DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Rango Decreto
Publicación 2013-04-09
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 3

AUTORIZASE AL MINISTERIO DE DEFENSA (COMANDO GENERAL DE LA ARMADA) A EFECTUAR LA ADQUISICION DEL REMOLCADOR ATF-USS (156) 'LUISENO', OFRECIDO POR LA ARMADA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

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DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 2335/1975

Bs. As., 29/8/1975

VISTO lo informado por el señor COMANDANTE GENERAL DE LA ARMADA y lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que la Armada decidió en su oportunidad la eliminación del servicio

activo del Buque de Salvamento A.R.A. “GUARDIAMARINA ZICARI” que por su

vejez y obsolescencia había perdido su valor operativo;

Que tal eliminación no fué adecuadamente reemplazada;

Que la correcta solución se obtendría mediante la incorporación de

unidades nuevas de propósitos similares pero que ello no resulta

posible al presente;

Que la Marina de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ha presentado una oferta

de venta del Remolcador ATF-USS (156) “LUISENO”, en condiciones

sumamente ventajosas en cuanto al costo y características, que

permitirían mejorar la capacidad operativa actual;

Que el tiempo de obtención de dicha unidad sería inmediato;

Que la adquisición está encuadrada dentro de lo establecido en el

artículo 56, inciso 3°, acápites c), g) y h) de la Ley de Contabilidad;

Por ello,

LA PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Autorízase al

MINISTERIO DE DEFENSA (COMANDO GENERAL DE LA ARMADA) a efectuar la

adquisición del Remolcador ATF-USS (156) “LUISENO”, ofrecido por la

Armada de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Art. 2° — La inversión total

que demandará la adquisición de lo indicado en el artículo 1º y que

asciende a la suma de DOSCIENTOS MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (u$s

200.000,00) será atendida con fondos provenientes de los Convenios

Financieros arrobados por Decreto Nº 1543 “S” del 20 de noviembre de

1974.

Art. 3° —Comuníquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTINEZ DE PERON.

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