PODER EJECUTIVO NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2025-03-17
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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PODER EJECUTIVO

Decreto 193/2025

DECTO-2025-193-APN-PTE - Disposiciones.

Ciudad de Buenos Aires, 14/03/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-12234616-APN-DGD#MRE, la CONVENCIÓN DE

VIENA SOBRE RELACIONES DIPLOMÁTICAS del 18 de abril de 1961, aprobada

por el Decreto-Ley N° 7672 del 14 de septiembre de 1963, el TRATADO DE

MONTEVIDEO del 12 de agosto de 1980, aprobado por la Ley N° 22.354, el

TRATADO PARA LA CONSTITUCIÓN DE UN MERCADO COMÚN ENTRE LA REPÚBLICA

ARGENTINA, LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, LA REPÚBLICA DEL

PARAGUAY Y LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, suscripto en la Ciudad de

Asunción, REPÚBLICA DEL PARAGUAY, el 26 de marzo de 1991, aprobado por

la Ley N° 23.981, la Ley N° 27.742 y la Resolución del MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO N° 734 del 10 de

abril de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que la Embajada de la República ante la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

y la Representación Permanente de la República para MERCOSUR y ALADI

tienen sus respectivas sedes en la Ciudad de Montevideo, REPÚBLICA

ORIENTAL DEL URUGUAY.

Que por la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los

Argentinos N° 27.742 se declaró la emergencia pública en materia

administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de UN

(1) año y, en consecuencia, resulta necesario adoptar medidas

tendientes a racionalizar el gasto público, sin que ello altere el

normal desarrollo de las actividades que competen al MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que se estima oportuno y conveniente disponer la unificación de la

Embajada de la República en la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY y la

Representación Permanente de la República para MERCOSUR y ALADI, ambas

con sede en la Ciudad de Montevideo, REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY,

manteniendo una única estructura administrativa en la Embajada de la

República en la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY a efectos de generar

ahorros genuinos para el ESTADO NACIONAL.

Que la entonces SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR, la

SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES y la SECRETARÍA DE RELACIONES

ECONÓMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,

COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus

respectivas competencias.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la

intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Unifícase la Embajada de la República en la REPÚBLICA

ORIENTAL DEL URUGUAY y la Representación Permanente de la República

para MERCOSUR y ALADI.

ARTÍCULO 2°.- Dispónese el cierre de la sede de la Representación

Permanente de la República para MERCOSUR y ALADI en la Ciudad de

Montevideo, REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY.

ARTÍCULO 3°.- La Embajada de la República en la REPÚBLICA ORIENTAL DEL

URUGUAY asumirá las funciones de la Representación Permanente de la

República para MERCOSUR y ALADI y el titular de dicha Embajada será

también Representante Permanente de la República para MERCOSUR y ALADI.

ARTÍCULO 4°.- El MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO

INTERNACIONAL Y CULTO dictará las normas complementarias y/o

aclaratorias que resulten necesarias para la implementación de la

presente medida.

ARTÍCULO 5°.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente

decreto serán atendidos con cargo a las partidas específicas del

presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Gerardo Werthein

e. 17/03/2025 N° 15493/25 v. 17/03/2025

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