JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Rango Decreto
Publicación 2006-12-27
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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**JEFATURA

DE GABINETE DE MINISTROS**

**Decreto

1919/2006**

Modifícase**el Decreto Nº 357 del 21 de

febrero de 2002 y sus modificatorios. Apruébase la estructura organizativa de

la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.**

Bs.

As., 26/12/2006

Ver Antecedentes Normativos

VISTO,

la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº

438/92) sus modificatorios y complementarios, la Ley 26.078, los Decretos Nº 351 del 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, Nº 828 y Nº 830, ambos del 6 de

julio de 2006, y lo solicitado por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que

a través de la Ley citada en el Visto y sus modificatorios, se establecieron

los ministerios que conforman la organización de la Administración Pública

Nacional y sus competencias.

Que

a través del Decreto Nº 828/06 se ampliaron las

competencias de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS asignándole las relativas

a la implementación de la política ambiental, la preservación y protección de

los recursos naturales y el desarrollo sustentable.

Que

por el Decreto Nº 357/02 y modificatorios se aprobó

el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada

hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las Unidades Organizativas

determinadas en dicho organigrama.

Que

mediante el Decreto Nº 830/06, se transfirió la

SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la órbita del MINISTERIO DE

SALUD al ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con sus unidades

organizativas y sus respectivas competencias, cargos, dotaciones, créditos

presupuestarios y bienes.

Que,

analizada la organización de la citada Secretaría y considerando razones de

funcionalidad, resulta aconsejable un reordenamiento de los niveles políticos

de la misma, con el objeto de cumplir con los criterios de eficacia y

eficiencia para el logro de los objetivos estratégicos propuestos y optimizar

su funcionamiento.

Que,

consecuentemente, resulta necesario reordenar las responsabilidades en el

ámbito de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, con el objeto de

posibilitar la correcta y más eficaz administración de los recursos del Estado

aplicados a la política ambiental, mediante una mejor coordinación y

articulación entre las diversas áreas de dicho Organismo.

Que

para ello, resulta menester readecuar su conformación organizativa, en función

de los criterios enunciados, sin que tal medida implique incrementar el

presupuesto asignado y/o el total de las partidas de los cargos para la

Jurisdicción.

Que

la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

ha tomado la intervención que le compete.

Que

la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo

99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por

ello,

EL

PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

**Artículo

1º**— Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios,

—Organigrama de aplicación— el Apartado XII, correspondiente a la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que se

acompaña como planilla anexa al presente artículo.

**Art.

2º**— Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios

—Apartado XII— correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los

objetivos de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE y de sus

Subsecretarías dependientes, los que quedarán redactados de conformidad con el

detalle que se acompaña como planilla anexa al presente artículo.

**Art.

3º**— Apruébase la

estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA DE AMBIENTE

Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de acuerdo

con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones, los que como Anexos I

y II forman parte integrante del presente decreto.

**Art.

4º**— En un plazo de

SESENTA (60) días a partir de la publicación del presente Decreto, la JEFATURA

DE GABINETE DE MINISTROS deberá aprobar el proyecto correspondiente a las

aperturas inferiores a las que se aprueban por la presente medida, el que

deberá prever como máximo diecinueve (19) cargos de conducción.

**Art.

5º**— Facúltase al

JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a aprobar la Dotación de la SECRETARIA DE

AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, de conformidad con las respectivas leyes de

Presupuesto.

**Art.

6º**— Hasta tanto se

concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida,

se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel

inferior a las aprobadas en el presente, las que transitoriamente mantendrán

las responsabilidades primarias y dotaciones vigentes con sus respectivos

niveles, grados de revistas y funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).

**Art.

7º**— Hasta tanto se

efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las

erogaciones de las áreas afectadas por el presente, serán atendidas con cargo a

los créditos presupuestarios de la Jurisdicción.

**Art.

8º**— Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro

Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A.Fernández.

Planilla anexa al artículo 1º

XII

— JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS —

SUBSECRETARIA

DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA

SUBSECRETARIA

DE LA GESTION PUBLICA

SECRETARIA

DE GABINETE Y RELACIONES PARLAMENTARIAS

-

SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

-

SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA

SECRETARIA

DE MEDIOS DE COMUNICACION

-

SUBSECRETARIA DE COMUNICACION

-

SUBSECRETARIA DE GESTION DE MEDIOS

SECRETARIA

DE DEPORTE

-

SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO DEPORTIVO

-

SUBSECRETARIA DE DEPORTE SOCIAL

SECRETARIA

DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

-

SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL

-

SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE

-

SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE POLITICAS AMBIENTALES

Planilla anexa al artículo 2º

XII

— JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA

DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Objetivos:

1.

Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la implementación de la política

ambiental como política de Estado y en los aspectos técnicos relativos a la

política ambiental y la gestión ambiental de la Nación.

2.

Coordinar las políticas del gobierno nacional que tengan impacto en la política

ambiental, estableciendo la planificación estratégica de políticas y programas

ambientales del gobierno nacional.

3.

Coordinar y articular la gestión ambiental de los organismos responsables de

ejecutar la política ambiental nacional.

4.

Planificar y coordinar la inserción de la política ambiental en los Ministerios

y en las demás áreas de la Administración Pública Nacional.

5.

Integrar el CONSEJO FEDERAL DEL MEDIO AMBIENTE.

6.

Intervenir desde el punto de vista de su competencia en el desarrollo de la

biotecnología.

7.

Entender en el ordenamiento ambiental del territorio y en la planificación e

instrumentación de la gestión ambiental nacional.

8.

Entender en la preservación, protección, defensa y mejoramiento del ambiente,

en la implementación del desarrollo sustentable, en la utilización racional y

conservación de los recursos naturales, renovables y no renovables, la

preservación ambiental del patrimonio natural y cultural y de la diversidad

biológica tendientes a alcanzar un ambiente sano, equilibrado, apto para el

desarrollo humano, en él marco de lo dispuesto en el artículo 41 de la

Constitución Nacional.

9.

Entender en la elaboración y actualización permanente del diagnóstico de la

situación ambiental nacional en forma coordinada con organismos nacionales,

provinciales y municipales.

10.

Entender en la propuesta y elaboración de regímenes normativos que permitan la

instrumentación jurídica administrativa de la gestión ambiental, el

ordenamiento ambiental del territorio, a la conservación y uso racional de los

recursos naturales y la calidad ambiental.

11.

Entender en el establecimiento de metodologías de evaluación y control de la

calidad ambiental en los asentamientos humanos así como la formulación y

aplicación de indicadores y pautas que permitan conocer el uso sustentable de

los recursos naturales.

12.

Entender en el establecimiento de un sistema de información pública sobre el

estado del ambiente y sobre las políticas que se desarrollan.

13.

Promover la difusión de la información y la adquisición de conciencia sobre los

problemas ambientales del país.

14.

Promover la educación ambiental formal y no formal y coordinar con el

MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA programas y acciones que

fortalezcan su implementación.

15.

Entender en las relaciones con las organizaciones no gubernamentales vinculadas

al ambiente y fortalecer los mecanismos de participación ciudadana en materia

ambiental.

16.

Entender en la aplicación de los tratados internacionales relacionados con los

temas de su competencia, e intervenir en la formulación de convenios

internacionales en los asuntos propios de su área.

17.

Conducir la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera

internacional que otros países u organismos internacionales ofrezcan, para el

cumplimiento de los objetivos y políticas del área de su competencia, en

coordinación con los demás organismos del estado para su implementación.

18.

Entender en la gestión ambientalmente adecuada de los recursos hídricos en

coordinación con el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y

SERVICIOS.

19.

Coordinar e impulsar planes y acciones con organismos interjurisdiccionales

de la Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal competentes, que

entiendan en el saneamiento y ordenamiento ambiental de las cuencas y costas

del Area Metropolitana de Buenos Aires.

SECRETARIA

DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

SUBSECRETARIA

DE PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL

Objetivos:

1.

Asistir al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en todo lo relativo

al diseño e implementación de la política nacional vinculada al uso racional de

los recursos naturales, conservación de la biodiversidad, desarrollo de

instrumentos e implementación de políticas tendientes a la sustentabilidad

social, económica y ecológica, con estrategias a nivel regional.

2.

Asistir al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en todo lo referente

a la planificación y ordenamiento ambiental del territorio.

3.

Intervenir en la elaboración y actualización permanente del diagnóstico de la

situación ambiental y de los asentamientos humanos, en coordinación con otros

organismos nacionales, provinciales y municipales.

4.

Entender en la propuesta y elaboración de regímenes normativos que permitan la

instrumentación jurídica administrativa del ordenamiento ambiental del

territorio, el uso racional de los recursos naturales y la calidad ambiental.

5.

Promover, diseñar, implementar y evaluar políticas, programas y proyectos

vinculados a la planificación ambiental del territorio y efectuar el

seguimiento de la calidad ambiental de los asentamientos humanos.

6.

Entender en el establecimiento de un sistema de información pública sobre el

estado del ambiente y sobre las políticas que se desarrollan, en los temas de

jurisdicción de la Subsecretaría.

7.

Promover la difusión de información y la adquisición de conciencia sobre los

problemas ambientales del país, con relación a los temas de jurisdicción de la

Subsecretaría.

SECRETARIA

DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

SUBSECRETARIA

DE COORDINACION DE POLITICAS AMBIENTALES

Objetivos:

1.

Asistir al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en la formulación

ejecución e implementación de la política ambiental nacional y la coordinación

con los distintos organismos.

2.

Canalizar las relaciones de la Secretaría con los demás órganos de la

administración nacional con competencias específicas en las respectivas

materias, y con otros niveles de decisión, a fin de que sus políticas y la

implementación de éstas tomen en consideración las dimensiones ambientales

involucradas.

3.

Prestar asistencia al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en la

representación que ejerza el Estado Nacional ante organismos internacionales e

ínter jurisdiccionales vinculados a la política ambiental nacional.

4.

Proporcionar los instrumentos administrativos necesarios para una adecuada

gestión del CONSEJO FEDERAL DEL MEDIO AMBIENTE.

5.

Asistir al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en los planes,

programas y acciones que se emprendan con relación a las leyes de Presupuestos

Mínimos vigentes y que dicte el Honorable Congreso de la Nación.

6.

Entender en las relaciones con las organizaciones no gubernamentales vinculadas

a los temas ambientales y promover los mecanismos que faciliten la

participación ciudadana en los temas ambientales.

SECRETARIA

DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

SUBSECRETARIA

DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE

Objetivos:

1.

Asistir al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en la formulación e

implementación de una política nacional de desarrollo sustentable.

2.

Elaborar y difundir los instrumentos técnicos y de gestión necesarios para una

adecuada implementación de una política de desarrollo sustentable.

3.

Favorecer la concientización y la participación de la sociedad argentina en la

temática del desarrollo sustentable.

4.

Facilitar la participación y la coordinación con el sector empresarial en el

ámbito de su competencia.

5.

Intervenir en la elaboración y actualización permanente del diagnostico de la

situación del desarrollo sustentable a nivel nacional.

6.

Promover, evaluar e implementar políticas, programas y proyectos vinculados a

la evaluación y control de las temáticas asociadas al desarrollo sustentable, a

la prevención de la contaminación en todas sus formas, al análisis, promoción y

desarrollo de tecnologías limpias, al ahorro energético y el uso de energías

renovables.

7.

Canalizar las relaciones de la Secretaría con los demás órganos de la

administración nacional y con otros niveles de decisión, a fin de que sus

políticas y la implementación de éstas tomen en consideración las dimensiones

del desarrollo sustentable, como así también al marco normativo vigente.

8.

Prestar asistencia al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en la

representación que ejerza el Estado Nacional ante organismos internacionales e

ínter jurisdiccionales vinculados a la política de desarrollo sustentable.

ANEXO I

(Anexo sustituido por art. 4° del[*Decreto

N° 1717/2007](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=134925)B.O.

29/11/2007)*

[IMG]

*(Por

art. 1º de la[Decisión

Administrativa Nº 260/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=197416)B.O. 16/05/2012 se transforma la DIRECCION TECNICO

ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION)*

*(Dirección

General de Asuntos Jurídicos, incorporada por art. 2°

de la[Decisión

Administrativa Nº 260/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=197416)B.O. 16/05/2012)*

ANEXO II

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

UNIDAD SECRETARIO

DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO DE MANEJO DEL FUEGO

*(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas

por art. 1° de la[Decisión

Administrativa N° 1081/2015](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=254711)B.O. 9/11/2015)*

RESPONSABILIDAD

PRIMARIA: Establecer los presupuestos mínimos de protección ambiental en

materia de incendios forestales y rurales en el ámbito del territorio nacional

mediante acciones y operaciones de prevención, presupresión

y combate. ACCIONES: 1. Entender en los mecanismos para una eficiente

intervención del Estado en las situaciones que involucren o demanden acciones y

operaciones de prevención, presupresión y combate de

incendios que aseguren el adecuado manejo del fuego.

2.

Promover la concientización de la población acerca del impacto de los usos del

fuego, fomentando el cambio de los hábitos perjudiciales para el ambiente.

3.

Recabar, sistematizar y elevar a la Autoridad, la información relativa al

desarrollo y puesta en marcha de los distintos proyectos vinculados a la

instrumentación de Planes de Manejo del Fuego.

4.

Supervisar mecanismos para un eficiente manejo del fuego en defensa del medio

ambiente.

5.

Entender en la realización de políticas preventivas en la materia, en el apoyo

a las estrategias de manejo del fuego, la alerta anticipada y el combate rápido

y eficaz de los incendios, a efectos de hacer posible mantener los ecosistemas

y sus procesos con una gestión integral.

SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

*(Por

art. 1º de la[Decisión

Administrativa Nº 260/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=197416)B.O. 16/05/2012 se transforma la DIRECCION TECNICO

ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION)*

*(Responsabilidad

Primaria y Acciones sustituidas por art. 1º de la[Decisión

Administrativa Nº 260/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=197416)B.O. 16/05/2012)*

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Ejercer la dirección de los actos

vinculados con la gestión contable, económica, financiera, presupuestaria y

patrimonial de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, dando

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