulación
ejecución e implementación de la política ambiental nacional y la coordinación
con los distintos organismos.
2.
Canalizar las relaciones de la Secretaría con los demás órganos de la
administración nacional con competencias específicas en las respectivas
materias, y con otros niveles de decisión, a fin de que sus políticas y la
implementación de éstas tomen en consideración las dimensiones ambientales
involucradas.
3.
Prestar asistencia al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en la
representación que ejerza el Estado Nacional ante organismos internacionales e
ínter jurisdiccionales vinculados a la política ambiental nacional.
4.
Proporcionar los instrumentos administrativos necesarios para una adecuada
gestión del CONSEJO FEDERAL DEL MEDIO AMBIENTE.
5.
Asistir al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en los planes,
programas y acciones que se emprendan con relación a las leyes de Presupuestos
Mínimos vigentes y que dicte el Honorable Congreso de la Nación.
6.
Entender en las relaciones con las organizaciones no gubernamentales vinculadas
a los temas ambientales y promover los mecanismos que faciliten la
participación ciudadana en los temas ambientales.
SECRETARIA
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
SUBSECRETARIA
DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE
Objetivos:
1.
Asistir al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en la formulación e
implementación de una política nacional de desarrollo sustentable.
2.
Elaborar y difundir los instrumentos técnicos y de gestión necesarios para una
adecuada implementación de una política de desarrollo sustentable.
3.
Favorecer la concientización y la participación de la sociedad argentina en la
temática del desarrollo sustentable.
4.
Facilitar la participación y la coordinación con el sector empresarial en el
ámbito de su competencia.
5.
Intervenir en la elaboración y actualización permanente del diagnostico de la
situación del desarrollo sustentable a nivel nacional.
6.
Promover, evaluar e implementar políticas, programas y proyectos vinculados a
la evaluación y control de las temáticas asociadas al desarrollo sustentable, a
la prevención de la contaminación en todas sus formas, al análisis, promoción y
desarrollo de tecnologías limpias, al ahorro energético y el uso de energías
renovables.
7.
Canalizar las relaciones de la Secretaría con los demás órganos de la
administración nacional y con otros niveles de decisión, a fin de que sus
políticas y la implementación de éstas tomen en consideración las dimensiones
del desarrollo sustentable, como así también al marco normativo vigente.
8.
Prestar asistencia al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en la
representación que ejerza el Estado Nacional ante organismos internacionales e
ínter jurisdiccionales vinculados a la política de desarrollo sustentable.
ANEXO I
(Anexo sustituido por art. 4° del[*Decreto
N° 1717/2007](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=134925)B.O.
29/11/2007)*
[IMG]
*(Por
art. 1º de la[Decisión
Administrativa Nº 260/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=197416)B.O. 16/05/2012 se transforma la DIRECCION TECNICO
ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION)*
*(Dirección
General de Asuntos Jurídicos, incorporada por art. 2°
de la[Decisión
Administrativa Nº 260/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=197416)B.O. 16/05/2012)*
ANEXO II
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
UNIDAD SECRETARIO
DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO DE MANEJO DEL FUEGO
*(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas
por art. 1° de la[Decisión
Administrativa N° 1081/2015](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=254711)B.O. 9/11/2015)*
RESPONSABILIDAD
PRIMARIA: Establecer los presupuestos mínimos de protección ambiental en
materia de incendios forestales y rurales en el ámbito del territorio nacional
mediante acciones y operaciones de prevención, presupresión
y combate. ACCIONES: 1. Entender en los mecanismos para una eficiente
intervención del Estado en las situaciones que involucren o demanden acciones y
operaciones de prevención, presupresión y combate de
incendios que aseguren el adecuado manejo del fuego.
2.
Promover la concientización de la población acerca del impacto de los usos del
fuego, fomentando el cambio de los hábitos perjudiciales para el ambiente.
3.
Recabar, sistematizar y elevar a la Autoridad, la información relativa al
desarrollo y puesta en marcha de los distintos proyectos vinculados a la
instrumentación de Planes de Manejo del Fuego.
4.
Supervisar mecanismos para un eficiente manejo del fuego en defensa del medio
ambiente.
5.
Entender en la realización de políticas preventivas en la materia, en el apoyo
a las estrategias de manejo del fuego, la alerta anticipada y el combate rápido
y eficaz de los incendios, a efectos de hacer posible mantener los ecosistemas
y sus procesos con una gestión integral.
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
*(Por
art. 1º de la[Decisión
Administrativa Nº 260/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=197416)B.O. 16/05/2012 se transforma la DIRECCION TECNICO
ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION)*
*(Responsabilidad
Primaria y Acciones sustituidas por art. 1º de la[Decisión
Administrativa Nº 260/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=197416)B.O. 16/05/2012)*
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Ejercer la dirección de los actos
vinculados con la gestión contable, económica, financiera, presupuestaria y
patrimonial de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, dando
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.