INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Rango Decreto
Publicación 2026-03-30
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Decreto 205/2026

DECTO-2026-205-APN-PTE - Apruébase la estructura organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2026

VISTO el Expediente Nº EX-2025-137129416-APN-DGDAGYP#MEC, los Decretos

Nros. 2817 del 30 de diciembre de 1991 y su modificatorio, 2098 del 3

de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 50 del 19

de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa

N° 2283 del 30 de diciembre de 2020 y la Resolución del INSTITUTO

NACIONAL DE SEMILLAS N° 43 del 19 de julio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 2817/91 se dispuso que el INSTITUTO NACIONAL DE

SEMILLAS (INASE) actuará como organismo descentralizado en el ámbito de

la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del ex-MINISTERIO DE

ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que por el Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios se aprobaron el

Organigrama de Aplicación y los Objetivos de la Administración Nacional

centralizada hasta el nivel de Subsecretaría y los ámbitos

jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y

descentralizados.

Que por la Decisión Administrativa Nº 2283/20 se aprobó la estructura

organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Instituto

Nacional.

Que por la Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS Nº 43/95 se

aprobaron las aperturas departamentales del referido Organismo.

Que, en esta instancia, deviene necesario modificar la estructura

organizativa del citado Instituto Nacional, como así también derogar,

incorporar, homologar y reasignar diversos cargos pertenecientes a la

citada Entidad en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE

EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus

modificatorios y complementarios.

Que, asimismo, corresponde suprimir diversas unidades de nivel departamental del citado Instituto Nacional.

Que la presente medida no implica incremento en la cantidad de unidades

organizativas que conforman la Administración Pública Nacional.

Que el artículo 104 del Reglamento de Procedimientos Administrativos.

Decreto 1759/72 - T.O. 2017 dispuso que los reglamentos que refieren a

la estructura orgánica de la Administración entran en vigencia sin

necesidad de publicación.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE

TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE

DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO y la OFICINA NACIONAL DE

PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE

HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención de su

competencia.

Que los servicios permanentes de asesoramiento jurídico pertinentes han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel

operativo del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE), organismo

descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA,

GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de conformidad con el

Organigrama y la Responsabilidad Primaria y Acciones que, como ANEXOS I

(IF-2025-136638770-APN-INASE#MEC) y II

(IF-2026-15875346-APN-INASE#MEC), forman parte integrante del presente

decreto.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel

operativo del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado

actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y

PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de conformidad con el Organigrama y

las Acciones que, como ANEXOS III (IF-2025-136638732-APN-INASE#MEC) y

IV (IF-2025-136638805-APN-INASE#MEC), forman parte integrante del

presente decreto.

ARTÍCULO 3°.- Deróganse, incorpóranse, homológanse y reasígnanse en el

Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo

Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),

homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y

complementarios, los cargos pertenecientes al INSTITUTO NACIONAL DE

SEMILLAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la

SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE

ECONOMÍA, que se detallan en la PLANILLA ANEXA

(IF-2025-136638699-APN-INASE#MEC) al presente artículo, que forma parte

integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Facúltase al Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE

SEMILLAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la

SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE

ECONOMÍA, a modificar la estructura organizativa de segundo nivel

operativo aprobada por el artículo 2° del presente decreto, sin que

ello implique incremento de las unidades organizativas que la componen

ni de las correspondientes partidas presupuestarias, previa

intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la

SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del

MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.

ARTÍCULO 5°.- Suprímense las unidades de nivel departamental del

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE), organismo descentralizado

actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y

PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA que se detallan en la PLANILLA ANEXA

(IF-2025-136638661-APN-INASE#MEC) al presente artículo, que forma parte

integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 6º.- Deróganse los artículos 1° al 4° de la Decisión Administrativa N° 2283 del 30 de diciembre de 2020.
ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente

medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Entidad

614 - INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.

ARTÍCULO 8°.- El presente decreto entrará en vigencia el día de su dictado.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Luis Andres Caputo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/03/2026 N° 18820/26 v. 30/03/2026

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: AnexoI,AnexoII,AnexoIII,AnexoIV, AnexoV,AnexoVI)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.