ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2011-12-12
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Decreto 2083/2011

Modifícase el Decreto Nº 357/02 en el apartado XIX correspondiente al Ministerio de Desarrollo Social.

Bs. As., 7/12/2011

VISTO el Expediente Nº E-119353-2011 del Registro del MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL, los Decretos Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus

modificaciones y Nº 20 del 10 de diciembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Nº 357/02 y sus modificaciones, se aprobó el

organigrama de aplicación de la Administración Pública centralizada

hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de la Unidades

Organizativas determinadas en dicho organigrama.

Que, oportunamente, mediante el Decreto Nº 20/07, se aprobó la

estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL.

Que resulta necesario reordenar el flujo de responsabilidades en el

ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de optimizar

la administración de los recursos del Estado aplicados a la política

social, potenciando asimismo criterios de efectividad y trabajo en

equipo.

Que se considera a la Responsabilidad Social como una forma de gestión

definida por la relación ética y transparente relacionada con el

establecimiento de metas compatibles con el desarrollo sustentable de

la sociedad, preservando recursos ambientales y culturales para las

futuras generaciones, respetando la diversidad y promoviendo la

reducción de las desigualdades sociales.

Que es necesaria la articulación de sinergias y lenguajes entre los

sectores de la Sociedad Civil, el empresariado y el gobierno, generando

entendimientos y procesos de desarrollo, para la sostenibilidad de la

sociedad, en el marco de la Responsabilidad Social.

Que resulta menester incorporar esa práctica de valores éticos y

morales en la definición de lineamientos y ejes centrales de políticas

públicas con el fin de canalizarlos de manera tal que pueda encararse

su instalación concreta en la vida social y obtener resultados

beneficiosos para la comunidad.

Que la participación en debates, la generación de compromisos, el

nacimiento concomitante de derechos y la producción de resultados

comunitarios beneficiosos conllevan a la creación efectiva de una

ciudadanía responsable que aporta sustentabilidad a las estructuras

comunitarias.

Que a raíz de las distintas políticas adoptadas por el ESTADO NACIONAL

desde el año 2003, se ha mejorado progresivamente la situación social

en términos generales, y como consecuencia de ello resulta propicio

adecuar las políticas sociales en base a los nuevos desafíos que la

realidad impone.

Que a fin de optimizar el aprovechamiento de los recursos públicos con

miras a la producción de resultados que sean colectivamente compartidos

y socialmente valorados, resulta conveniente crear la SUBSECRETARIA DE

RESPONSABILIDAD SOCIAL, dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION Y

MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que ese reordenamiento requiere asimismo la aprobación de la estructura

organizativa de primer nivel operativo, en el ámbito de la

SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL a fin de posibilitar el

cumplimiento adecuado de sus objetivos.

Que la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha intervenido conforme su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1º del Decreto Nº 357

del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios —Organigrama de

aplicación de la Administración Pública Nacional— el Apartado XIX

correspondiente al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el que quedará

conformado de acuerdo al detalle obrante que, como anexo al presente

artículo, forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 2º — Incorpórase al Anexo II al Artículo 2º del Decreto Nº 357 del

21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, Apartado XIX, la parte

correspondiente a los Objetivos de la SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD

SOCIAL de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL

dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de conformidad con el

detalle obrante que, como anexo al presente artículo, forma parte

integrante del presente Decreto.

Art. 3º — Sustitúyese el Anexo lb al artículo 3º del Decreto Nº 20 del

10 de diciembre de 2007 y modificatorios, por el que, con idéntica

denominación, forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 4º — Incorpóranse al Anexo II al artículo 3º del Decreto Nº 20 del

10 de diciembre de 2007 y modificatorios la parte correspondiente a la

Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCION NACIONAL DE

PROMOCION DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL y la DIRECCION NACIONAL DE

ACREDITACION DE ORGANIZACIONES dependientes de la SUBSECRETARIA DE

RESPONSABILIDAD SOCIAL de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO

INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, de acuerdo con el

detalle que, como planilla anexa al presente artículo, forma parte

integrante del presente decreto.

Art. 5º — Sustitúyese la Responsabilidad Primaria y Acciones de la

DIRECCION NACIONAL DE FOMENTO DEL MONOTRIBUTO SOCIAL de la

SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL dependiente de

la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO

DE DESARROLLO SOCIAL, aprobada por el Decreto Nº 1164 del 1º de

septiembre de 2009, de conformidad con el detalle obrante que, como

planilla anexa al presente artículo, forma parte integrante del

presente Decreto.

Art. 6º — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas

afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas

estructurales existentes con nivel inferior a las que por el presente

se aprueban, las que transitoriamente mantendrán las acciones y

dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de

revista y Funciones Ejecutivas previstas en la normativa vigente.

Art. 7º — El gasto que demande la presente medida será atendido con las

partidas presupuestarias asignadas a la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL.

Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del

Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D.

Fernández. — Alicia M. Kirchner.

ANEXO AL ARTICULO 1º

XIX - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

ANEXO AL ARTICULO 2º

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL

SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

OBJETIVOS:

1.

Asistir a la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL en

el diseño de las políticas de Responsabilidad Social que resulten

adecuadas para el ámbito de interés de la Jurisdicción.

2.

Crear instancias de sensibilización para la permanente actualización

del debate sobre la selección y adopción de las prácticas de

responsabilidad social deseables en el marco de la escala de valores y

principios de cada comunidad.

3.

Entender en la coordinación con los actores jurisdiccionales, y

aquellos que desde la comunidad se relacionan con la Jurisdicción en el

cumplimiento de sus funciones, para posibilitar la orientación hacia

una implementación paulatina y sostenida de esquemas de estímulo y

seguimiento en la adopción de prácticas sociales y empresariales

responsables.

4.

Entender en el establecimiento de metas compatibles con el

desarrollo sustentable de la sociedad, preservando recursos ambientales

y culturales para las futuras generaciones y respetando la diversidad.

5.

Articular sinergias y lenguajes entre los sectores de la Sociedad

Civil, Empresarial y Gubernamental, buscando generar entendimientos y

procesos de desarrollo sostenible.

6.

Entender en el monitoreo de los avances que se produzcan en relación

a la adopción de opciones estratégicas de Responsabilidad Empresarial y

Social, dirigiendo su difusión, análisis y elaborando propuestas para

su continuo afianzamiento en el accionar jurisdiccional.

7.

Promover y articular la difusión de las estrategias referidas a la

temática de Responsabilidad Social, procurando que las ventajas de su

adopción a nivel institucional, empresarial y/o individual sean

conocidas y comprendidas y que, las iniciativas gubernamentales para su

fomento resulten ampliamente accesibles para los que quieran sumarse a

ellas.

8.

Establecer vínculos y canales de interacción con las organizaciones

de la sociedad civil que estén promoviendo acciones de responsabilidad

social y de monitoreo de acciones responsables.

ANEXO Ib

[IMG]

Planilla Anexa al Artículo 4º

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL

SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

Dirección Nacional de Promoción de la Responsabilidad Social

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Aportar al fortalecimiento de las estrategias institucionales de

creación de ciudadanía, a través de la promoción de los derechos y

obligaciones que supone la adopción del paradigma de Responsabilidad

Social, tanto en los diferentes niveles colectivos como para cada

individuo en particular.

ACCIONES:

1.

Diseñar programas de difusión sobre las ventajas de la adopción de

Prácticas Socialmente Responsables, que prioricen la producción y

utilización de contenidos propios en concordancia con los valores y

necesidades locales.

2.

Apoyar la realización de estudios que permitan conocer, de acuerdo a

las particularidades territoriales, aquellos posibles emprendimientos

individuales, comunitarios y/o empresariales que resulten factibles de

ser enmarcados en acciones de estímulo a la adopción del concepto de

Prácticas Socialmente Responsables en la gestión diaria.

3.

Promover la activa participación en la definición e implementación

de planes de adopción de Responsabilidad Social de las acciones para la

inclusión de las cooperativas de trabajo especialmente protegidas y

otros titulares de derecho, individuales o colectivos, que se

relacionen con el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL en el cumplimiento de

sus objetivos.

4.

Promover, entre las empresas y asociaciones de empresas, en

diferentes niveles de organización, la creación de instancias de

sensibilización y debate sobre las prácticas de Responsabilidad Social

deseables en el marco de los valores y principios de nuestra sociedad.

5.

Promover la activa participación de las empresas y organizaciones en

las estrategias de desarrollo social, estimulando la adopción de

acciones concretas favorables al desarrollo del concepto de

Responsabilidad Social.

6.

Favorecer la generación de mecanismos sinérgicos de cooperación,

alianzas estratégicas y trabajo conjunto que posibiliten un mayor

aprovechamiento de las experiencias que se implementen, potenciando sus

resultados y anticipando las eventuales dificultades que pudieran

presentarse.

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL

SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

Dirección Nacional de Acreditación de Organizaciones

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir a la SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL en el diseño y

fortalecimiento de las estrategias tendientes a la adopción del

paradigma de Responsabilidad Social, propiciando el crecimiento de la

base de experiencias y conocimientos, estimulando el desarrollo del

Registro de Organizaciones Administradoras y posibilitando a través de

éste el mayor intercambio entre los actores en el marco de redes de

interés común.

ACCIONES:

1.

Fortalecer las acciones planificadas tendientes a la adopción del

paradigma de Responsabilidad Social a través de la creación y

consolidación de redes de intercambio, monitoreo de iniciativas y

divulgación de resultados.

2.

Dirigir las acciones necesarias para mantener un registro

actualizado de empresas, entidades y organizaciones administradoras que

mantienen relación de trabajo con la jurisdicción.

3.

Orientar las acciones tendientes a brindar adecuado soporte al

seguimiento de las acciones de sensibilización, adopción de prácticas

de Responsabilidad Empresarial y Social y de los resultados obtenidos.

4.

Contribuir a la creación y fortalecimiento de una red

interinstitucional de servicios con la participación del sector público

y las organizaciones de la sociedad civil promoviendo mejorar la

inserción y adaptabilidad social de los beneficiarios.

Planilla Anexa al Artículo 5º

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL

SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL

Dirección Nacional de Fomento del Monotributo Social

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir a la SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL en

el fomento de la adopción de la estrategia del Monotributo Social y sus

herramientas por parte de aquellas personas, grupos u organizaciones

que estén realizando actividades económicas de producción, servicios o

comercialización y vean dificultada su inserción en la economía formal

por encontrarse en situación de vulnerabilidad social.

ACCIONES:

1.

Promover a través de estudios, informes y acciones el fomento y la

adopción del uso del Monotributo Social como estrategia superadora

frente a las dificultades de inserción que puedan observar quienes

realizan actividades de producción de bienes, servicios y/o

comercialización de los mismos en situación de vulnerabilidad social.

2.

Asegurar la rapidez, equidad y eficiencia de los procesos y

parámetros de selección para la inclusión de aspirantes a los Registros

de Efectores, con el fin de proteger la utilidad social de dichas

herramientas.

3.

Planificar y supervisar las acciones del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.

4.

Establecer las condiciones de pertinencia de la aplicación del

monotributo social, de acuerdo a los indicadores sociales que se

establezcan.

5.

Evaluar, monitorear y mantener actualizados, a través de la

propuesta, análisis y aplicación de las medidas correctivas que se

consideren adecuadas, los procesos de acreditación de efectores.

6.

Asistir a la SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL

para suministrar al Registro de Información, a través del Sistema de

Georreferenciamiento.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.