BANCO DE LA NACION ARGENTINA

Rango Decreto
Publicación 2014-10-24
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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BANCO DE LA NACION ARGENTINA

Decreto 1923/2014

Convalídase la Ejecución del Presupuesto de Gastos e Inversiones y Memoria correspondientes al Ejercicio 2012.

Bs. As., 20/10/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0220620/2013 del Registro del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Artículo 5° de la Ley Nº 11.672,

Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), el Decreto Nº

2.733 de fecha 28 de diciembre de 2012, aprobatorio del Presupuesto de

Gastos e Inversiones y Plan de Acción para el Ejercicio 2012 del BANCO

DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica actuante en el ámbito del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que no se encuentra aprobado por parte del PODER EJECUTIVO NACIONAL el

Proyecto de Ajuste del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2012

correspondiente al BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica

actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,

de acuerdo a lo dispuesto en la norma legal citada.

Que por lo tanto resulta necesario regularizar la situación expuesta

convalidando la Ejecución del Presupuesto de Gastos e Inversiones y

Memoria en cuestión.

Que la aprobación gestionada se encuadra dentro de las atribuciones

conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° —Convalídase la

Ejecución del Presupuesto de Gastos e Inversiones y Memoria

correspondientes al Ejercicio 2012 del BANCO DE LA NACION ARGENTINA,

entidad autárquica actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y

FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas

Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Convalídase el Nivel

de Recursos afectados a la financiación de la Ejecución Presupuestaria

del BANCO DE LA NACION ARGENTINA a que se refiere el Artículo 1° del

presente decreto de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas

Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 3° — Dése cuenta oportunamente al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Art. 4° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel

Kicillof.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

(Nota Infoleg:*Los

anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link:Anexos)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.