CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2015-11-11
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONTRATOS

Decreto 2270/2015

Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo CAF.

Bs. As., 02/11/2015

VISTO el Expediente N° S01:0172697/2015 del Registro del MINISTERIO DE

ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo CAF

destinado al “Programa de Obras Básicas de Agua Potable 2012-2015 AySA

S.A. - Fase II”, propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA

ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo CAF, la CORPORACIÓN

ANDINA DE FOMENTO (CAF) se compromete a asistir financieramente a la

REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del “Programa de

Obras Básicas de Agua Potable 2012-2015 AySA S.A. - Fase II” por un

monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO VEINTE MILLONES (U$S

120.000.000).

Que el objetivo del Programa es mejorar el acceso, la calidad y la

prestación de los servicios de agua potable en los municipios

localizados al sudoeste del área metropolitana de Buenos Aires, dentro

del área de concesión de AySA S.A.

Que para la ejecución del referido Proyecto se desarrollarán TRES (3)

componentes: (i) “Obras de Agua Potable”, (ii) “Reducción de agua no

contabilizada” y; (iii) “Gestión del Programa”.

Que la ejecución de dicho Programa y la utilización de los recursos de

financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN

FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS (MPFIPyS) - Unidad Coordinadora

de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo (UCPyPFE), a través

de la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. (AySA S.A.),

denominada en adelante “Organismo Ejecutor”.

Que en relación al citado Programa, corresponde facultar al MINISTERIO

DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS por intermedio

de la Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos con Financiamiento

Externo a emitir los actos administrativos y/o convenios que resulten

necesarios para encomendar a la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS

S.A. - (AySA S.A.), la administración, coordinación y ejecución de las

obras, inversiones y actividades correspondientes. Tales instrumentos

legales deberán reflejar, además, los aspectos operativos de la

transferencia de los recursos, así como la supervisión del debido

cumplimiento de las actividades del mencionado Programa.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA

ARGENTINA, en su carácter de prestataria y por intermedio del

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, suscriba el Contrato de

Préstamo CAF, así como toda otra documentación relacionada con la

operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de lo expuesto en el considerando que antecede,

corresponde facultar al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas

para que en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba

el Contrato de Préstamo CAF y acuerde las modificaciones que sean

convenientes para la ejecución del “Programa de Obras Básicas de Agua

Potable 2012-2015 AySA S.A. - Fase II”, siempre y cuando no constituyan

cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en

un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral

pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de

interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de

Préstamo propuesto para ser suscripto, son los usuales que se pactan en

este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y

objetivos a los que será destinado dicho préstamo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el

Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Artículo 53 de

la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°— Apruébase el

Modelo de Contrato de Préstamo CAF a celebrarse entre la REPÚBLICA

ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF), por un monto de

hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO VEINTE MILLONES (U$S 120.000.000),

destinado a financiar parcialmente el “Programa de Obras Básicas de

Agua Potable 2012-2015 AySA S.A. - Fase II”, que consta de las

“Condiciones Particulares de Contratación”, integradas por VEINTIDÓS

(22) Cláusulas, de las “Condiciones Generales de Contratación”

integradas por TREINTA Y TRES (33) Cláusulas y UN (1) Anexo Único,

cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente decreto

como Anexo I.

Art. 2° — Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe a suscribir, en nombre y

representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo CAF y

su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba por el

Artículo 1° del presente decreto.

Art. 3° — Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y

representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de

Préstamo cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1° del presente

decreto, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales al

objeto, ni al destino de los fondos, y no deriven en un incremento de

su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

Art. 4° — Desígnase al

MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

(MPFIPyS) - Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos con

Financiamiento Externo (UCPyPFE), a través de la empresa AGUA Y

SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. (AySA S.A.), como “Organismo Ejecutor” del

“Programa de Obras Básicas de Agua Potable 2012-2015 AySA S.A. - Fase

II”, quedando facultado para realizar todas las operaciones necesarias

para la ejecución del mismo, conforme las normas y procedimientos

contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba por el

Artículo 1° de la presente medida.

Art. 5°— Autorizase al

MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, a

emitir los actos administrativos y/o convenios que resulten necesarios

para encomendar a la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. (AySA

S.A.), la administración, coordinación y ejecución de las obras,

inversiones y actividades correspondientes del Programa. Tales

instrumentos legales deberán reflejar, además, los aspectos operativos

de la transferencia de los recursos, así como la supervisión del debido

cumplimiento de las actividades del citado Programa.

Art. 6° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Axel

Kicillof.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

(Nota Infoleg:*

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: Anexos)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.