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MINISTERIO DE DEFENSA

Texto vigente a fecha 1970-01-02

MINISTERIO DE DEFENSA

DECRETO N° 2.145

**Autorízase a su titular, a delegar en

el Director Nacional de Gendarmería, la facultad de aprobar las

conclusiones de las Juntas de Calificación de Oficiales.**

Bs. As., 5/11/85

VISTO el Decreto N° 2.259 del 24 de junio de 1984, y

CONSIDERANDO:

Que el mismo dispone la delegación de ciertas facultades en el señor

Ministro de Defensa; obedeciendo al sano criterio de política

administrativa de descentralización de funciones.

Que consecuente con el principio sustentado en el considerando

precedente, resultaría oportuno facultar la delegación en el Director

Nacional de Gendarmería, por parte del señor Ministro de Defensa, de la

aprobación de las conclusiones de las Juntas de Clasificación de

Oficiales, conferida al mismo por el inciso 3) del artículo 4° del ya

mencionado Decreto N° 2.259/84.

Que en virtud de la presente delegación, es necesario adecuar, de

conformidad a la misma, las autoridades que presidiran las Juntas de

Calificación de Oficiales.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

conferidas por el artículo 86, inciso 1° de la Constitución Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°- (Artículo derogado por art. 7° del Decreto N° 954/2017 B.O. 24/11/2017)

Art. 2°- Las Juntas de

Calificación de Oficiales serán presididas por el señor Subdirector

Nacional de Gendarmería o por el Oficial Superior que designe el

Director Nacional.

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

ALFONSIN - Roque G. Carranza