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CONTRATOS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

CONTRATOS

Decreto 2151/2014

Modelo de Contrato de Préstamo BID. Aprobación.

Bs. As., 17/11/2014

VISTO el Expediente N° S01:0158977/2014 del Registro del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BID

AR-L1159, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y

el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1159, el BANCO

INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir

financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la

ejecución del “Programa de Desarrollo Pesquero y Acuícola Sustentable”

por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MILLONES (U$S

30.000.000).

Que el objetivo general del Programa es contribuir a la gestión

sustentable del recurso pesquero en la REPUBLICA ARGENTINA, y

específicamente, (i) mejorar las capacidades de investigación,

planificación, administración, control y fiscalización de la gestión de

los recursos pesqueros marítimos con enfoque eco-sistémico; y (ii)

apoyar el desarrollo de la acuicultura.

Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán DOS (2)

componentes: (i) “Mejoramiento de la capacidad de gestión de los

recursos marítimos con enfoque eco-sistémico” y; (ii) “Apoyo al

desarrollo de la acuicultura”.

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos de

financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERIA Y PESCA a través de la Unidad para el Cambio Rural,

denominado en adelante “Organismo Ejecutor”.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA

ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de

Préstamo BID AR-L1159, así como toda otra documentación relacionada con

la operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de

Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la

REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID AR-L1159 y

acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del

“Programa de Desarrollo Pesquero y Acuícola Sustentable”, siempre y

cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los

fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el

procedimiento arbitral pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de

interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de

Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en

este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y

objetivos a los que será destinado el mencionado Préstamo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el

Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 53 de

la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase el

Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1159 a celebrarse entre la

REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por

un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MILLONES (U$S

30.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de

Desarrollo Pesquero y Acuícola Sustentable”, que consta de las

Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) Capítulos, de las

Normas Generales integradas por DIEZ (10) Capítulos y UN (1) Anexo

Unico, cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente

decreto como Anexo I. Asimismo, forman parte integrante de la presente

medida, como Anexos II y III, las copias autenticadas de las “Políticas

para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco

Interamericano de Desarrollo” y las “Políticas para la Selección y

Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de

Desarrollo”, respectivamente, ambas correspondientes a la edición del

mes de marzo de 2011.

Art. 2° — Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID

AR-L1159 y su documentación adicional, conforme al modelo que se

aprueba por el Artículo 1° del presente decreto.

Art. 3º — Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de

Préstamo BID AR-L1159, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1° de la

presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios

sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un

incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento

arbitral pactado.

Art. 4° — Desígnase al

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA a través de la Unidad para

el Cambio Rural, como “Organismo Ejecutor” del “Programa de Desarrollo

Pesquero y Acuícola Sustentable”, quedando facultado para realizar

todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del

Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo

de Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1° de la

presente medida.

Art. 5° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel

Kicillof. — Carlos H. Casamiquela.


NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

(Nota Infoleg:*Los

anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link:Anexos)*