CORPORACION ANTIGUO PUERTO MADERO

Rango Decreto
Publicación 2002-10-17
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CORPORACION ANTIGUO PUERTO MADERO

Decreto 2068/2002

Incorpórase en el Anexo II del Decreto N° 357/2002, modificado por su similar N° 475/2002, como objetivo de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, el cometido de integrar la conducción de la mencionada Sociedad Anónima y supervisar el funcionamiento de la misma.

Bs. As., 16/10/2002

VISTO el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y su similar modificatorio N° 475 de fecha 8 de marzo de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por el aludido Decreto N° 357/02 se estableció entre los objetivos de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION el de integrar la conducción de la CORPORACION ANTIGUO PUERTO MADERO S.A. y supervisar el funcionamiento de la misma.

Que por la norma citada en segundo término se transfirió dicho cometido a la SECRETARIA DE COORDINACION LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que se ha decidido modificar el ámbito de actuación de la citada sociedad, disponiendo su transferencia a la jurisdicción de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la Constitución de la Nación Argentina.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Suprímese del Anexo II del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 —modificado por sus similares N° 475 de fecha 8 de marzo de 2002 y 564 de fecha 27 de marzo de 2002— , en el apartado XIII correspondiente al MINISTERIO DEL INTERIOR, el objetivo 10 de la SECRETARIA DE COORDINACION LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA.
Art. 2° — Incorpórase en el Anexo II del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 —modificado por su similar N° 475 de fecha 8 de marzo de 2002—, en el apartado correspondiente a la SECRETARIA GENERAL como objetivo 19, el siguiente:

"19. Integrar la conducción de la Corporación Antiguo Puerto Madero y supervisar el funcionamiento de la misma".

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — DUHALDE. — Alfredo N. Atanasof. — Jorge R. Matzkin.

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