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CONTRATOS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

CONTRATOS

Decreto 2186/2014

Modelo de Contrato de Préstamo BID. Aprobación.

Bs. As., 19/11/2014

VISTO el Expediente N° S01:0204769/2014 del Registro del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BID N°

3249/OC-AR, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y

el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 3249/OC-AR, el

BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir

financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la

ejecución del “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos

Urbanos” por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA

MILLONES (U$S 150.000.000).

Que el Programa tiene como objetivo disminuir la disposición de

Residuos Sólidos Urbanos (RSU) en Basurales a Cielo Abierto (BCA) e

incrementar la disposición adecuada de los mismos en rellenos

sanitarios diseñados, construidos y operados adecuadamente en centros

urbanos y municipios turísticos.

Que el Programa financiará acciones e iniciativas de educación y

concientización, separación en origen, recolección, transporte,

transferencia, valorización, reciclaje y disposición final de RSU, y

saneamiento de BCA existentes orientadas a promover la gestión integral

de Residuos Sólidos (RS) y que beneficiarán a alrededor de NOVECIENTOS

SETENTA Y CINCO MIL (975.000) hogares con servicios mejorados de

recolección y disposición final.

Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán TRES (3)

componentes: (i) “Gestión Operativa”, (ii) “Infraestructura y

Equipamiento” y; (iii) “Gestión Ambiental y Social”.

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del

financiamiento serán llevadas a cabo por el Prestatario, por intermedio

de DOS (2) co-ejecutores: i) la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO

SUSTENTABLE dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS que

ejecutará el Subprograma I, dirigido a centros urbanos mayores a VEINTE

MIL (20.000) habitantes, con un costo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO

VEINTICINCO MILLONES (U$S 125.000.000); y ii) el MINISTERIO DE TURISMO

que ejecutará el Subprograma II, dirigido a municipios turísticos, con

un costo de DOLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS

MIL (U$S 62.500.000), quienes a los fines de este Contrato serán

denominados como los “Organismos Ejecutores” y/o individualmente como

el “Organismo Ejecutor” en el marco del Subprograma de su competencia.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA

ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de

Préstamo BID N° 3249/OC-AR, así como toda otra documentación

relacionada con la operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de

Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la

REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N° 3249/OC-AR

y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución

del “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos”, siempre

y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los

fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el

procedimiento arbitral pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de

interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de

Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en

este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y

objetivos a los que será destinado el mencionado Préstamo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el

Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 53 de

la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase el

Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 3249/OC-AR a celebrarse entre la

REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por

un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES

(U$S 150.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de

Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos”, que consta de las

Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) Capítulos, de las

Normas Generales integradas por DIEZ (10) Capítulos y UN (1) Anexo

Unico, cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente

decreto como Anexo I. Asimismo, forman parte integrante de la presente

medida, como Anexos II y III, las copias autenticadas de las “Políticas

para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco

Interamericano de Desarrollo” y las “Políticas para la Selección y

Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de

Desarrollo”, respectivamente, ambas correspondientes a la edición del

mes de marzo de 2011.

Art. 2° — Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID

N° 3249/OC-AR y su documentación adicional, conforme al modelo que se

aprueba por el Artículo 1° del presente decreto.

Art. 3°— Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de

Préstamo BID N° 3249/OC-AR, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1°

de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios

sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un

incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento

arbitral pactado.

Art. 4°— Desígnase a la

SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE dependiente de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS como Organismo co-ejecutor del

Subprograma I y al MINISTERIO DE TURISMO como Organismo co-ejecutor del

Subprograma II, quedando facultados para realizar todas las operaciones

y contrataciones necesarias para la ejecución del Programa, conforme

las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de

Préstamo que se aprueba por el Artículo 1°.

Art. 5° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel

Kicillof.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

(Nota Infoleg:*

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: Anexos)*