LEY DE CONTABILIDAD
LEY DE CONTABILIDAD
DECRETO N° 2.291
Régimen jurisdiccional en el ámbito de la Secretaría de Planeamiento y Acción de Gobierno.
Bs. As., 24/4/72.
VISO lo solicitado por la Secretaría de Planeamiento y Acción de Gobierno, y
CONSIDERANDO:
Que por Decretos N° 4391/71 y 1496/72 se aprueba con carácter provisional la estructura orgánica de la citada Secretaría y se asignan funciones de Director General de Administración, respectivamente.
Que de acuerdo con lo establecido en el Punto 6° de la misión y funciones del Decreto N° 4391/71, compete a la Subsecretaría de Coordinación, entre otras, la responsabilidad de dirigir el servicio administrativo de la referida Secretaría.
Que por tal motivo corresponde centralizar el régimen jurisdiccional en materia de contrataciones que se encuentra vigente para las Subsecretarías de Seguridad, de Desarrollo y de Ciencia y Técnica.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Deróganse los Decretos N° 557/70 y 3735/71.
Art. 2º — Toda compraventa, como así también toda convención sobre trabajos, suministros de especies, locaciones, arrendamientos, servicios y en general cualquier acuerdo que signifique una salida o entrada de fondos que no esté reglada legalmente en forma especial, que se realice en jurisdicción de la Secretaría de Planeamiento y Acción de Gobierno, será autorizada y aprobada hasta los límites de los importes consignados por las autoridades que a continuación se indican:
AUTORIZACION
APROBACION
CONTRATACIONES DIRECTAS – ARTICULO 56 – PUNTO 3°
Hasta cien mil pesos ($ 100.000)
Director General de Administración
Director General de Administración
Hasta doscientos mil pesos ($ 200.000)
Director General de Administración
Subsecretario de Coordinación
Hasta un millón de pesos ($ 1.000.000)
Subsecretario de Coordinación
Secretario de Planeamiento y Acción de Gobierno
Más de un millón de pesos ($ 1.000.000)
Secretario de Planeamiento y Acción de Gobierno
Poder Ejecutivo
LICITACION PRIVADA- ARTICULO 56 – PUNTO 1°
Hasta veinte mil pesos ($ 20.000)
Director General de Administración
Director General de Administración
LICITACION PUBLICA – ARTICULO 55
Hasta cien mil pesos ($ 100.000)
Director General de Administración
Director General de Administración
Hasta doscientos mil pesos ($ 200.000)
Director General de Administración
Subsecretario de Coordinación
Hasta un millón de pesos ($ 1.000.000)
Subsecretario de Coordinación
Secretario de Planeamiento y Acción de Gobierno
REMATES PUBLICOS
Hasta cien mil pesos ($ 100.000)
Director General de Administración
Director General de Administración
Hasta doscientos mil pesos ($ 200.000)
Director General de Administración
Subsecretario de Coordinación
Hasta un millón de pesos ($ 1.000.000)
Subsecretario de Coordinación
Secretario de Planeamiento y Acción de Gobierno
Más de un millón de pesos ($ 1.000.000)
Secretario de Planeamiento y Acción de Gobierno
Poder Ejecutivo
Art. 2º — En función de lo dispuesto por el Artículo 49 de la Ley de Contabilidad autorízase a la Tesorería de la Secretaría de Planeamiento y Acción de Gobierno, a efectuar pagos hasta la suma de treinta mil pesos ($ 30.000) por acreedor directo.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase al Tribunal de Cuentas de la Nación y a la Secretaría de Planeamiento y Acción de Gobierno a sus efectos.
LANUSSE.
Arturo Mor Roig.
| AUTORIZACION | APROBACION |
|---|---|
| CONTRATACIONES DIRECTAS – ARTICULO 56 – PUNTO 3° | |
| Hasta cien mil pesos ($ 100.000) | |
| Director General de Administración | Director General de Administración |
| Hasta doscientos mil pesos ($ 200.000) | |
| Director General de Administración | Subsecretario de Coordinación |
| Hasta un millón de pesos ($ 1.000.000) | |
| Subsecretario de Coordinación | Secretario de Planeamiento y Acción de Gobierno |
| Más de un millón de pesos ($ 1.000.000) | |
| Secretario de Planeamiento y Acción de Gobierno | Poder Ejecutivo |
| LICITACION PRIVADA- ARTICULO 56 – PUNTO 1° | |
| Hasta veinte mil pesos ($ 20.000) | |
| Director General de Administración | Director General de Administración |
| LICITACION PUBLICA – ARTICULO 55 | |
| Hasta cien mil pesos ($ 100.000) | |
| Director General de Administración | Director General de Administración |
| Hasta doscientos mil pesos ($ 200.000) | |
| Director General de Administración | Subsecretario de Coordinación |
| Hasta un millón de pesos ($ 1.000.000) | |
| Subsecretario de Coordinación | Secretario de Planeamiento y Acción de Gobierno |
| REMATES PUBLICOS | |
| Hasta cien mil pesos ($ 100.000) | |
| Director General de Administración | Director General de Administración |
| Hasta doscientos mil pesos ($ 200.000) | |
| Director General de Administración | Subsecretario de Coordinación |
| Hasta un millón de pesos ($ 1.000.000) | |
| Subsecretario de Coordinación | Secretario de Planeamiento y Acción de Gobierno |
| Más de un millón de pesos ($ 1.000.000) | |
| Secretario de Planeamiento y Acción de Gobierno | Poder Ejecutivo |
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