CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2012-11-23
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONTRATOS

Decreto 2221/2012

**Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la

República Argentina y la Corporación Andina de Fomento. “Programa de

Infraestructura de Saneamiento del Norte Grande”.**

Bs. As., 19/11/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0311146/2012 del Registro del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y el Modelo de Contrato de Préstamo CAF

destinado al “Programa de Infraestructura de Saneamiento del Norte

Grande”, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y la

CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mencionado Modelo de Contrato de Préstamo CAF, la

CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF) se compromete a asistir

financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA para la ejecución del

“Programa de Infraestructura de Saneamiento del Norte Grande” por un

monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES (U$S

150.000.000).

Que el “Programa de Infraestructura de Saneamiento del Norte Grande”

tiene como objetivo general, mejorar la calidad de vida de los

habitantes, financiando desde el ESTADO NACIONAL obras de

infraestructura de saneamiento con fuerte impacto social, que generen

equidad y desarrollo regional. Los objetivos específicos son: (i)

“Ampliar la cobertura de los servicios de agua potable y cloacas”; (ii)

“optimizar aprovechamientos hidráulicos”; (iii) “mejorar drenajes

urbanos”; (iv) “optimizar las condiciones de sanidad e higiene a través

del tratamiento de aguas residuales”; y (v) “mejorar las condiciones

ambientales, al evitar la contaminación en los cursos de agua”.

Que los componentes del citado Programa son CUATRO (4): (i) “Obras,

estudios e inspección de obras”; (ii) “Administración, supervisión y

auditoría externa”, (iii) Inspección y gestión ambiental” y (iv)

“Gastos financieros”.

Que las funciones del “Organismo Ejecutor” del “Programa de

Infraestructura de Saneamiento del Norte Grande” estarán a cargo del

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a

través de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con

Financiamiento Externo (UCPyPFE).

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de

interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de

Préstamo propuesto para ser suscripto, son los usuales que se pactan en

este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y

objetivos a los que será destinado dicho Préstamo.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA

ARGENTINA, en su carácter de prestataria y por intermedio del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de

Préstamo CAF destinado al “Programa de Infraestructura de Saneamiento

del Norte Grande”, así como también, toda otra documentación

relacionada con la operatoria de dicho Préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de

Economía y Finanzas Públicas para que en nombre y representación de la

REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo CAF destinado al

mencionado Programa y acuerde las modificaciones que sean convenientes

para su ejecución.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el

Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 40 de

la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005).

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase el

Modelo de Contrato de Préstamo CAF a celebrarse entre la REPUBLICA

ARGENTINA y la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF), por un monto de

hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES (U$S

150.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de

Infraestructura de Saneamiento del Norte Grande”, que consta de las

“Condiciones Particulares de Contratación”, de las “Condiciones

Generales de Contratación” y UN (1) Anexo Unico, cuyas copias

autenticadas forman parte integrante del presente decreto como Anexo I.

Art. 2º — Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe a suscribir, en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo CAF y

su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba por el

Artículo 1º del presente decreto.

Art. 3º — Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de

Préstamo cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1º del presente

decreto, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales al

objeto, ni al destino de los fondos, y no deriven en un incremento de

su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

Art. 4º — Desígnase al

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a

través de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con

Financiamiento Externo (UCPyPFE), como “Organismo Ejecutor” del

“Programa de Infraestructura de Saneamiento del Norte Grande”, quedando

facultado para realizar todas las operaciones y contrataciones

necesarias para la ejecución del mismo, conforme las normas y

procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se

aprueba por el Artículo 1º de la presente medida.

Art. 5º — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G.

Lorenzino. — Julio M. De Vido.


NOTA: El Anexo que integra este Decreto se publica en la edición web

del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrá ser consultado en

la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad

Autónoma de Buenos Aires).

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.