PODER EJECUTIVO

Rango Decreto
Publicación 2025-03-17
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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PODER EJECUTIVO

Decreto 194/2025

DECTO-2025-194-APN-PTE - Transfiérense las plataformas “CINE.AR”, “CINE.AR PLAY” y “CINE.AR ESTRENOS”.

Ciudad de Buenos Aires, 14/03/2025

VISTO el Expediente N° EX-2024-111948309-APN-GA#CPSE, la Ley Nº 17.741

(t.o. 2001), los Decretos Nros. 1222 del 2 de diciembre de 2016 y 839

del 18 de septiembre de 2024, la Decisión Administrativa N° 5 del 31 de

enero de 2025 y las Resoluciones del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES

AUDIOVISUALES Nros. 2589 del 27 de noviembre de 2009, 2771 del 15 de

diciembre de 2016 y 1474 del 22 de noviembre de 2017 y sus respectivas

normas modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias se creó

el INSTITUTO NACIONAL DE CINEMATOGRAFÍA, actualmente INSTITUTO NACIONAL

DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA) -que funciona como ente público

no estatal en el ámbito de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA

DE LA NACIÓN.

Que dicho ente tiene a su cargo el fomento y regulación de la actividad

cinematográfica en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA y en el

exterior, en cuanto se refiere a la cinematografía nacional.

Que por la citada ley se asignan a dicho Instituto, entre otras

funciones y atribuciones, la de formular y ejecutar las medidas de

fomento tendientes a desarrollar la cinematografía argentina en sus

aspectos culturales, artísticos, técnicos, industriales y comerciales y

la de acrecentar la difusión de la misma.

Que mediante la Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES

AUDIOVISUALES Nº 2589/09 y sus modificatorias se creó el programa

denominado “INCAAtv” -en el ámbito y bajo la dependencia de la

Presidencia de dicho Instituto-, el que “…tiene a su cargo la puesta en

funcionamiento de un canal de aire con emisión de carácter experimental

a través de la plataforma de televisión digital terrestre y/o satelital

y demás sistemas de televisión pública y gratuita en vías de

desarrollo…”.

Que por la Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES

AUDIOVISUALES N° 2771/16 se creó un circuito de exhibición de Video

Transaccional a Demanda (TVOD) en la Plataforma denominada “ODEON” para

la promoción y fomento de producciones cinematográficas, disponible en

Internet y accesible desde multipantallas dentro del territorio de la

REPÚBLICA ARGENTINA.

Que atendiendo la convergencia y la diversificación de las formas de

consumo y producción audiovisual se creó la marca “CINE.AR” a los fines

de unificar bajo dicha denominación las distintas pantallas de

exhibición audiovisual del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES

AUDIOVISUALES, encontrándose operativa a partir del 3 de abril de 2017.

Que, atento a ello, mediante la Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE

CINE Y ARTES AUDIOVISUALES N° 1474/17 se convalidaron las siguientes

modificaciones en las denominaciones: del canal televisivo “INCAATV”

por “CINE.AR”, de la Plataforma de Video a Demanda VOD “ODEON” por la

de “CINE.AR PLAY” y la designación como “CINE.AR ESTRENOS” a la

modalidad transaccional TVOD de la Plataforma mencionada.

Que, a su vez, se realizó el registro de la señal televisiva “CINE.AR” ante el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM).

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES afectó a su

programa “CINE.AR” equipos técnicos y software para el almacenamiento,

recopilación, clasificación y emisión de los contenidos de los que

dispone para su difusión y es titular de derechos de exhibición y

reproducción de contenido audiovisual adquirido y/o producido y/o

subsidiado mediante su sistema de fomento y crédito a la producción.

Que, por su parte, mediante el Decreto Nº 1222/16 y sus modificatorios

se creó la entonces denominada CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO,

actualmente en el ámbito de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, atento lo dispuesto en el Decreto N°

839/24.

Que dicha sociedad tiene por objeto: 1) llevar a cabo por sí, por

intermedio de terceros o asociada a terceros la gestión, operación,

desarrollo y explotación de las señales Encuentro, Paka Paka, Depor TV,

ACUA MAYOR y ACUA FEDERAL u otras que pudieran reemplazarlas y/o

generarse en el futuro, así como la gestión integral del Polo de

Producción Audiovisual y la administración del acervo del BANCO

AUDIOVISUAL DE CONTENIDOS UNIVERSALES ARGENTINO (BACUA) y 2) en

general, la creación y desarrollo de contenidos audiovisuales y la

realización de actividades de producción y emisión de programas

televisivos y multimediales.

Que por el Acta de Asamblea General Extraordinaria, de fecha 11 de

diciembre de 2024, se resolvió la transformación de CONTENIDOS PÚBLICOS

SOCIEDAD DEL ESTADO a CONTENIDOS ARTÍSTICOS E INFORMATIVOS SOCIEDAD

ANÓNIMA UNIPERSONAL.

Que corresponde reseñar que por la Decisión Administrativa N° 5/25 se

prorrogó la intervención de, entre otras, CONTENIDOS ARTÍSTICOS E

INFORMATIVOS SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL, continuadora de CONTENIDOS

PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO, por el plazo de UN (1) año.

Que desde el inicio de la gestión esta Administración ha tomado

distintas medidas tendientes a ordenar y equilibrar las cuentas

públicas, transparentar el gasto y lograr que los recursos disponibles

se dirijan a quienes más lo necesitan de manera eficiente, con el

objetivo de potenciar el crecimiento económico y su contribución al

desarrollo del país.

Que si bien la creación de plataformas tales como “CINE.AR”, “CINE.AR

PLAY” y “CINE.AR ESTRENOS” responde a la misión del mentado Instituto

de fomentar y promocionar la actividad cinematográfica, la

administración y gestión de las mismas excede el rol de fomento

asignado por la Ley N° 17.741, ya que ello requiere una estructura más

amplia a los fines de asegurar un manejo estratégico e integral de los

contenidos.

Que, por otro lado, CONTENIDOS ARTÍSTICOS E INFORMATIVOS SOCIEDAD

ANÓNIMA UNIPERSONAL cuenta con la capacidad y experiencia específica

para llevar adelante la gestión, operación y desarrollo de señales

televisivas, así como para la producción y emisión de contenidos

audiovisuales.

Que la transferencia de las mentadas plataformas a CONTENIDOS

ARTÍSTICOS E INFORMATIVOS SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL responde a la

necesidad de centralizar y racionalizar la estructura de la explotación

de las señales, asegurando una mayor coherencia y coordinación en el

desarrollo de las políticas audiovisuales del país.

Que, asimismo, la transferencia propiciada permitirá consolidar las

actividades relacionadas con la producción y difusión de contenidos

culturales bajo un solo ente, maximizando las sinergias y evitando la

duplicación de funciones, contribuyendo a una utilización más eficiente

del presupuesto estatal y fortaleciendo la presencia de la producción

audiovisual nacional en las diferentes plataformas, potenciando su

alcance y su impacto en la comunidad.

Que en virtud de lo referido en los considerandos precedentes resulta

necesario transferir las plataformas “CINE.AR”, “CINE.AR PLAY” y

“CINE.AR ESTRENOS”, actualmente en la órbita del INSTITUTO NACIONAL DE

CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, a CONTENIDOS ARTÍSTICOS E INFORMATIVOS

SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL.

Que, en consecuencia, será necesario reformar el estatuto social de

CONTENIDOS ARTÍSTICOS E INFORMATIVOS SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL con

el fin de incorporar a su objeto social la administración y disposición

de las mentadas plataformas.

Que los servicios de asesoramiento jurídico pertinentes han tomado la intervención de su competencia.

Que el presente decreto se dicta en ejercicio de las facultades

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Transfiérense las plataformas “CINE.AR”, “CINE.AR PLAY” y

“CINE.AR ESTRENOS”, actualmente en la órbita del INSTITUTO NACIONAL DE

CINE Y ARTES AUDIOVISUALES dependiente de la SECRETARÍA DE CULTURA de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a CONTENIDOS ARTÍSTICOS E INFORMATIVOS

SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS

de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, incluyendo la titularidad de derechos,

bienes, presupuesto y personal afectado a dichas plataformas. Los

organismos precitados deberán, a esos efectos y fines, celebrar los

convenios de ejecución respectivos.

ARTÍCULO 2°.- La SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS de la PRESIDENCIA

DE LA NACIÓN como representante de las participaciones accionarias del

ESTADO NACIONAL en CONTENIDOS ARTÍSTICOS E INFORMATIVOS SOCIEDAD

ANÓNIMA UNIPERSONAL llevará adelante las acciones que permitan

efectivizar la transferencia establecida en el artículo 1° y llamará a

asamblea extraordinaria con el fin de reformar el estatuto social de

CONTENIDOS ARTÍSTICOS E INFORMATIVOS SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL e

incorporar, a su objeto social, la administración y disposición de las

plataformas mencionadas en el artículo 1°.

ARTÍCULO 3°.- La SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

llevará adelante las acciones que resulten necesarias para efectivizar

la transferencia establecida en el artículo 1°.

ARTÍCULO 4°.- El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Guillermo Francos

e. 17/03/2025 N° 15494/25 v. 17/03/2025

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