AGENCIA REGULATORIA DE LA INDUSTRIA DEL CAÑAMO Y DEL CANNABIS MEDICINAL

Rango Decreto
Publicación 2023-04-27
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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AGENCIA REGULATORIA DE LA INDUSTRIA DEL CÁÑAMO Y DEL CANNABIS MEDICINAL

Decreto 236/2023

DCTO-2023-236-APN-PTE - Decreto N° 30/2023. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 26/04/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-116282110-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.669 y el Decreto N° 30 del 20 de enero de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que en la citada Ley N° 27.669 se establece el marco regulatorio de la

cadena de producción y comercialización nacional y/o con fines de

exportación de la planta de cannabis, sus semillas y sus productos

derivados afectados al uso medicinal, incluyendo la investigación

científica, y al uso industrial; promoviendo así el desarrollo nacional

de la cadena productiva sectorial.

Que a través de dicha norma se creó la AGENCIA REGULATORIA DE LA

INDUSTRIA DEL CÁÑAMO Y DEL CANNABIS MEDICINAL (ARICCAME) como organismo

descentralizado en el ámbito del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO

PRODUCTIVO, actual MINISTERIO DE ECONOMÍA, con autarquía

administrativa, funcional, técnica y financiera, con jurisdicción en

todo el territorio nacional, y cuya función consiste en regular, entre

otras, la importación, exportación, cultivo, producción industrial,

fabricación, comercialización y adquisición, por cualquier título de

semillas de la planta de cannabis, del cannabis y de sus productos

derivados con fines medicinales o industriales.

Que, asimismo, el artículo 5° de la referida ley establece, en su parte

pertinente, que los y las integrantes del Directorio de la AGENCIA

REGULATORIA DE LA INDUSTRIA DEL CÁÑAMO Y DEL CANNABIS MEDICINAL

(ARICCAME) contarán con rango y jerarquía de Secretario o Secretaria y

serán designados o designadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que mediante el Decreto N° 30/23 se designó a las y los miembros del mencionado Directorio de la ARICCAME.

Que conforme a lo solicitado en el Acta N° 3 del 13 de febrero de 2023

del citado Directorio, se propicia modificar el carácter “ad honorem”

en que fue oportunamente designado el Vicepresidente, doctor Darío

Marcelo MORANTE.

Que han tomado intervención los servicios de asesoramiento jurídico competentes.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 2° del Decreto N° 30 del 20 de

enero de 2023, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 2°.- Dase por designado, a partir del 1° de febrero de 2023,

en el cargo de Vicepresidente del Directorio de la AGENCIA REGULATORIA

DE LA INDUSTRIA DEL CÁÑAMO Y DEL CANNABIS MEDICINAL (ARICCAME),

organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE

INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con rango

y jerarquía de Secretario, al doctor Darío Marcelo MORANTE (D.N.I. N°

22.636.878)”.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Sergio Tomás Massa

e. 27/04/2023 N° 29692/23 v. 27/04/2023

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