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CAUSA A.M.I.A

Texto vigente a fecha 1970-01-02

CAUSA A.M.I.A.

Decreto 229/2017

Desclasificación de documentación.

Ciudad de Buenos Aires, 05/04/2017

VISTO el Expediente AFI N° 504-321/16, la Ley N° 25.520 y su modificatoria, los Decretos Nros. 452/00, 395/15 y 108/16, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 395 de fecha 12 de marzo de 2015 se dispuso la

desclasificación de la totalidad de la documentación, que fuera

remitida en custodia a la UNIDAD FISCAL DE lNVESTIGACIÓN DEL ATENTADO

CONTRA LA SEDE DE LA A.M.I.A., mediante Resolución de la ex SECRETARÍA

DE INTELIGENCIA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN “R” N° 119/05, Código de

Seguridad N° 538, como así también de aquella documentación adicional a

la que oportunamente fuera seleccionada en el ámbito de la Unidad de

Relevación de Información de la EX SECRETARÍA DE INTELIGENClA, tanto en

los archivos de la EX SECRETARÍA DE INTELIGENCIA DE ESTADO como en los

de la EX SECRETARÍA DE INTELIGENCIA - actualmente en poder de la

AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA-, y finalmente de toda otra nueva

documentación, informe o archivo que no hubieran sido aportados

oportunamente a la causa y que pudieran resultar de interés para la

investigación, que obren en poder de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA

de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN relacionada con el atentado ocurrido el

18 de julio de 1994, en el marco de la Causa N° 8566/96.

Que según surge del Expediente N° 504-321/16 de la AGENCIA FEDERAL DE

INTELIGENCIA, la referida UNIDAD FISCAL, creada por la Resolución N° 84

del 13 de septiembre de 2004 de la PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN,

mediante Oficio de fecha 25 de octubre de 2016, requirió a la AGENCIA

FEDERAL DE INTELIGENCIA la desclasificación de las notas, informes y

resoluciones, que no fueron alcanzadas por la desclasificación

dispuesta por el Decreto N° 395/15, por resultar posteriores a la

Resolución SI “R” N° 119/05.

Que resulta del Expediente AFI N° 504-321/16 que, en función de lo

dispuesto por el citado Decreto N° 395/15, el día 16 de marzo del año

2015 se iniciaron las labores de compulsa y relevamiento de la

documentación, informes y archivos -oportunamente desclasificados por

la -AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA-, por parte de la UNIDAD FISCAL, y

el GRUPO ESPECIAL DE RELEVAMIENTO DOCUMENTAL (GERAD) de la PROCURACIÓN

GENERAL DE LA NACIÓN, creado por Resolución PGN N° 1872/15.

Que según surge de dichas actuaciones, desde esa fecha, la UNIDAD

FISCAL y el GRUPO ESPECIAL DE RELEVAMIENTO DOCUMENTAL (GERAD), vienen

realizando -con intervención de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA- un

proceso de guarda y accesibilidad respecto del material desclasificado

perteneciente a la EX SECRETARÍA DE INTELIGENCIA, que incluye su

digitalización y catalogación.

Que si bien las tareas se encuentran en pleno trámite, su grado de

avance permite colegir en que su culminación demandará un tiempo

considerable, a menos que se adopten medidas tendientes a agilizar y a

optimizar los trabajos de compulsa y digitalización del material

desclasificado.

Que, por otra parte, corresponde que se adopten todas las medidas

orientadas a agilizar la entrega de la documentación alcanzada por los

términos del Decreto N° 395 de fecha 12 de marzo de 2015, ampliado por

el presente, a cuyo efecto procede la inmediata concentración de la

documentación en un solo espacio físico, como así también la

formalización de la asignación de dicho espacio a tales fines.

Que con el propósito de garantizar el máximo apoyo operativo a la tarea

realizada por el juez de la Causa N° 8566/96 -en la que se investiga el

atentado ocurrido el 18 de julio de 1994 contra la Asociación Mutual

Israelita Argentina (A.M.I.A.)- y por los fiscales asignados para

intervenir por Resolución MP N° 39/00, mediante el Decreto N° 452 del 8

de junio de 2000, se creó la UNIDAD ESPECIAL DE INVESTIGACION para

asistir de modo directo a aquéllos en la pesquisa y coordinar la acción

de la distintas fuerzas de seguridad y organismos dependientes del

Estado Nacional, en la satisfacción de los requerimientos que se

formulen, tendientes al total esclarecimiento del hecho criminal e

individualización y juzgamiento de sus responsables.

Que por el Decreto N° 108 del 12 de enero de 2016, se asignó a la

UNIDAD ESPECIAL DE INVESTIGACIÓN del atentado a la sede de la A.M.I.A.

del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, competencias destinadas

a auxiliar a la UNIDAD FISCAL creada por la Resolución N° 84/04 de la

PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN, asistiéndola y coordinando a ese fin

la labor de los organismos de inteligencia y seguridad.

Que mediante Nota UEI N° 69 del 22 de septiembre de 2016, la UNIDAD

ESPECIAL DE INVESTIGACIÓN del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS

HUMANOS, ha informado que se encuentra dedicada a reunir, sistematizar

y digitalizar información de naturaleza pública y no pública para

reencausarla en el curso de la investigación.

Que en atención a lo expuesto, a las misiones y funciones de la Unidad

citada en último término, se entiende conveniente que sea ahora ella

quien asuma la coordinación de la compulsa, digitalización y entrega

del material alcanzado por el Decreto N° 395 de fecha 12 de marzo de

2015, ampliado por el presente, a la UNIDAD FISCAL DE INVESTIGACIÓN DEL

ATENTADO CONTRA LA SEDE DE LA A.M.I.A., procediéndose a su

relevamiento, digitalización y catalogación conjunta.

Que la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA deberá realizar los actos que

fueren menester en orden a que la UNIDAD ESPECIAL DE INVESTIGACIÓN del

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS asuma las funciones que se le

encomiendan a través del presente, prestando la colaboración necesaria

hasta tanto ello ocurra.

Que a tales efectos deberá asignarse a la UNIDAD ESPECIAL DE

INVESTIGACIÓN del atentado a la sede de la A.M.I.A. del MINISTERIO DE

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS los recursos humanos, materiales y

tecnológicos que las tareas demanden.

Que, por otra parte, de los informes citados se desprende la necesidad

de asignar un espacio físico apropiado donde pueda centralizarse el

material y la información, con el objeto de facilitar las tareas de

relevamiento, digitalización y compulsa de la documentación, informes y

archivos, cuya desclasificación se dispuso.

Que de conformidad con lo informado por la AGENCIA FEDERAL DE

INTELIGENCIA, las dependencias sitas en la Unidad Funcional TRES del

inmueble ubicado en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con frente a la

AVENIDA DE MAYO números MIL TRESCIENTOS SESENTA y SEIS, MIL TRESCIENTOS

SETENTA y MIL TRESCIENTOS OCHENTA, y a la calle HIPÓLITO IRIGOYEN

números MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES y MIL TRESCIENTOS OCHENTA y

CINCO perteneciente a la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA - donde se

encuentra alojada una gran parte del acervo documental desclasificado-,

en la actualidad está asignada, exclusivamente, al desarrollo de las

labores de relevamiento, digitalización y compulsa de la documentación

y el material desclasificado.

Que en razón de las consideraciones efectuadas en los considerandos

anteriores, resulta conveniente transferir y asignar el referido

inmueble a la UNIDAD ESPECIAL DE INVESTIGACIÓN del atentado a la sede

de la A.M.I.A. del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS a fin de

que en dicha sede se continúen realizando las tareas de relevamiento y

digitalización de la documentación ya mencionada, debiendo instruirse a

la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO para que implemente

los mecanismos administrativos correspondientes a fin de materializar

la señalada transmisión inmobiliaria.

Que, en un mismo orden de ideas, la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA

deberá proceder a la entrega a la UNIDAD FISCAL DE INVESTIGACIÓN DEL

ATENTADO CONTRA LA SEDE DE LA A.M.I.A. y a la UNIDAD ESPECIAL DE

INVESTIGACIÓN del atentado a la sede de la A.M.I.A. del MINISTERIO DE

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y traslado al citado inmueble de la

totalidad de la documentación, informes y archivos desclasificados que

se encuentren en otras dependencias, a fin de concentrar en esa sede el

acervo documental, y consecuentemente facilitar las señaladas tareas de

relevamiento, digitalización y compulsa.

Que con el objeto de continuar desplegando acciones concretas y

efectivas para contribuir al esclarecimiento de los hechos

investigados, y de acuerdo al compromiso asumido por el Gobierno

Nacional, es imperioso y prioritario ampliar tanto la desclasificación

ordenada mediante el Decreto N° 395/15, como la que aquí se dispone a

tenor de lo requerido por la citada UNIDAD FISCAL A.M.I.A. mediante

Oficio de fecha 25 de octubre de 2016, tanto a las querellas

presentadas e intervinientes en las causas vinculadas a la

investigación del atentando contra la sede de la A.M.I.A. - en razón de

su legítimo interés y a fin de garantizar el derecho de las víctimas,

sus familiares y de la sociedad en general de develar la verdad sobre

lo sucedido- como así también a la UNIDAD ESPECIAL DE INVESTIGACIÓN del

atentado a la sede de la A.M.I.A. del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS

HUMANOS, ello en orden al cumplimiento de su cometido.

Que han tomado intervención los servicios jurídicos de la AGENCIA

FEDERAL DE INTELIGENCIA y del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades emergentes

del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a lo dispuesto

por el artículo 16 ter de la Ley N° 25.520 y su modificatoria.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Dispónese la desclasificación de la totalidad de las

notas, informes y resoluciones, que no fueron alcanzadas por la

desclasificación dispuesta por el Decreto N° 395/15, por resultar

posteriores a la Resolución SI “R” N° 119/05, haciendo lugar a lo

solicitado por la UNIDAD FISCAL DE INVESTIGACIÓN DEL ATENTADO CONTRA LA

SEDE DE LA A.M.I.A. en relación a la Causa N° 8566/96, mediante Oficio

de fecha 25 de octubre de 2016.

ARTÍCULO 2°.- Amplíase a las Querellas presentadas e intervinientes en

las causas vinculadas a la investigación del atentando contra la sede

de la A.M.I.A. y a la UNIDAD ESPECIAL DE INVESTIGACIÓN del atentado a

la sede de la A.M.I.A. del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

creada por el Decreto N° 452/00, la desclasificación de la totalidad de

la documentación, informe o archivo relacionado o que pudiere resultar

de interés para la investigación del atentado contra la sede de la

A.M.l.A., que fuera oportunamente ordenada mediante el Decreto N°

395/15, y aquella que se dispone en el artículo 1° de la presente

medida.

ARTÍCULO 3°.- Instrúyese a la UNIDAD ESPECIAL DE INVESTIGACIÓN del

atentado a la sede de la A.M.I.A. del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS

HUMANOS para que intervenga en el proceso de relevamiento,

digitalización y catalogación de la documentación que realiza la UNIDAD

FISCAL DE INVESTIGACIÓN DEL ATENTADO CONTRA LA SEDE DE LA A.M.I.A..

ARTÍCULO 4°.- Transfiérese y asígnase a la UNIDAD ESPECIAL DE

INVESTIGACIÓN del atentado a la sede de la A.M.I.A. del MINISTERIO DE

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Unidad TRES que forma parte del

inmueble ubicado en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con frente a la

AVENIDA DE MAYO números MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS, MIL TRESCIENTOS

SETENTA y MIL TRESCIENTOS OCHENTA, y a la calle HIPÓLITO IRIGOYEN

números MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES y MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y

CINCO junto con el equipamiento y mobiliario existente, a fin que en

dicha sede y con su intervención, se continúen desarrollando las tareas

de relevamiento y digitalización de la documentación, que viene

llevando adelante la UNIDAD FISCAL creada por la Resolución N° 84/04 de

la PROCURACION GENERAL DE LA NACION.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyese a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL

ESTADO, a fin de que implemente los mecanismos administrativos

correspondientes, con el objeto de llevar adelante la transferencia y

asignación del inmueble apuntado en el artículo anterior.

ARTÍCULO 6°.- Asígnanse a la UNIDAD ESPECIAL DE INVESTIGACIÓN del

atentado a la sede de la A.M.I.A. del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS

HUMANOS los recursos humanos y tecnológicos necesarios, con el objeto

de optimizar los procesos de compulsa y relevamiento de la

documentación, informes y archivos desclasificados.

ARTÍCULO 7°.- Instrúyese a la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA, para que

coordine con la UNIDAD ESPECIAL DE INVESTIGACIÓN del atentado a la sede

de la A.M.I.A. del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y la

UNIDAD FISCAL creada por la Resolución N° 84/04 de la PROCURACION

GENERAL DE LA NACION, la entrega y el traslado de la totalidad de la

documentación, informes y archivos, cuya desclasificación se dispuso

por el Decreto N° 395/15 y a través del presente, y que se encuentran

alojados en sus distintas dependencias, al inmueble transferido, a

efectos de que ambas Unidades continúen hasta su culminación con el

referido proceso de relevamiento, digitalización y catalogación de la

documentación.

ARTÍCULO 8°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente

medida será atendido con cargo a las partidas específicas

correspondientes a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y

DERECHOS HUMANOS.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Germán Carlos

Garavano.