LEY DE CIUDADANIA ARGENTINA
**LEY DE CIUDADANIA ARGENTINA
Decreto 2106/2012**
Promúlgase Ley Nº 26.774.
Bs. As., 1/11/2012
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 26.774 cúmplase, comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F.
Randazzo.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.