BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Rango Decreto
Publicación 2010-12-23
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Decreto 2028/2010

Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2010.

Bs. As., 20/12/2010

VISTO el Expediente Nº 101.346/2009 del Registro del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el Artículo 6º de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005), y

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada norma legal se determina que el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobará anualmente el Plan de Acción y el Presupuesto de Gastos y Recursos de las Instituciones pertenecientes al Sistema Bancario Oficial.

Que a esos efectos es menester propiciar la presente medida, por la cual se aprueba el presupuesto perteneciente al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA para el Ejercicio 2010.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 6º de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005).

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Apruébanse el Plan de Acción y el Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2010 correspondientes al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, que como Anexo forman parte integrante del presente artículo.
Art. 2º — Apruébase el Cálculo de Recursos afectado a la financiación del presupuesto del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA a que se refiere el Artículo 1º del presente decreto, de acuerdo con el detalle que obra en Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo.
Art. 3º — Facúltase al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA a disponer las reestructuraciones que considere necesarias dentro de los gastos, sin exceder la suma total fijada en las Planillas Anexas al Artículo 1º.
Art. 4º — Dése cuenta oportunamente al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.

Anexo al Artículo 1º

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

PLAN DE ACCION

EJERCICIO 2010

El Plan de Acción del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA para el Ejercicio 2010 tiene como marco de referencia los objetivos generales y específicos fijados en los Artículos 3º y 4º de su Carta Orgánica (Artículo 1º de la Ley Nº 24.144 y sus modificatorias) habiéndose previsto para cumplir dichos objetivos los siguientes cursos de acción:

a)

Regulación Monetaria y Crediticia

La política monetaria tiene como objetivo primario y fundamental coadyuvar a la estabilidad del valor de la moneda en un marco de crecimiento de la economía y del empleo. Ello requiere fundar las condiciones para que la estabilidad de precios sea posible y duradera. En efecto, en el marco de una economía que aún se encuentra en un sendero de transición hacia el equilibrio de largo plazo, la estabilidad de precios no puede ser alcanzada sin estabilidad monetaria y financiera. Por ello, la política monetaria durante el año 2010 tendrá como objetivo garantizar el equilibrio en el mercado monetario y establecer los cimientos de un sistema monetario-financiero estable y previsible, que contribuya al desarrollo sostenido del país durante las próximas décadas.

A tal fin se elaborará el Programa Monetario 2010 aplicando las herramientas analíticas adecuadas para estimar la demanda de dinero y determinar los instrumentos de política monetaria a ser utilizados, de manera que la oferta monetaria resulte compatible con la demanda de dinero.

En el marco del cumplimiento del programa monetario, el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA utilizará diversas herramientas para inyectar o esterilizar liquidez, conforme las circunstancias lo requieran. Dentro del conjunto de herramientas a utilizar continuará efectuando subastas públicas de LETRAS y NOTAS del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (LEBAC y NOBAC) por medios electrónicos, con el fin de regular la cantidad de dinero en circulación. Además, intervendrá en el mercado de dinero a través de la realización de operaciones de pases activos y pasivos y, cuando sea necesario, participará en el mercado secundario de LEBAC y NOBAC con el objetivo de complementar otras operaciones de inyección o esterilización de fondos y, al mismo tiempo, profundizar el desarrollo de ese mercado incrementando su liquidez. Asimismo, si las circunstancias así lo requieren, utilizará los diversos mecanismos de regulación de liquidez puestos en marcha en los últimos años.

En lo atinente al mercado de divisas, se continuarán realizando operaciones de compra-venta de divisas en el mercado único y libre de cambios y, de requerirlo las circunstancias, en los mercados de futuros, con el objeto de contribuir también por este medio a regular la monetización de la economía y a evitar bruscas oscilaciones en la cotización de nuestra moneda. Adicionalmente, y adaptada al contexto macroeconómico que se verifique, se continuará con la política de acumulación prudencial de reservas en divisas, que ya ha demostrado su capacidad de otorgar protección a la economía ante escenarios adversos.

b)

Regulación del sistema financiero

El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA continuará trabajando en los siguientes objetivos:

I) Promover el desarrollo de figuras normativas que permitan incrementar la provisión de servicios financieros en la economía, en el marco de una sana asunción de riesgos.

II) Continuar con el análisis de medidas que permitan prolongar el plazo de los préstamos otorgados por las entidades.

III) Avanzar en la implementación de un centro de atención para la recepción de reclamos y consultas de los clientes bancarios.

IV) Promover sanas prácticas de gestión de riesgo en las entidades financieras, de manera de preservar su solvencia y liquidez en pos de los intereses de los depositantes.

V) Avanzar en la implementación de estándares internacionales de regulación bancaria, en el análisis de su impacto y de las formas de aplicación en el sistema local.

VI) Profundizar la implementación de los estándares en materia de capital regulatorio, de acuerdo con lo establecido por la "Hoja de ruta" para la implementación del Comité de Basilea II.

Adicionalmente, continuará su participación como coordinador argentino de la Comisión del Sistema Financiero, SUBGRUPO DE TRABAJO Nº 4 "Asuntos Financieros" del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), trabajando en la identificación de asimetrías en los marcos normativos y en las políticas regulatorias adoptadas en este contexto regional.

c)

Administración de Reservas

El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA para el Ejercicio 2010 tiene como marco de referencia los objetivos generales y específicos fijados en los Artículos 3º y 4º de su Carta Orgánica (Artículo 1º de la Ley Nº 24.144 y sus modificatorias), habiéndose previsto como metas para cumplir dichos objetivos: a) optimizar la rentabilidad de las reservas internacionales, sujeto a preservar su seguridad, y b) mantener un alto grado de liquidez y estricto control de los riesgos de tasa de interés, tipo de cambio y crédito.

d)

Acuerdos Internacionales

El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA continuará con la atención de los asuntos relacionados con las instituciones financieras internacionales o nacionales del exterior y con los organismos de integración y agrupamientos regionales, los acuerdos bilaterales y los convenios especiales que suscriba nuestro país.

En tal sentido, como miembro del MERCOSUR y en el marco de su participación en el GRUPO MERCADO COMUN (GMC), proseguirá con la tarea de identificación y establecimiento de los instrumentos que en un futuro puedan permitir la coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales entre los estados partes, en lo atinente a la armonización de estadísticas oficiales, integración de los mercados financieros y de capitales, considerando los respectivos marcos regulatorios y los sistemas de pago entre los países. La dedicación a estos aspectos se complementará con la participación en el GRUPO DE MONITOREO MACROECONOMICO (GMM) del MERCOSUR.

El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA participará en las reuniones concernientes a la temática del "Monetario/Crédito" perteneciente al proyecto "Apoyo al Monitoreo Macroeconómico" (AMM) que, como resultado del convenio de Cooperación Técnica y Financiera suscripto entre el GRUPO DE MONITOREO MACROECONOMICO del MERCOSUR y la Comunidad Europea (CE), tiene como objetivo contribuir a la eficiencia de los trabajos del GRUPO DE MONITOREO MACROECONOMICO del MERCOSUR.

Por otra parte, le compete al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA la coordinación con los demás Bancos Centrales integrantes del MERCOSUR de todo lo referido al SUBGRUPO DE TRABAJO Nº 4 "Asuntos Financieros", el que está compuesto por las Comisiones de Sistema Financiero, de Prevención del Lavado de Dinero y del Financiamiento del Terrorismo, de Seguros y de Mercado de Capitales.

Asimismo, el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA ha puesto en marcha durante el Ejercicio 2008 un sistema de pagos en monedas locales entre la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL y la REPUBLICA ARGENTINA. Se continuarán implementando las medidas necesarias para su adecuado funcionamiento. Dicho sistema podría extenderse a los demás miembros del MERCOSUR.

Realizará, asimismo, el seguimiento y el análisis del compromiso asumido por la REPUBLICA ARGENTINA ante la ORGANIZACION MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) en materia de servicios financieros.

El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA continuará con la cooperación que mantiene con el FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI) en materia de provisión de información estadística y económica, y atenderá y coordinará los pedidos de información del BANCO MUNDIAL (BM), del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y del BANCO DE PAGOS INTERNACIONALES (BIS). En tal sentido, continuará colaborando con el FONDO LATINOAMERICANO DE RESERVAS (FLAR) en el suministro de información.

Asimismo, entenderá en los aspectos vinculados con los aportes de capital a los distintos organismos y en el análisis de su reposición o aumento.

e)

Relaciones Internacionales

Con motivo de la celebración del 75º Aniversario del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y del "Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo", el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA continuará con el fortalecimiento de su imagen institucional en el exterior, a través del intercambio de ideas y experiencias con organizaciones homólogas, financieras, monetarias y de cooperación multilateral, manteniendo una presencia activa en los foros internacionales.

El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA proseguirá y profundizará su participación en el plano regional en organismos como el CENTRO DE ESTUDIOS MONETARIOS LATINOAMERICANOS (CEMLA), la cooperación entre presidentes de Bancos Centrales del MERCOSUR, en temas de supervisión como la ASOCIACION DE SUPERVISORES BANCARIOS DE LAS AMERICAS (ASBA), aspirando a maximizar la utilización de dichos foros en materia de formación técnica y del capital humano, así como de intercambio de experiencias.

El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA organizará y conducirá seminarios, jornadas, presentaciones y charlas a cargo de distintos funcionarios internos y externos, a fin de dar un panorama confiable de la situación teniendo a cargo la organización y coordinación general de las Jornadas Monetarias y Bancarias y de la Reunión de Gobernadores del CENTRO DE ESTUDIOS MONETARIOS LATINOAMERICANOS (CEMLA) en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

f)

SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARIAS

La SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARIAS desde el año 2000 ha adoptado para las entidades financieras una metodología de supervisión orientada al riesgo, la que se aplica en el Cronograma de Inspecciones de manera recurrente. El esquema implementado es lo suficientemente flexible como para adaptar las tareas de inspección a los riesgos que en cada situación se identifiquen.

Dicho proceso ha sido concebido como un ciclo continuo que combina inspecciones en la sede de las entidades financieras con el seguimiento a distancia realizado desde la SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARIAS, en el período entre inspecciones.

Adicionalmente al esquema de supervisión anteriormente expuesto, se llevan a cabo en la SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARIAS una serie de tareas que se resumen a continuación:

I) Tareas propias del "seguimiento intensivo" que se realizan en aquellas entidades que, por la particular situación que atraviesan, han sido encuadradas en los términos del Artículo 34 ó 35 bis de la Ley Nº 21.526 y sus modificatorias, Ley de Entidades Financieras, o en las que se dispuso la designación de veedores.

II) A los efectos de realizar un seguimiento acerca de cómo las entidades financieras adecuan su operatoria a la realidad económica, el régimen informativo requiere la presentación de planes de negocios y proyecciones económicas por un período de TRES (3) años.

III) Continuar con la implementación de los aspectos emergentes del proceso de autoevaluación sobre el cumplimiento de los Principios Básicos para Supervisión Bancaria Efectiva, emitidos por el Comité de Basilea.

Además, y atento a la calidad de sujeto obligado a reportar operaciones inusuales que reviste el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, según lo establecido en el Artículo 20, inciso 15, de la Ley Nº 25.246, el área de análisis continuará con el tratamiento de los informes sobre operaciones sospechosas elaborados por las distintas dependencias del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, como así también de la SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARIAS.

En ese marco, se proseguirá con la labor de cooperación con la tarea asignada a la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA (UIF), brindando respuesta a los requerimientos de información respecto de las entidades financieras y cambiarias así como de sus clientes.

El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA tiene una participación activa en la Prevención del Lavado de Dinero y el Financiamiento del Terrorismo ante organismos locales, PODER LEGISLATIVO NACIONAL, PODER JUDICIAL DE LA NACION y los foros internacionales a través de sus funcionarios, como por ejemplo: GRUPO DE ACCION FINANCIERA INTERNACIONAL (GAFI), el GRUPO DE ACCION FINANCIERA INTERNACIONAL DE SUDAMERICA (GAFISUD) y el SUBGRUPO DE TRABAJO Nº 4 "Asuntos Financieros" del MERCOSUR.

Asimismo, tiene previsto realizar tareas tendientes a fiscalizar el cumplimiento normativo y el seguimiento de la operatoria desarrollada por las entidades y agentes cambiarios en función del marco de desenvolvimiento del mercado de cambios. Además, se contempla reforzar la supervisión de las entidades con el aporte de otras áreas técnicas que complementan la tarea de la inspección en aspectos vinculados al control de la labor de la auditoría interna y externa, así como también en materia de auditoría de sistemas.

Adicionalmente, se efectuarán inspecciones a las personas físicas y/o jurídicas que eventualmente lleven a cabo actividades de intermediación financiera no autorizada actuando en los casos de denuncias recibidas y/o comprobaciones surgidas de las misiones propias de la competencia del área.

Se fiscalizarán las Sociedades de Garantía Recíproca inscriptas en el Registro de la SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARIAS, respecto del cumplimiento de la normativa emitida por este BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

Se continuará con el control de la labor de las Cámaras Electrónicas de Compensación y de las Sociedades Administradoras de Redes de Cajeros Automáticos y otras que administren sistemas de compensación vinculados con el sistema financiero, como así también a servicios informáticos tercerizados por entidades financieras en estas empresas, a fin de que mantengan estándares adecuados de control y seguridad en sus operaciones y se fiscalizará el cumplimiento de la normativa sobre el particular dictada por el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

Por otra parte, se tiene previsto proseguir con los siguientes objetivos:

1) Difundir el Régimen Informativo de Cajas de Crédito Cooperativas.

2) Adaptar el Régimen Informativo de las Casas y Agencias de Cambio con el fin de optimizar la información recibida.

3) Proseguir con la instrumentación de un plan de alineamiento de las Normas Contables del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA con las Normas Internacionales de Información Financiera.

4) Determinar el aporte al Fondo de Garantía a realizar por las entidades financieras.

5) Diseñar la creación de una Central de Cheques Robados y Perdidos para facilitar la circulación del instrumento a nivel comercial.

6) Poner en funcionamiento la Central de Balances del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA que concentrará información financiera de las empresas argentinas necesaria para la evaluación de riesgos. Con la información que se genere (indicadores, evoluciones e información sectorial y distintos agregados), se brindará un servicio a las empresas, al Sistema Financiero y a los distintos organismos del ESTADO NACIONAL.

g)

Análisis y divulgación de la coyuntura económica

Además del seguimiento del Programa Monetario, se realizarán estudios internos con especial énfasis en cuestiones relacionadas con la dinámica de las principales variables económicas, los mecanismos de transmisión de la política monetaria y la situación y evolución del sector financiero y su interacción con la economía real. Dentro de estos estudios, se continuará con el desarrollo de la Encuesta de Condiciones Crediticias, dirigida a contemplar la evolución de la oferta de crédito bancario, lo que será mejorado con herramientas destinadas a evaluar la situación de la demanda de créditos.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.