SEGURIDAD NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2025-01-13
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

SEGURIDAD NACIONAL

Decreto 21/2025

DECTO-2025-21-APN-PTE - Disposiciones.

Ciudad de Buenos Aires, 10/01/2025

VISTO el Expediente N° EX-2024-113751750-APN-SCA#MSG, la Ley Orgánica

del Servicio Penitenciario Federal N° 17.236, la Ley de Ministerios N°

22.520 (t.o. 1992) y sus modificatorias, la Ley de Seguridad Interior

N° 24.059 y el Decreto N° 1023 del 13 de agosto de 2001 y sus

respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que conforme la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992) y sus

modificatorias, compete al MINISTERIO DE SEGURIDAD asistir al

Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a

sus competencias, en todo lo concerniente a la seguridad interior, a la

preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes,

sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las

instituciones del sistema democrático.

Que, asimismo, le compete dirigir el esfuerzo nacional de policía,

planificando y coordinando las acciones individuales y de conjunto de

las Fuerzas de Seguridad y Policiales, atendiendo a todo lo que a ellas

concierne en cuanto a su preparación, doctrina y equipamiento.

Que por la Ley N° 24.059 y sus modificatorias se establecieron las

bases jurídicas, orgánicas y funcionales del sistema de planificación,

coordinación, control y apoyo del esfuerzo nacional de policía

tendiente a garantizar la seguridad interior.

Que conforme el artículo 8°, apartado 3) de la ley mencionada, es

atribución del MINISTERIO DE SEGURIDAD, entre otras, entender en la

determinación de la organización, doctrina, despliegue, capacitación y

equipamiento de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA y de la POLICÍA DE

SEGURIDAD AEROPORTUARIA; e intervenir en dichos aspectos con relación a

GENDARMERÍA NACIONAL y PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

Que por el artículo 4° del Título I de la Ley N° 17.236 y sus

modificatorias se establece que el SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL

depende del PODER EJECUTIVO NACIONAL por intermedio del MINISTERIO DE

SEGURIDAD.

Que el MINISTERIO DE SEGURIDAD ha informado sobre la necesidad

imperiosa de mejorar las capacidades técnicas en relación con distintas

amenazas que representan los Vehículos Aéreos No Tripulados (VANT) o

“drones civiles”, debido a su fácil adquisición, amplio alcance,

facilidad de traslado y simplicidad de uso, que pongan en riesgo

objetivos estratégicos o que atenten contra la libertad, la vida y el

patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías.

Que el MINISTERIO DE SEGURIDAD ha registrado distintas peligrosidades

en el uso indebido de Vehículos Aéreos No Tripulados (VANT) o “drones

civiles”, tanto a nivel nacional como internacional, entre los que se

pueden resaltar ataques con drones de naturaleza terrorista, deliverys

con drones en el ámbito de distintas Unidades Penitenciarias, el uso de

este equipamiento con explosivos a efectos de facilitar fugas de

personas alojadas en el ámbito de dichas Unidades, entre otros.

Que en uso de las facultades y competencias asignadas al MINISTERIO DE

SEGURIDAD, dicho Ministerio propicia la adquisición de un sistema

antidrones con el objeto de mitigar el uso indebido de los Vehículos

Aéreos No Tripulados (VANT) que puedan atentar contra la libertad, la

vida y el patrimonio de los habitantes.

Que, a tales efectos, el MINISTERIO DE SEGURIDAD constató la existencia

de diversos equipamientos y tecnologías con capacidad de dar respuesta

a la situación descripta.

Que con el fin de evitar que se conozcan los dispositivos y la

tecnología que se pretende adquirir y, a tales efectos, se recurra a

otras tecnologías existentes en el mercado para eludir el correcto

funcionamiento de los sistemas que se pretenden adquirir, el MINISTERIO

DE SEGURIDAD considera necesario sustanciar la contratación pertinente

en los términos del artículo 25, inciso d) apartado 6 del Decreto N°

1023/01.

Que el artículo 25, inciso d) apartado 6 del Decreto N° 1023/01

establece que procede la contratación directa “Cuando el PODER

EJECUTIVO NACIONAL haya declarado secreta la operación contractual por

razones de seguridad o defensa nacional, facultad esta excepcional e

indelegable”.

Que, debido a ello, resulta imperioso declarar secreta por razones de

Seguridad Nacional la operación contractual para la adquisición de un

sistema antidrones.

Que el servicio de asesoramiento jurídico permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades emergentes de

los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 25, inciso d)

apartado 6 del Decreto N° 1023/01, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Declárase secreta por razones de Seguridad Nacional la

operación contractual para la adquisición de un sistema antidrones a

ser sustanciada por el MINISTERIO DE SEGURIDAD, en los términos del

artículo 25, inciso d) apartado 6 del Decreto N° 1023/01.
ARTÍCULO 2°.- Autorízase al MINISTERIO DE SEGURIDAD para que, por medio

de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, instrumente los actos

conducentes para efectivizar la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Patricia Bullrich

e. 13/01/2025 N° 1521/25 v. 13/01/2025

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.