DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Rango Decreto
Publicación 2013-05-13
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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Decreto S 2159/1981

Bs. As., 10/12/1981

VISTO la ley de competencias de los Ministerios Nacionales N° 22.450 y lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario ajustar la estructura orgánico funcional del

Ministerio de Defensa, conforme a las competencias que le han sido

asignadas en la Ley N° 22.450 y a las pautas sobre reestructuración

administrativa emanadas del Poder Ejecutivo Nacional.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase la

estructura orgánico- funcional del Ministerio de Defensa de acuerdo al

organigrama, misión y funciones, dotación y distribución por cargos que

como Anexos la), Ib), II, IIIa), IIIb) y IV, forman parte integrante

del presente decreto.

Art. 2° — Deróganse los

Decretos “S” N° 615, del 11 de diciembre de 1973, 632, del 31 de mayo

de 1976; 2524, del 26 de agosto de 1977; 2998, del 3 de octubre de

1977; 2587, del 30 de octubre de 1978, 209, del 27 de enero de 1978,

3118, del 27 de diciembre de 1978; los artículos 3°,4°,6° y 7º del

Decreto “S” N° 1458, del 19 de junio de 1979; el anexo IV del Decreto

N° 42, del 29 de marzo de 1981; la Resolución “S” N° 495, del 9 de mayo

de 1980 y la Resolución Conjunta del Ministro de Defensa y del

Secretario General de la Presidencia de la Nación N° 30, del 31 de

marzo de 1978.

Art. 3° — Incorpórase al

Ministerio de Defensa con dependencia directa del Ministro de Defensa

al Tribunal Ordinario de las Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto N°

2775, del 17 de diciembre de 1970.

Art. 4° — Exceptúase al

Ministerio de Defensa, por esta única vez, de la aplicación del

artículo 6° del Decreto N° 411/81 a fin de cubrir los cargos que se

financian por el anexo IV del presente decreto.

Art. 5° — El gasto que demande

la aplicación de lo dispuesto en el presente decreto será imputado a la

Partida: 2 - 90 - 45 - 003 - 0.370 - 11 - 1110 del Presupuesto para el

ejercicio 1981.

Art. 6° — Comuníquese y archívese. — LIENDO.


NOTA: Los Anexos que integran este Decreto se publican en la edición

web del BORA —www. boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

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