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CONVENIOS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

CONVENIOS

Decreto 2192/2014

Modelo de Convenio de Donación. Aprobación.

Bs. As., 19/11/2014

VISTO el Expediente N° S01:0164702/2013 del Registro del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y el Modelo de Convenio de Donación del

FONDO FIDUCIARIO PARA PROYECTOS DE DEFENSA DE LA CAPA DE OZONO

propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO

INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Convenio de Donación del FONDO FIDUCIARIO

PARA PROYECTOS DE DEFENSA DE LA CAPA DE OZONO, el BANCO INTERNACIONAL

DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) se compromete a otorgar a la

REPUBLICA ARGENTINA, una donación por un monto de hasta DOLARES

ESTADOUNIDENSES UN MILLON NOVECIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS DOCE (U$S

1.914.612) destinado al financiamiento del “Proyecto de Reducción de

Hidroclorofluorocarbonos (HCFC) bajo el Protocolo de Montreal”

(Donación N° TF014897).

Que el referido Proyecto tiene por objetivo apoyar a la REPUBLICA

ARGENTINA en la reducción de sustancias controladas que agotan la capa

de ozono en conformidad con las obligaciones del país en virtud del

Protocolo de Montreal.

Que a los efectos de llevar a cabo el Proyecto y de acuerdo al Convenio

de Donación propuesto, el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,

en representación de la REPUBLICA ARGENTINA, pondrá a disposición del

MINISTERIO DE INDUSTRIA los fondos de la donación.

Que las condiciones generales y demás cláusulas contenidas en el Modelo

de Convenio de Donación propuesto para ser suscripto, son las usuales

que se pactan en este tipo de operaciones y resultan adecuadas a los

propósitos y objetivos a los que está destinada la misma.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades

conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, el

Artículo 40 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de

Presupuesto (t.o. 2005) y sus modificatorias.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase el

Modelo de Convenio de Donación del FONDO FIDUCIARIO PARA PROYECTOS DE

DEFENSA DE LA CAPA DE OZONO para el “Proyecto de Reducción de

Hidroclorofluorocarbonos (HCFC) bajo el Protocolo de Montreal”

(Donación N° TF014897) a suscribirse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el

BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) por un monto de

hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLON NOVECIENTOS CATORCE MIL

SEISCIENTOS DOCE (U$S 1.914.612), que consta de SEIS (6) Artículos, DOS

(2) Anexos y UN (1) Apéndice, cuya copia autenticada en idioma inglés y

su traducción al idioma español forman parte integrante del presente

decreto como Anexo I. Asimismo, se adjuntan como Anexo II, copia

autenticada en idioma español de las “Condiciones Estándar para las

Donaciones que concede el Banco Mundial con cargo a diversos Fondos” de

fecha 15 de febrero de 2012 y como Anexo III se agregan copias

autenticadas en idioma español de las “Normas: Selección y Contratación

de Consultores con préstamos del BIRF, créditos de la AIF y donaciones

por prestatarios del Banco Mundial” y de las “Normas: Adquisiciones de

bienes, obras y servicios distintos a los de consultoría con préstamos

del BIRF, créditos de la AIF y donaciones por prestatarios del Banco

Mundial”, ambas de enero 2011.

Art. 2° — Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe, a suscribir en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Convenio correspondiente a

la donación conforme al Modelo aprobado en el Artículo 1° del presente

decreto; y a convenir y suscribir modificaciones al mismo, siempre que

no constituyan cambios sustanciales al destino y objeto de los fondos

de la donación ni modifiquen el procedimiento arbitral pactado.

Art. 3° — Desígnase al

MINISTERIO DE INDUSTRIA a través de la Unidad de Implementación del

Proyecto (UCP), como “Organismo Ejecutor” del Convenio de Donación del

FONDO FIDUCIARIO PARA PROYECTOS DE DEFENSA DE LA CAPA DE OZONO para el

“Proyecto de Reducción de Hidroclorofluorocarbonos (HCFC) bajo el

Protocolo de Montreal” (Donación N° TF014897), quedando facultado para

celebrar los actos y contratos necesarios para la correcta

implementación del citado Proyecto.

Art. 4° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel

Kicillof. — Débora A. Giorgi.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

(Nota Infoleg:*

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: Anexo I, Anexo II)*