CONSEJO ASESOR DE PLANIFICACION DE INFRAESTRUCTURA

Rango Decreto
Publicación 2000-03-09
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONSEJO ASESOR DE PLANIFICACION DE INFRAESTRUCTURA

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Decreto 203/2000

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**Créase el mencionado Consejo en la órbita del

Ministerio de Infraestructura y Vivienda, con el objetivo de asesorar al Poder

Ejecutivo Nacional en la planificación de la inversión de infraestructura

física, con el concurso de personalidades relevantes de la ingeniería y la

arquitectura.**

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Bs.

As., 3/3/2000

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VISTO Y

CONSIDERANDO:

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Que el

PODER EJECUTIVO NACIONAL tiene como objetivo lograr una coherente planificación

de la inversión en el ámbito de la infraestructura pública y otorgar mayor

eficiencia a la asignación de los fondos de inversión que administra el Estado

Nacional.

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Que con

la finalidad de lograr dicho objetivo, se estima conveniente el concurso de

personalidades relevantes de la ingeniería y la arquitectura que aportarán su

experiencia e ideas para la consecución del fin descripto.

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Que

resulta adecuada la constitución de un consejo que reúna a dichas

personalidades a efectos de lograr una mejor gestión del Estado Nacional.

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Que el

Consejo a crearse por el presente acto operará en el ámbito del MINISTERIO DE

INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

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Que los

señores Ingeniero Roberto Pedro ECHARTE (L.E. Nº 4.477.951), Ingeniero Bruno

Victorio FERRARI BONO (D.N.I. Nº 1.732.243), Ingeniero Esteban GUAIA (D.N.I. Nº

4.045.586), Ingeniero Humberto Rafael CIANCAGLINI (D.N.I. Nº 3.950.849),

Arquitecto Mario Roberto ALVAREZ (D.N.I. Nº 372.348) y Arquitecto José Ignacio

MIGUENS (D.N.I. Nº 8.406.926) reúnen las condiciones de idoneidad para el

desempeño de la función propuesta.

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Que la

presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo

99, incisos 1 y 7, de la Constitución Nacional.

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Por

ello,

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EL

PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

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Artículo 1º— Créase el CONSEJO

ASESOR DE PLANIFICACION DE INFRAESTRUCTURA, que tendrá a su cargo el

asesoramiento al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la planificación de la inversión

de infraestructura física, y en una mayor eficiencia en la asignación de los

fondos presupuestarios para inversión pública que administra el Estado

Nacional, y actuará en la órbita del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

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Art. 2º— El Consejo que se crea por el

artículo1º del presente acto, estará

integrado por SEIS (6) expertos de la ingeniería y la arquitectura nacional,

los que serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL. El Consejo dictará su

propio reglamento interno.

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Art. 3º— Desígnanse a los señores

Ingeniero Roberto Pedro ECHARTE (L.E. Nº 4.477.951), Ingeniero Bruno Victorio

FERRARI BONO (D.N.I. Nº 1.732.243), Ingeniero Esteban GUAIA (D.N.I. Nº

4.045.586), Ingeniero Humberto Rafael CIANCAGLINI (D.N.I. Nº 3.950.849), Arquitecto

Mario Roberto ALVAREZ (D.N.I. Nº 372.348) y Arquitecto José Ignacio MIGUENS

(D.N.I. Nº 8.406.926) como miembros del CONSEJO ASESOR DE PLANIFICACION DE

INFRAESTRUCTURA.

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Art. 4º— Los integrantes del Consejo a

que se refieren los artículos anteriores se desempeñarán con carácter

“ad-honorem”.

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Art. 5º— El CONSEJO ASESOR DE

PLANIFICACION DE INFRAESTRUCTURA, podrá requerir de los titulares de los

organismos de la Administración Pública Nacional informes sobre el estado de

situación, los que deberán ser elaborados de conformidad con las pautas

establecidas por el Consejo.

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Art. 6º— El MINISTERIO DE

INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA prestará el apoyo humano, técnico y administrativo

necesario para el funcionamiento del precitado Consejo.

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Art. 7º— Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. —

Nicolás V. Gallo.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.