BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
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Decreto 1970/2004
Apruébanse el Plan de Acción y el Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2004.
Bs. As., 29/12/2004
VISTO el Artículo 26 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999), y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada norma legal se determina que el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobará anualmente el Plan de Acción y el Presupuesto de Gastos y Recursos de las Instituciones pertenecientes al Sistema Bancario Oficial.
Que a esos efectos es menester propiciar la presente medida, por la cual se aprueba el presupuesto perteneciente al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA para el Ejercicio 2004.
Que el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 26 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999), facultan al dictado de la presente medida.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébanse el Plan de Acción y el Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2004 correspondientes al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, que como Anexo forman parte integrante del presente.
Art. 2° — Apruébase el Cálculo de Recursos afectado a la financiación del presupuesto del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA a que se refiere el Artículo 1° del presente decreto, de acuerdo con el detalle que obra en Planilla Anexa al presente artículo.
Art. 3° — Facúltase al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA a disponer las reestructuraciones que considere necesarias dentro de los gastos corrientes y de capital, sin exceder la suma total fijada en las planillas anexas al Artículo 1°.
Art. 4° — Dése cuenta oportunamente al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna.
ANEXO al ARTICULO 1°
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
PLAN DE ACCION
EJERCICIO 2004
El Plan de Acción del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA para el Ejercicio 2004 tiene como marco de referencia los objetivos generales y específicos fijados en los Artículos 3° y 4° de su Carta Orgánica, aprobada por el Artículo 1° de la Ley N° 24.144.
En este orden, es su misión primaria y fundamental preservar el valor de la moneda, habiéndose previsto para cumplir con este fin los siguientes cursos de acción:
Regulación Monetaria y Crediticia.
La política monetaria tendrá como objetivo primario y fundamental consolidar la estabilidad de precios. En el año 2004 el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA comenzará a implementar una política monetaria basada en Metas de Inflación (MI), en la cual, dada la meta públicamente anunciada, el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA se propone alcanzar y orientar sus instrumentos para cumplir con ella. Para ello, debe utilizar toda la información disponible para proyectar de la mejor manera posible el sendero de inflación futura y si la inflación proyectada resulta distinta a la meta, el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA utilizará los instrumentos a su alcance —típicamente la tasa de interés— para acercarse a ésta.
La necesidad de ajustar la política monetaria a las diferencias entre el objetivo propuesto y la proyección de la inflación requiere de conocimientos empíricos y técnicos acerca de los mecanismos de transmisión y los rezagos de la política monetaria. En particular, se requiere desarrollar modelos de predicción de la inflación de corto, mediano y largo plazo, que involucren a las principales variables que afectan a la inflación.
El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA adoptará la nueva política bajo circunstancias especiales ya que quedan varias cuestiones pendientes de regularización que incidirán en el contexto económico —reestructuración de la deuda pública, la normalización de los bancos en su rol de intermediación financiera, etcétera—. Debido a ello, el primer año de Metas de Inflación será de transición, continuándose con la elaboración de las proyecciones de liquidez de la economía a través de la instrumentación de un programa monetario.
Se realizarán, por medios electrónicos, subastas públicas de LETRAS del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (LEBAC), con el fin de regular la cantidad de dinero en circulación, y fijar tasas de referencia para distintos plazos. Adicionalmente, el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA intervendrá en el mercado secundario de LETRAS del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (LEBAC) con el objetivo de profundizar su desarrollo, asegurando un adecuado nivel de liquidez para este instrumento.
Seguirá actuando por cuenta del Gobierno Nacional en la colocación de empréstitos públicos y en la atención de los servicios de la deuda pública interna y externa con fondos provistos por la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Regulación del sistema financiero.
A lo largo del año 2003 el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA ha dictado y/o reformulado las principales normas que rigen el funcionamiento del sistema financiero, con el objeto de ajustar las mismas a la modificación implementada en el régimen monetario-cambiario. Entre otras, pueden citarse las regulaciones de capitales mínimos de las entidades financieras; las normas de valuación de activos del sector público, efectivo mínimo, clasificación y previsión de deudores y asistencia de liquidez por parte del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
Para el año 2004 se prevé que el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA continúe trabajando en la línea adoptada por dicha normativa, realizando las adecuaciones que sean necesarias y reforzando los aspectos que así lo requieran. En este sentido, las regulaciones tienden a recobrar la liquidez y solvencia del sistema financiero en el período post-crisis, a la vez que, se sitúan en línea con la adopción de los estándares internacionales en materia regulatoria, dando para ello un plazo prudencial durante el cual las entidades puedan adecuarse gradualmente a medida que se van superando los efectos de la crisis iniciada en el año 2001. Asimismo, se trata que la regulación propenda al reestablecimiento del crédito otorgado por el sistema financiero a los diferentes sectores económicos, cuidando a la vez que las entidades realicen una correcta administración de los riesgos asumidos en dicho proceso.
Adicionalmente, para el año 2004 se prevé que el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA continúe con el proceso de investigación y seguimiento de los estándares internacionales en materia regulatoria, como por ejemplo los aspectos relacionados con el SEGUNDO ACUERDO DE CAPITALES DE BASILEA (bajo discusión en el COMITE DE BASILEA) y su aplicación a economías emergentes; así como también los aspectos atinentes a las políticas regulatorias adoptadas en el contexto del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR).
Administración de Reservas.
El principal objetivo de la administración de las reservas consiste en optimizar la rentabilidad de las mismas, minimizando los riesgos de tasa de interés, tipo de cambio y crédito.
Para ello, se realizarán estudios de la economía internacional que permitan proyectar la evolución de las tasas de interés de los países desarrollados y de los tipos de cambio entre sus respectivas monedas.
De esta manera, se definirán las estrategias de inversión que brinden los más altos retornos esperados, de acuerdo al objetivo expresado anteriormente. Posteriormente, se instrumentarán estas estrategias aplicando siempre las pautas y restricciones para la inversión de las reservas, aprobadas por el Directorio del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. En particular, y mientras persistan las dificultades financieras por las que atraviesa la REPUBLICA ARGENTINA, se continuarán invirtiendo las reservas en instituciones financieras que ofrezcan las mayores garantías en materia de protección frente al riesgo de posibles embargos.
También se evaluará constantemente la evolución del riesgo crediticio y de mercado de las inversiones de las reservas, a efectos de monitorear su posible impacto sobre el valor total de las mismas.
En lo atinente al mercado local y con el objeto de monetizar la economía y de evitar oscilaciones bruscas de la cotización del Peso con relación al Dólar Estadounidense, se continuarán realizando operaciones de compraventa de divisas en el mercado libre de cambios.
Aspectos relacionados con el Sector Externo.
El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA continuará con la atención de los asuntos relacionados con las instituciones financieras internacionales o nacionales del exterior y con los organismos de integración y agrupamientos regionales, los acuerdos bilaterales y los convenios especiales que suscriba nuestro país.
En tal sentido participará en el GRUPO MERCADO COMUN (GMC) en la tarea de identificación y establecimiento de los instrumentos necesarios para la coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales entre los Estados Parte del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), en lo atinente a armonización de estadísticas oficiales, integración de los mercados financieros y de capitales considerando los respectivos marcos regulatorios y los sistemas de pagos entre los países. La dedicación a estos aspectos se deberá ver reforzada por la participación del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA en el GRUPO DE MONITOREO MACROECONOMICO (GMM).
Asimismo, le compete la coordinación con los demás Bancos Centrales integrantes del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), así como también el seguimiento y el análisis del compromiso asumido por la REPUBLICA ARGENTINA ante la ORGANIZACION MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) en materia de servicios financieros. Lo mismo es aplicable a la relación con la UNION EUROPEA (UE) y con el AREA DE LIBRE COMERCIO DE LAS AMERICAS (ALCA).
El SUBGRUPO DE TRABAJO N° 4 "ASUNTOS FINANCIEROS" a cargo de la presentación de propuestas para el seguimiento del Mercado de Capitales, está compuesto por las Comisiones: Sistema Financiero, Seguros y Mercado de Capitales.
La Comisión del Sistema Financiero tiene a su cargo: la evaluación del grado de cumplimiento de los VEINTICINCO (25) principios básicos para una supervisión bancaria eficaz en función de la metodología propuesta por el COMITE DE BASILEA; la evaluación del grado de asimetría de las normativas de los Estados Parte y los métodos de inspección sobre la Supervisión Global Consolidada; la armonización de las reglas sobre transparencia, solidez y liquidez de los sistemas financieros del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR); acuerdos de cooperación entre los órganos de supervisión —Formalización de Acuerdos con la REPUBLICA DEL PARAGUAY y la REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY—.
Asimismo, está integrada por la Subcomisión de Prevención de Lavado de Dinero, en el marco de la cual se realiza la discusión de casos concretos relacionados a lavado de dinero y a los movimientos financieros y la Subcomisión de Presentación de Estados Contables cuyos objetivos son: la armonización de DIEZ (10) cuentas por año, hasta la cobertura total de las cuentas del balance; análisis del grado de cumplimiento de las recomendaciones efectuadas por la Subcomisión de Presentación de Estados Contables; el análisis de la contabilización de derivados relacionados a exposición y registro; y el análisis comparativo entre las principales normas contables adoptadas en cada Estado Parte y aquellas recomendaciones del Comité Internacional de Normas Contables (IASC) y el Consejo de Normas Financiero-Contable (FASB).
La Comisión de Seguros y Grupo de Trabajo sobre Margen de Solvencia tiene como tarea lograr un Acuerdo marco sobre las condiciones de ejercicio de la actividad aseguradora de los Estados Parte y para la publicación en Internet de las estadísticas regionales sobre el mercado de seguros de los Estados Parte.
La Comisión de Mercado de Capitales tiene como tareas: el acuerdo marco sobre la negociación transfronteriza de fondos de inversiones; el seguimiento de las normas regulatorias de los mercados de valores de los Estados Parte; el acuerdo marco sobre compensación y liquidación de operaciones y el dictado de lineamientos básicos sobre oferta pública y negociación de valores a través de Internet.
I) Convenios de Pagos y Créditos Recíprocos.
El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA es signatario de varios Convenios de Pagos y Créditos Recíprocos, siendo el más importante el correspondiente a la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI). Su finalidad es la cooperación multilateral entre los Bancos Centrales de la región con vistas a estimular las relaciones financieras entre los países participantes, facilitar la expansión de su comercio recíproco y sistematizar las consultas mutuas en cuestiones monetarias, cambiarias y de pagos.
En este marco, se llevarán a cabo análisis de cambios en la legislación de la REPUBLICA ARGENTINA y de la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI), de procedimientos internos del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, seguimiento de pagos y cobros.
Se prevén negociaciones bilaterales a partir de las nuevas condiciones económicas y del acuerdo alcanzado con el BANCO CENTRAL DE BRASIL a fin de flexibilizar las normas recíprocas.
II) Normas de Comercio Exterior y Mercado Cambiario.
Con la creación de la Gerencia de Exterior y Cambios, el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA refleja la necesidad de ocuparse de los aspectos vinculados a la normativa correspondiente a esos tópicos.
En este contexto, nuevas tareas deberán ser desarrolladas a fin de atender las necesidades de creación y mantenimiento de una base de datos y registro de operaciones externas. Se intensificará la cooperación con otros Bancos Centrales de la región a efectos de homogeneizar criterios y prácticas.
III) Fondo Monetario Internacional.
El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA continuará la fluida cooperación que mantiene con el Organismo en materia de provisión de información estadística y económica, la cual se plasma a través de su participación en diversos programas y publicaciones del FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI) y en los que, en algunos casos, la tarea desarrollada por el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA consiste no sólo en proporcionar al Organismo información elaborada por la Institución, sino también en coordinar con otras Dependencias y Areas Oficiales la preparación y remisión al Organismo de la información pertinente.
IV) BANCO MUNDIAL (BM)/BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)/BANCO DE PAGOS INTERNACIONALES (BIS).
El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA continuará atendiendo y coordinando las misiones de dichos organismos y la atención de los pedidos de información. Asimismo, entenderá en los aspectos vinculados con los aportes de capital de los distintos organismos, en el análisis de la reposición o aumento y en la gestión del instrumento autorizante a nivel nacional o interno, hasta finalizar con la efectivización de los pagos que correspondan.
V) Otros Temas.
En el marco de la cooperación internacional que viene desarrollando el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y acorde con la tendencia internacional de intercambio de información entre entidades supervisoras de diferentes países, se negociarán Memorandos de Entendimiento para mejorar la transparencia en el intercambio de información, permitiendo una correcta evaluación de las condiciones financieras y del desempeño de las entidades financieras establecidas en el territorio de los países signatarios. Los aspectos generales que cubre el memorando incluyen el intercambio de información sobre la autorización de entidades financieras, los respectivos sistemas regulatorios, las sanciones administrativas y los informes de inspección.
El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA continuará y profundizará su participación en el Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA), tratando de maximizar la utilización de la existencia del Centro en materia de formación y como foro de intercambio de experiencias.
Cabe señalar que, debido a los cambios adoptados en materia de política económica y monetaria, y dado que se han presentado variadas consultas de los demás países u organismos de regulación y supervisión acerca del comportamiento de dichas medidas de índole económico-financiera, el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA promovió y seguirá promoviendo reuniones con las delegaciones de los distintos organismos de los países a fin de aportar un conocimiento acabado del proceso de cambio y de la situación actual del sistema financiero argentino.
Para tal fin, el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA organizará y conducirá seminarios, jornadas, presentaciones y charlas a cargo de distintos funcionarios internos y externos, a modo de dar un panorama confiable de la situación.
Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias.
Durante el primer semestre del año 2004, se continuará el proceso de verificaciones iniciado en el año 2003, habiéndose definido como objetivo de supervisión en tal período el de determinar la situación de las entidades financieras en los siguientes aspectos:
I) Posicionamiento de la entidad financiera frente a la coyuntura: desempeño de la Dirección/ Gerencia y Planes de Negocios.
II) Capitales Mínimos: posición frente a las nuevas disposiciones normativas.
III) Efectivo Mínimo: cumplimiento de los niveles requeridos por las normas.
IV) Descalces de las operaciones activas y pasivas: en moneda, rendimiento y plazos.
Cuando las circunstancias lo permitan y se recomponga el sistema financiero de la situación que atravesó como consecuencia de la crisis económica que se generó hacia fines del año 2001, se prevé, en el segundo semestre del año 2004, retomar el esquema normal de supervisión definido en los correspondientes Manuales de Supervisión. Ello, sin perjuicio de continuar con las tareas que se vienen desarrollando en las entidades financieras que se encuentran atravesando una situación especial y en las que se han dispuesto medidas de superintendencia tales como veedurías, seguimiento de planes de regularización y saneamiento, suspensiones, en proceso de exclusión de activos y pasivos, etcétera.
El proceso de supervisión ha sido concebido como un ciclo continuo que combina inspecciones en la sede de las entidades financieras, con el seguimiento a distancia realizado en la sede de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, en el período entre inspecciones, y reconoce los objetivos que seguidamente se exponen:
Velar por la estabilidad del sistema financiero en su conjunto y contribuir a mejorar la transparencia en la información suministrada por las entidades financieras al público en general.
ii) Diagnosticar sistemáticamente la situación de cada entidad financiera y la viabilidad de las mismas, de manera comprensiva y consolidada.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.