MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Rango Decreto
Publicación 2014-11-19
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Decreto 2096/2014

Danse por prorrogadas designaciones.

Bs. As., 12/11/2014

VISTO el Expediente N° 1.547.547/13 del Registro del MINISTERIO DE

TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nros. 26.784 y 26.895,

los Decretos Nros. 357 del 21 de febrero de 2002, 491 del 12 de marzo

de 2002, 1.140 del 28 de junio de 2002, 195 del 21 de febrero de 2006,

287 del 13 de marzo de 2006, 484 del 20 de abril de 2006, 1.664 del 15

de noviembre de 2006, 1.729 del 28 de noviembre de 2006, 623 del 28 de

mayo de 2007, 534 del 31 de marzo de 2008, 881 del 29 de mayo de 2008,

1.876 del 11 de noviembre de 2008, 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y

sus modificatorios, 2.205 del 22 de diciembre de 2008, 370 del 22 de

abril de 2009, 945 del 22 de julio de 2009, 1.304 del 17 de septiembre

de 2009, 1.773 del 16 de noviembre de 2009, 454 del 5 de abril de 2010,

793 del 7 de junio de 2010, 1.719 del 24 de octubre de 2011, 1.745 del

31 de octubre de 2011, 1.763 del 31 de octubre de 2011, 540 del 17 de

abril de 2012, 570 del 23 de abril de 2012, 671 del 4 de mayo de 2012,

737 del 14 de mayo de 2012, 738 del 14 de mayo de 2012, 1.334 del 1° de

agosto de 2012, 1.602 del 4 de septiembre de 2012, 1.890 del 5 de

octubre de 2012, 1.979 del 19 de octubre de 2012, 2.020 del 23 de

octubre de 2012, 2.021 del 23 de octubre de 2012, 2.702 del 28 de

diciembre de 2012, 2.703 del 28 de diciembre de 2012, la Decisión

Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y sus modificatorias,

las Resoluciones Conjuntas de la entonces SECRETARIA DE GABINETE de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nros. 4 y 89 del 31 de marzo

de 2011, 10 y 96 del 4 de abril de 2011, 11 y 110 del 8 de abril de

2011, 28 y 140 del 5 de mayo de 2011, y 309 y 249 del 31 de agosto de

2012, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE GABINETE de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 27 del 5 de mayo de 2011, la

Resolución Conjunta de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION

ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la

SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Nros. 103 y 75 del 4 de abril de 2014, las Resoluciones del MINISTERIO

DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 566 del 30 de junio de 2009

y 260 del 18 de marzo de 2011 y sus modificatorias, 1.279 del 24 de

octubre de 2011, 99 del 27 de enero de 2012 y sus modificatorias, y 100

del 27 de enero de 2012 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que por las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 se aprobaron los Presupuestos

Generales de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013 y 2014,

respectivamente.

Que por el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, en su

parte pertinente, que toda designación, asignación de funciones,

promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la

Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de

planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al

personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y

fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL

a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por el Decreto N° 1.140 del 28 de junio de 2002 se facultó a los

Titulares de las jurisdicciones a solicitar al PODER EJECUTIVO NACIONAL

la cobertura transitoria de los cargos incluidos en el Nomenclador de

Funciones Ejecutivas del Sistema Nacional de la Profesión

Administrativa, (SINAPA).

Que mediante el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 se aprobó el

organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada

hasta el nivel de Subsecretaría y los objetivos atribuidos a cada una

de las Unidades Organizativas allí previstas.

Que mediante Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010

y sus modificatorias, se aprobó la estructura organizativa de primer

nivel operativo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD

SOCIAL N° 260 del 18 de marzo de 2011 y su modificatoria, se aprobaron

las aperturas inferiores al primer nivel operativo de la estructura

organizativa del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y

SEGURIDAD SOCIAL N° 566 del 30 de junio de 2009 se aprobó la dotación

del citado Organismo conforme el detalle que como planilla anexa forma

parte integrante de la citada resolución.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD

SOCIAL N° 1.279 del 24 de octubre de 2011 se estableció, entre otros

aspectos, la dotación de la Dirección General de Gestión de Recursos

Humanos.

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y

SEGURIDAD SOCIAL N° 99 del 27 de enero de 2012 y sus modificatorias se

instituyó, entre otras cuestiones, la dotación de la SECRETARIA DE

TRABAJO de esa Cartera de Estado.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD

SOCIAL N° 100 del 27 de enero de 2012 y su modificatoria, se

estableció, entre otros, la dotación de la SECRETARIA DE EMPLEO de esa

Cartera de Estado.

Que por la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARIA DE GABINETE de

la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 10 y de la SECRETARIA DE

HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS N° 96 del 4 de

abril de 2011 se reasignaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas

las unidades organizativas pertenecientes al MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, según el detalle obrante en el Anexo I que

forma parte integrante de la medida.

Que por las Resoluciones Conjuntas de la entonces SECRETARIA DE

GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE

HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nros. 11 y 110

del 8 de abril de 2011, y 28 y 140 del 5 de mayo de 2011, se

incorporaron al Nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades

organizativas, pertenecientes al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y

SEGURIDAD SOCIAL, según el detalle obrante en el Anexo I que forma

parte integrante de las citadas resoluciones conjuntas, y se

homologaron y reasignaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas las

unidades pertenecientes a esa Cartera de Estado, según el detalle

obrante en el Anexo II de dichas medidas.

Que por las Resoluciones Conjuntas de la entonces SECRETARIA DE

GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE

HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nros. 4 y 89

del 31 de marzo de 2011, y 309 y 249 del 31 de agosto de 2012, se

incorporaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades

organizativas pertenecientes al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y

SEGURIDAD SOCIAL, según el detalle obrante en el Anexo I que forma

parte integrante de las citadas resoluciones conjuntas.

Que por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE GABINETE de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 27 del 5 de mayo de 2011 se

ratificaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades

organizativas correspondientes al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y

SEGURIDAD SOCIAL, según el detalle obrante en el Anexo I, que forma

parte integrante de la citada medida.

Que por la Resolución Conjunta de la SECRETARIA DE GABINETE Y

COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y

de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

PUBLICAS Nros. 103 y 75 del 4 de abril de 2014, se reasignaron en el

Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL entre los cuales se

encuentra la Dirección de Estudios y Coordinación Macroeconómicos

dependiente de la SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION TECNICA Y ESTUDIOS

LABORALES con Función Ejecutiva de Nivel II.

Que mediante los Decretos Nros. 195 del 21 de febrero de 2006, 287 del

13 de marzo de 2006, 484 del 20 de abril de 2006, 1.664 del 15 de

noviembre de 2006, 1.729 del 28 de noviembre de 2006, 623 del 28 de

mayo de 2007, 534 del 31 de marzo de 2008, 881 del 29 de mayo de 2008,

1.876 del 11 de noviembre de 2008, 2.205 del 22 de diciembre de 2008,

370 del 22 de abril de 2009, 945 del 22 de julio de 2009, 1.304 del 17

de septiembre de 2009, 1.773 del 16 de noviembre de 2009, 545 del 5 de

abril de 2010, 793 del 7 de junio de 2010, 1.719 del 24 de octubre de

2011, 1.745 del 31 de octubre de 2011, 1.763 del 31 de octubre de 2011,

540 del 17 de abril de 2012, 671 del 4 de mayo de 2012, 1.334 del 1° de

agosto de 2012, 1.602 del 4 de septiembre de 2012, 1.890 del 5 de

octubre de 2012 y 2.020 del 23 de octubre de 2012, se designaron

transitoriamente, en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y

SEGURIDAD SOCIAL, a los funcionarios mencionados en los Anexos I y II

que forman parte integrante de la presente medida.

Que por los Decretos Nros. 570 del 23 de abril de 2012, 737 del 14 de

mayo de 2012, 738 del 14 de mayo de 2012, 1.979 del 19 de octubre de

2012, 2.021 del 23 de octubre de 2012, 2.702 del 28 de diciembre de

2012 y 2.703 del 28 de diciembre de 2012 se prorrogaron, en el ámbito

del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL las designaciones

transitorias mencionadas en el considerando anterior de los

funcionarios involucrados en la presente medida.

Que transcurrido el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días establecido en

los decretos precitados y no habiéndose efectuado la correspondiente

convocatoria al proceso de selección, razones operativas hacen

necesario prorrogar por un término similar las designaciones

transitorias de los funcionarios mencionados en los Anexos l y II que

forman parte integrante de la presente medida.

Que por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus

modificatorios; se homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL

DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), concertado

entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta

Acuerdo y su Anexo de fecha 5 de septiembre de 2008.

Que los cargos involucrados deberán ser cubiertos de conformidad con

los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,

en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del CONVENIO

COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE

EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto N° 2.098/08 y sus

modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles

contados a partir de la fecha del presente decreto.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le

compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y de

conformidad con lo establecido en el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Danse por prorrogadas, desde las fechas de sus

respectivos vencimientos y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días

hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, las

designaciones transitorias de los funcionarios que se consignan en el

Anexo I que forma parte integrante del presente, autorizándose el

correspondiente pago de las Funciones Ejecutivas conforme el detalle

obrante en el mismo, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP)

aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por

el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios.

Art. 2° — Danse por prorrogadas, desde las fechas de sus respectivos

vencimientos y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles

contados a partir del dictado de la presente medida, las designaciones

transitorias de los funcionarios que se consignan en el Anexo II que

forma parte integrante del presente, autorizándose el correspondiente

pago de las Funciones Ejecutivas conforme el detalle obrante en el

mismo y con autorización excepcional por no reunir los requisitos

mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO

PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo

Sectorial, homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios.

Art. 3° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos de conformidad

con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo

establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y

VIII; y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL

SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto N°

2.098/08 y sus modificatorios, en el término de CIENTO OCHENTA (180)

días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto

será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto

vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y

SEGURIDAD SOCIAL.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del

Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M.

Capitanich. — Carlos A. Tomada.

Anexo I

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

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Anexo II

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

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