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DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 2102/1985

Bs. As., 31/10/1985

VISTO lo propuesto por el señor Ministro de Educación y Justicia, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario concurrir en ayuda de la OBRA SOCIAL DEL SERVICIO

PENITENCIARIO FEDERAL, a los efectos de que por su intermedio se

otorguen préstamos especiales al personal de dicha Institución en

actividad y al que presta servicios en las condiciones del artículo 61

de la Ley Nº 20.416.

Que resulta necesario facultar al MINISTERIO DE EDUCACION Y JUSTICIA

para que fije las condiciones y plazo del reintegro de dichos aportes.

Que la modificación presupuestaria dispuesta encuadra en las disposiciones de los artículos 10 y 12 de la ley Nº 23.110.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Otórgase a la

DIRECCION DE OBRA SOCIAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL -

Jurisdicción 69 - SECRETARIA DE JUSTICIA, un aporte reintegrable con

destino a la asignación de préstamos especiales al personal

penitenciario en actividad y al que presta servicios en las condiciones

del Artículo 61 de la Ley Nº 20.416, por un monto de UN MILLON

QUINIENTOS VEINTE MIL AUSTRALES (A 1.520.000,00).

Art. 2° — El MINISTERIO DE

EDUCACION Y JUSTICIA resolverá lo necesario con respecto a la

asignación y distribución de los montos de los citados préstamos, el

reintegro de los mismos, plazos y demás aspectos que considere

pertinentes y convendrá con la Obra Social las condiciones y plazos del

reintegro de dicho aporte al TESORO NACIONAL, en orden a la aplicación

del presente decreto.

Art. 3° — Como consecuencia de

lo dispuesto en el artículo 1° modifícase el PRESUPUESTO GENERAL DE LA

ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1985, vigente por prórroga

del correspondiente a 1984, en función de lo dispuesto por el artículo

13 de la LEY DE CONTABILIDAD, de acuerdo con el detalle obrante en

planillas anexas al presente artículo que forma parte integrante del

mismo.

Art. 4° — Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ALFONSIN.


NOTA: El Anexo que integra este Decreto se publica en la edición web

del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrá ser consultado en

la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad

Autónoma de Buenos Aires).