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INST. NAC. DE SERV. SOCIALES PARA JUB. Y PENS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

Decreto 219/97

**Desígnanse integrantes del Directorio, Síndico

y Síndico Suplente.**

Bs. As., 12/3/97

VISTO el Decreto N° 197 de fecha 7 de marzo de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que por su artículo 1° se da por concluida a partir

del 12 de marzo de 1997, la intervención normalizadora

en el INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS

Y PENSIONADOS.

Que en esta oportunidad se considera pertinente que el Directorio

a constituirse este compuesto en su mayoría por Jubilados,

asegurando así una mayor participación en dicho

cuerpo de los beneficiarios de la Institución.

Que las disposiciones legales vigentes estipulan que el Directorio

debe estar compuesto por UN (1) Presidente. DOCE Directores, SEIS

(6) en representación del Estado, CUATRO (4) en representación

de los beneficiarios y DOS (2) en representación de los

trabajadores activos.

Que a fin de alcanzar el objetivo descripto en el segundo considerando

del presente, se dispone que de los SEIS (6) representantes del

Estado TRES (3) revistirán la calidad de jubilados y pensionados,

DOS (2) de ellos seleccionados a propuesta de entidades de beneficiarios

y el restante, de las entidades pasivas de reparticiones del Estado.

Que los CUATRO (4) representantes que por ley corresponden al

sector pasivo han sido seleccionados de entre las ternas elevadas

al señor Interventor del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS

SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, en la forma y por los medios

que las propias confederaciones, federaciones y agrupaciones de

centros de jubilados del país lo dispusieron, para ser

presentadas ante el Poder Ejecutivo.

Que es aconsejable que la selección de la representación

propenda a una distribución regional adecuada.

Que los representantes del sector de los trabajadores activos

han sido propuestos por la CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO.

Que corresponde al MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL designar

al Presidente, Directores y Síndico del INSTITUTO NACIONAL

DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, pero atento

la trascendencia de la presente normalización se considera

pertinente avocarse a dicha atribución.

Que, en consecuencia, la presente medida se dicta en virtud de

lo establecido en los artículos 5° y 15 de la Ley

N° 19.032 y sus modificatorias y en el artículo 3°

de la Ley N° 19.549 y su modificatoria.

Por ello.

EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Desígnanse integrantes del

Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS

Y PENSIONADOS a las personas que a continuación se detallan:

PRESIDENTE:

Doctor Víctor Adrián ALDERETE (M.I. N° 4.097.866).

DIRECTORES:

Señor D. Juan Poncio RASERO (D.N.I. N° 2.706.180).

Señor D. Elpidio Eligio GONZALEZ (D.N.I. Nº 5.643.037).

Señor D. Julio LIBERMAN (L.E. N° 596.542).

Ingeniero D. Santiago TOMAGHELLI (L.E. 5.146.280).

Señor D. Julio DE LOS RIOS (D.N.I. N° 5.588.398).

Señora Da. María Antonia MAINA de GONZALEZ (L.C.

N° 8.789.985).

Doctor D. Carlos Alberto SANTANDER (L.E. N° 5.541.840).

Doctor D. Eduardo Mario POLEMANN (L.E. Nº 4.061.163)

Señor D. Juan Carlos SCHMID (D.N.I. N° 12.063.097).

Señora Da. Dora TERRON (D.N.I. N° 3.499.341).

Señor D. Domingo PETRECCA (D.N.I. Nº 4.564.063)

Señor D. Martín Antonio APICELLA (D.N.I. N°

11.120.959)

Art. 2°-Desígnanse a los Doctores D. Pedro

Ricardo BALBI (D.N.I. N° 11.478.454) y Daniel Edmundo RODRIGUEZ

(L. E. N° 4.401.630) Síndico y Síndico Suplente,

respectivamente, del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES

PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS.

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Alberto

J. Mazza.