CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2008-12-31
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONTRATOS

Decreto 2302/2008

Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF

destinado al Proyecto de Sistema de Identificación Nacional Tributario

y Social (SINTyS).

Bs. As., 30/12/2008

VISTO el Expediente Nº 23.948/2008 del Registro de

la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el Decreto Nº 528

de fecha 17 de mayo de 1999, el Contrato de Préstamo BIRF Nº 4459-AR y

el nuevo Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto

entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION

Y FOMENTO (BIRF), y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Nº 528 de fecha 17 de mayo

de 1999, se aprobó el Contrato de Préstamo BIRF Nº 4459-AR, con destino

al PROYECTO DE SISTEMA DE IDENTIFICACION NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL

(SINTyS).

Que el referido proyecto, tiene por objeto

identificar los atributos sociales y/o tributarios de las personas

físicas y entidades legales en la REPUBLICA ARGENTINA, por intermedio

de un sistema de intercambio de información sustentable que procure

mejorar la eficiencia, efectividad e impacto de los servicios sociales

y programas tributarios en los niveles federal, provincial y municipal.

Que conforme fuera previsto en el citado Contrato de

Préstamo, el PROYECTO DE SISTEMA DE IDENTIFICACION NACIONAL TRIBUTARIO

Y SOCIAL (SINTyS) se desarrolla en TRES (3) etapas; "Fase I: de

Demostración", "Fase II: de Expansión" y "Fase III: de Consolidación".

Que a través del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE

POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el PROYECTO DE

SISTEMA DE IDENTIFICACION NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS) ya

ejecutó la "Fase I: de Demostración" a través del Contrato de Préstamo

BIRF Nº 4459-AR, aprobado por el citado Decreto Nº 528/99. La primera

parte de la Fase II se ejecutó a través de la Enmienda Nº 3 aprobada

por Decreto Nº 392 de fecha 10 de abril de 2006, del Contrato de

Préstamo BIRF Nº 4423-AR, aprobado por Decreto Nº 102 de fecha 11 de

febrero 1999.

Que en el marco de una nueva operación de crédito

con el objeto de financiar la segunda parte de la "Fase II: de

Expansión" y la "Fase III: de Consolidación", el Gobierno Nacional

recibió un adelanto para la preparación del Proyecto del BANCO

INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) por un monto de

DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLON CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL

TRESCIENTOS (U$S 1.489.300) instrumentado a través de la Carta Acuerdo

Nº 4400, firmada el 23 de abril de 2008.

Que a fin de posibilitar la continuidad en la

ejecución del PROYECTO DE SISTEMA DE IDENTIFICACION NACIONAL TRIBUTARIO

Y SOCIAL (SINTyS), a través del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE

POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el BANCO

INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) se compromete a

asistir financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA, por un monto de

DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTE MILLONES (U$S 20.000.000), a través del

Contrato de Préstamo BIRF, cuyo modelo se aprueba por el presente.

Que la formalización de esta operatoria del Préstamo

requiere que la REPUBLICA ARGENTINA, por medio del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de Préstamo BIRF de

que se trata, y su documentación complementaria.

Que las condiciones generales, los plazos de

amortización, períodos de gracia, las tasas de interés, comisiones por

compromiso y demás cláusulas contenidas en el nuevo Contrato de

Préstamo propuesto para ser suscripto, son los usuales que se adoptan

en este tipo de operaciones y resultan adecuados a los propósitos y

objetivos a los que está destinado este préstamo.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las

facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION

NACIONAL, los Artículos 57 y 60 in fine de la Ley de Administración

Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº

24.156 y sus modificaciones, el Artículo 40 de la Ley Complementaria

Permanente de Presupuesto Nº 11.672 (t.o. 2005) y la Ley Nº 26.135.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º— Apruébase el Modelo de

Contrato de Préstamo BIRF, destinado al PROYECTO DE SISTEMA DE

IDENTIFICACION NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS) FASE II, a

suscribirse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE

RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF), por un monto de DOLARES

ESTADOUNIDENSES VEINTE MILLONES (U$S 20.000.000), que consta de CINCO

(5) artículos, TRES (3) anexos y UN (1) apéndice, cuya copia

autenticada en idioma inglés y su traducción al idioma español forman

parte integrante del presente decreto como Anexo I, adjuntándose como

Anexo II, copia autenticada en idioma inglés y su traducción al idioma

español de las "Condiciones Generales para otorgar Préstamos" del BANCO

INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) de fecha 1 de julio de

2005, de acuerdo a la última modificación de fecha 12 de febrero de

2008, formada por DIEZ (10) artículos, SESENTA Y UNA (61) secciones y

UN (1) apéndice.

Asimismo, forman parte integrante de la presente

medida como Anexo III, las versiones en idioma español de las "Normas

de Contrataciones con Préstamos del BANCO INTERNACIONAL DE

RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) y/o con Créditos de la ASOCIACION

INTERNACIONAL DE FOMENTO (AIF)" y de las "Normas de Selección y

Contratación de Consultores por Prestatarios del BANCO MUNDIAL (BM)",

ambas correspondientes a la edición del mes de mayo de 2004, con las

revisiones de octubre de 2006.

Art. 2º— Facúltase al señor Ministro

de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el

mismo designe a suscribir, el Contrato de Préstamo BIRF, cuyo modelo se

aprueba por el Artículo 1º del presente decreto.

Art. 3º— Facúltase al señor Ministro

de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el

mismo designe, a convenir y suscribir modificaciones al Contrato cuyo

modelo se aprueba por el Artículo 1º de la presente medida, siempre que

las mismas no constituyan cambios sustanciales al objeto del Préstamo,

ni resulten en un incremento de su monto o modifiquen el procedimiento

arbitral pactado.

Art. 4º— Dispónese que el CONSEJO

NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA

NACION, a través de la Unidad Ejecutora Central (UEC), creada por

Decreto Nº 812 de fecha 13 de julio de 1998, continuará desarrollando

las tareas de ejecución y administración en el PROYECTO DE SISTEMA DE

IDENTIFICACION NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS) FASE II, quedando

facultado a realizar por sí y/o delegar, las contrataciones y

adquisiciones a ser financiadas con los recursos del préstamo para la

implementación del programa, y de acuerdo con las normas y

procedimientos contenidos en el Contrato de Préstamo cuyo modelo se

aprueba por el Artículo 1º del presente decreto.

Art. 5º— Comuníquese, publíquese,

dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —

FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Sergio T. Massa. — Carlos R. Fernández. —

Alicia M. Kirchner.

———

NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no

publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección

Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en

www.boletinoficial.gov.ar

(Nota Infoleg:*Los

anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link:AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.