MINISTERIO DE ECONOMIA

Rango Decreto
Publicación 1985-02-12
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE ECONOMIA

DECRETO N° 212

**Determínase que la Secretaría de

Comercio Exterior continuará con la aplicación de diversas leyes y

decretos en materia de comercialización externa y turismo comercial,

que se encontraban a cargo de la ex Secretaría de Comercio.**

Bs. As. 5/2/85

VISTO el expediente N° 10.438/84 del registro de la Secretaría de

Comercio Exterior del Ministerio de Economía, y lo dispuesto por el

Decreto N° 3855 de fecha 11 de diciembre de 1984, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario determinar que dicha Secretaría continuará con la

aplicación de diversas leyes y decretos en materia de comercialización

externa y turismo comercial que se encontraban a cargo de la ex

Secretaría de Comercio de acuerdo con lo dispuesto por los Decretos

números 429 del 1 de marzo de 1982 y 283 del 19 de enero de 1984, así

como por otras normas que hacen a su misión específica.

Que corresponde hacer uso de las facultades conferidas en la Ley de Ministerios -t.o. 1983.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º - Desígnase a la

Secretaría de Comercio Exterior del Ministerio de Economía órgano

nacional de aplicación y juzgamiento en sede administrativa del

Decreto-Ley N° 4686 del 15 de abril de 1958, y autorízase a su vez al

señor secretario de Comercio Exterior del Ministerio de Economía, a

delegar el ejercicio de dichas facultades en el señor director general

de Asuntos Legales de dicha Secretaría.

Art. 2º -Desígnase a la Secretaría de Comercio Exterior del Ministerio de Economía autoridad de aplicación de la Ley N° 23.101.

Art. 3º - Deléganse en el señor

Secretario de Comercio Exterior del Ministerio de Economía, las

facultades que emanan de los Decretos números 2785 del 6 de octubre de

1975 (modificado por el Decreto N° 2868 del 12 de noviembre de 1979) y

2786 del 6 de octubre de 1975.

Art. 4º -Mantiénese en la

órbita de la Secretaría de Comercio Exterior del Ministerio de

Economía, a la ex Subsecretaría de Turismo con sus dependencias.

Art. 5º - Asígnanse a la

Secretaría de Comercio Exterior del Ministerio de Economía las

funciones de entender en la promoción, organización y participación en

exposiciones, ferias, concursos y muestras tendientes al fomento del

comercio externo.

Art. 6º - El presente decreto comenzará a regir a partir del día de la fecha.

Art. 7º -Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro oficial y archívese.

ALFONSIN

Bernardo Grinspun

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