MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Rango Decreto
Publicación 2013-11-29
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decreto 1935/2013

Créase la Unidad de Reestructuración de Deuda. Designación.

Bs. As., 28/11/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0259840/2013 del Registro del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las Leyes Nros. 25.827, 26.547, 26.886

sus modificatorias y complementarias, la Ley Nº 26.784 de Presupuesto

General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, los

Decretos Nros. 1.735 de fecha 9 de diciembre de 2004 y 563 de fecha 26

de abril de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional, en el marco de sus políticas financieras,

está ejecutando un proceso de renegociación y reestructuración de la

deuda externa.

Que dicha política se ha revelado eficaz para disminuir los costos de

endeudamiento público, en el marco de la autonomía que caracteriza a la

política económica nacional.

Que, en ese orden de ideas, y en virtud de las autorizaciones otorgadas

oportunamente por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, a través de las

leyes citadas, el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha llevado adelante las

acciones necesarias para reestructurar la deuda del Estado Nacional, a

través de los Decretos Nros. 1.735 de fecha 9 de diciembre de 2004 y

563 de fecha 26 de abril de 2010, con el objeto de consolidar su

situación financiera y de normalizar las relaciones con los acreedores.

Que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS es el responsable de

establecer la planificación estratégica de las negociaciones vinculadas

a la mencionada cancelación de los servicios de deuda con organismos

financieros internacionales y de deuda externa oficial bilateral.

Que a los fines de realizar un abordaje integral de tal negociación, en

virtud de la proximidad y de las problemáticas internacionales

vinculadas al servicio de deuda, resulta conveniente conformar, en el

ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la UNIDAD DE

REESTRUCTURACION DE DEUDA, que tendrá entre sus cometidos asistir y

asesorar al citado Ministerio en la determinación de los objetivos y

las políticas vinculadas con la reestructuración de la deuda pública y

participar en las negociaciones inherentes a los aspectos crediticios

de la política financiera y el endeudamiento externo de la REPUBLICA

ARGENTINA con entes y organismos financieros extranjeros,

multilaterales, públicos o privados y en las relaciones con la

comunidad financiera internacional y la coordinación de las

representaciones en el exterior.

Que en ese sentido, se persigue encarar integralmente las acciones

necesarias para continuar con la renegociación y reestructuración

vinculada a la cancelación de los servicios de deuda con organismos

financieros internacionales y de deuda externa oficial bilateral así

como con los poseedores de bonos que no participaron de los canjes de

deuda de los años 2005 y 2010.

Que a los efectos de prever la conducción de la mencionada Unidad,

corresponde crear los cargos extraescalafonarios de Jefe de Unidad y

Coordinador, asignándole a los mismos rango y jerarquía de Secretario y

Subsecretario, respectivamente.

Que, asimismo, y al solo efecto de posibilitar la inmediata puesta en

funcionamiento de la unidad en cuestión, corresponde facultar al

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a disponer su integración,

así como también a dictar las normas complementarias, reglamentarias y

de gestión que fueran necesarias para su funcionamiento.

Que con el objeto de asegurar niveles óptimos de asesoramiento a la

conducción de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE DEUDA, resulta

pertinente incorporar a sus titulares, con carácter de excepción, al

régimen dispuesto por la Decisión Administrativa Nº 477 de fecha 16 de

septiembre de 1998.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le

compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades

conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL,

los Artículos 6° y 10 de la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de la

Administración Nacional para el Ejercicio 2013.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Créase en el

ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la UNIDAD DE

REESTRUCTURACION DE DEUDA, que será conducida por UN (1) Jefe de

Unidad, asistido por UN (1) Coordinador.

Art. 2° — La Unidad que se crea por el artículo precedente tendrá a su cargo los siguientes cometidos:

1.- Asistir y asesorar al señor Ministro de Economía y Finanzas

Públicas en la determinación de los objetivos y políticas vinculadas

con la reestructuración de la deuda pública.

2.- Participar en las negociaciones inherentes a los aspectos

crediticios de la política financiera y el endeudamiento externo de la

REPUBLICA ARGENTINA con entes y organismos financieros extranjeros,

multilaterales, públicos o privados.

3.- Participar en las relaciones con la comunidad financiera

internacional y la coordinación de las representaciones en el exterior.

Art. 3° — Modifícase la

distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para

el Ejercicio 2013 en la parte correspondiente a la Jurisdicción 50 -

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS - Recursos Humanos, de

acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente

artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 4° — Créase el cargo

extraescalafonario de Jefe de Unidad de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION

DE DEUDA, el que tendrá rango y jerarquía de Secretario.

Art. 5° — Créase el cargo

extraescalafonario de Coordinador de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE

DEUDA, el que tendrá rango y jerarquía de Subsecretario.

Art. 6° — Incorpórase, con

carácter de excepción, a partir de la entrada en vigencia del presente

decreto, el cargo de Jefe de Unidad de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE

DEUDA, en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como al inciso b), de la

Planilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 477 de

fecha 16 de septiembre de 1998 y modificatorias.

Art. 7° — Incorpórase, con

carácter de excepción, a partir de la entrada en vigencia del presente

decreto, el cargo de Coordinador de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE

DEUDA, en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como al inciso c), de la

Planilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 477/98 y

sus modificatorias.

Art. 8° — Desígnanse al Doctor

D. Hernán Gaspar LORENZINO (M.I. Nº 22.598.613) en el cargo de Jefe de

Unidad de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE DEUDA, quien desempeñará sus

funciones con carácter “ad honorem”, y al Licenciado D. Adrián Esteban

COSENTINO (M.I. Nº 18.460.901) en el cargo de Coordinador de dicha

Unidad.

Art. 9° — Facúltase al

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS para dictar las normas

complementarias que sean necesarias a fin de concretar el

funcionamiento de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE DEUDA, creada por el

Artículo 1° de la presente medida.

Art. 10. — Establécese que la

UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE DEUDA será asistida por la SECRETARIA DE

FINANZAS del citado Ministerio para la consecución de sus fines.

Art. 11. — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel

Kicillof.

Planilla Anexa al Artículo 3°

PRESUPUESTO 2013

JURISDICCION 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

PROGRAMA 01 - ACTIVIDADES CENTRALES

ACTIVIDAD 02 - COORDINACION

UNIDAD EJECUTORA - SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

RECURSOS HUMANOS

CARGO O CATEGORIACANTIDAD DECARGOSHORAS DE CATEDRA

PERSONAL PERMANENTE

PERSONAL DEL SI.N.E.P. DECRETO Nº 2.098/08

F

Subtotal Escalafón

-2

-2

Planilla Anexa al Artículo 3°

PRESUPUESTO 2013

JURISDICCION 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

PROGRAMA 01 - ACTIVIDADES CENTRALES

ACTIVIDAD 01 - CONDUCCION Y DIRECCION SUPERIOR

UNIDAD EJECUTORA - GABINETE MINISTERIAL

RECURSOS HUMANOS

CARGO O CATEGORIACANTIDAD DECARGOSHORAS DE CATEDRA

PERSONAL PERMANENTE

FUNCIONARIOS FUERA DE NIVEL

JEFE DE UNIDAD

COORDINADOR

Subtotal Escalafón

TOTAL PROGRAMA

1

1

2

2

CARGO O CATEGORIA CANTIDAD DE
CARGOS HORAS DE CATEDRA
PERSONAL PERMANENTE

PERSONAL DEL SI.N.E.P. DECRETO Nº 2.098/08

F

Subtotal Escalafón | -2

-2 | |

CARGO O CATEGORIA CANTIDAD DE
CARGOS HORAS DE CATEDRA
PERSONAL PERMANENTE

FUNCIONARIOS FUERA DE NIVEL

JEFE DE UNIDAD

COORDINADOR

Subtotal Escalafón

TOTAL PROGRAMA | 1

1

2

2 | |

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