JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Rango Decreto
Publicación 2015-12-23
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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**JEFATURA

DE GABINETE DE MINISTROS**

Decreto 237/2015

**Sistema Federal de Medios y Contenidos

Públicos. Funciones Específicas.**

Bs. As., 22/12/2015

Ver Antecedentes Normativos

VISTO los Decretos Nros. 12/15 y 13/15; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 12/15 se creó el SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y

CONTENIDOS PÚBLICOS en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

Que por el Decreto N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios (texto

ordenado por Decreto N° 438/92 y modificatorios).

Que en el artículo 5° del citado decreto, entre las atribuciones del

Jefe de Gabinete de Ministros, se encuentra la de entender en la

formulación, ejecución y control de las políticas de comunicación

social y de medios de comunicación social, en particular a la difusión

de opciones educativas, como también entender en el lineamiento de las

políticas referentes a Medios Públicos Nacionales y su instrumentación.

Que el desarrollo de nuevas tecnologías ha producido un cambio de

paradigma en el sistema de medios de comunicación.

Que el impacto de dicho cambio en la producción y difusión del

conocimiento y de los contenidos, en la incorporación de nuevos actores

y en el desarrollo federal del sector en la industria nacional,

requiere la implementación de iniciativas transversales que

complementen los campos de intervención y la integración de recursos de

forma eficaz y eficiente.

Que por el Decreto N° 1148/09 se creó el SISTEMA ARGENTINO DE

TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE.

Que por el artículo 2° del mencionado decreto se crea el CONSEJO ASESOR

DEL SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE.

Que a través del nuevo SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS

se procura proveer los medios necesarios de producción de contenidos,

la difusión del conocimiento y el acceso a la información en materia de

cultura, educación y formación profesional, ciencia y tecnología, salud

social e individual, promoción de valores y desarrollo de iniciativas

sociales, a través de nuevas tecnologías, medios de comunicación y

dispositivos a nivel federal.

Que, en orden a todo lo expuesto, corresponde transferir al referido

Sistema Federal diversas áreas hoy actuantes en distintos ámbitos de la

Administración Pública Nacional.

Que corresponde establecer la conformación organizativa de dicho

sistema y determinar sus funciones.

Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr el

perfeccionamiento de la utilización de los recursos públicos con miras

a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos,

focalizando su accionar en la producción de resultados que sean

colectivamente compartidos y socialmente valorados.

Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación

organizativa de los niveles políticos, basado en criterios de

racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las

demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y

adaptables a los cambios permanentes.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Compete al

SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS creado por el Decreto

N° 1215, las siguientes funciones específicas:

1.

Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en todo lo inherente a las

expresiones tecnológicas, artísticas, educativas, culturales,

informativas y formativas y aquellas vinculadas a la divulgación del

conocimiento que el Estado propicie difundir a través de medios

audiovisuales, redes digitales, parques temáticos u otros.

2.

Entender en la administración, operación, desarrollo y explotación

de los servicios de radiodifusión sonora y televisiva del Estado

Nacional a nivel local e internacional.

3.

Organizar la producción y distribución de contenido en todo el

espectro de medios que forman parte de las licencias del Estado

Nacional, con criterio federal.

4.

Intervenir en la administración y el funcionamiento de Radio y

Televisión Argentina Sociedad del Estado (RTA SE) integrada por LS82

Canal 7, LRA Radio Nacional, y Radiodifusión Argentina al Exterior

(RAE).

5.

Intervenir en la administración y el funcionamiento de TELAM

Sociedad del Estado.

6.

Colaborar con la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en la

planificación y administración de la ejecución de la publicidad oficial

de los actos de gobierno.

7.

Colaborar en la realización de actividades de producción y emisión

de programas de televisión educativa y multimedial destinados a

fortalecer y complementar las estrategias nacionales de equidad y

mejoramiento de la calidad de la educación.

8.

Entender en la administración y el funcionamiento de CONTENIDOS

PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO, así como en la operación, desarrollo y

explotación del contenido y funcionamiento del Polo de Producción

Audiovisual y de las señales integrantes de dicha Sociedad. (Inciso sustituido por art. 4° del[Decreto

N° 1222/2016](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=268584)B.O. 5/12/2016).

9.

Entender en la integración digital de espacios a través de una red

federal digital.

10.

Entender en la administración y operación del Parque Temático

Interactivo del “Proyecto TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA,

TECNOLOGÍA Y ARTE”.

11.

Producir contenidos y, en base a ello, difundir el conocimiento a

través de los medios bajo su competencia.

12.

Ejercer la presidencia del CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE

TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE, pudiendo delegar dicha función en un

funcionario del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS con

rango no inferior a Subsecretario. *(Inciso

sustituido por art. 8° del*[Decreto

N° 257/2017](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=273678)B.O. 17/4/2017)

13.

Entender en la administración, operación y desarrollo del Banco

Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA), sus señales,

medios relacionales y conexos.

14.

Intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción,

organización y participación de exposiciones, ferias, concursos,

espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e

internacionales de orden artístico, tecnológico, científico, educativo

y cultural, con criterio federal y en coordinación con los organismos

competentes.

15.

Intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción,

organización y participación en exposiciones, ferias, concursos,

espectáculos, muestras y misiones en el exterior, en coordinación con

los organismos competentes.

16.

Cumplir con los criterios centrales de respeto del pluralismo

político, religioso, cultural, lingüístico y social en la generación de

contenidos públicos.

17.

Producir y promover contenidos relacionados con el arte, la

cultura, la educación y la ciencia, procurando llegar a público de

todas las edades en todo el país.

18.

Participar en la definición, planificación, dirección y ejecución

de las políticas y actividades productivas que integren el sistema

nacional de medios públicos.

19.

Entender en los estudios y soportes técnicos y en la capacitación

en lo que hace específicamente al sistema de medios públicos.

20.

Intervenir en la formulación y celebración de convenios nacionales

e internacionales dentro de su competencia y participar en la

aplicación de los tratados y convenios nacionales e internacionales,

leyes y reglamentos generales relativos a la materia.

21.

Entender en la administración, operación y programación del

Proyecto Centro Cultural Kirchner.

22.

Entender en la participación del Estado Nacional en Telesur.

23.

Promover los mecanismos de cooperación internacional en el ámbito

de su competencia.

Art. 2° —Apruébase la

conformación y estructura organizativa del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y

CONTENIDOS PÚBLICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS creado por

el Decreto N° 12/15, de conformidad con el Organigrama, Objetivos y

Responsabilidad Primaria y Acciones que como Anexo I y II forman parte

integrante del presente Decreto.

Art. 3° —Transfiérese a la

órbita del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS las

siguientes Sociedades del Estado y proyectos:

Art. 4° —Todas las áreas

transferidas lo son con sus reparticiones dependientes y sus

competencias, unidades organizativas con sus respectivos cargos y nivel

de funciones ejecutivas, dotaciones de personal, patrimonio, bienes y

todos los créditos presupuestarios vinculados, manteniendo el personal

transferido sus respectivos niveles y grados de revista escalafonarios

vigentes a la fecha de la presente medida.

Art. 5° —Hasta tanto se

efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, las

erogaciones a que dé lugar el cumplimiento de lo dispuesto por el

presente decreto, serán atendidas con los créditos de origen de los

mismos.

Art. 6° — Comuníquese,

publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y

archívese. — MACRI. — Marcos Peña.

ANEXO I

(Anexo sustituido por art. 1° del[Decreto

N° 348/2017](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=274867)B.O. 19/5/2017)

[IMG]

ANEXO

II

SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS

*(Objetivos sustituidos por art. 2°

del*[Decreto

N° 348/2017](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=274867)B.O. 19/5/2017)

OBJETIVOS:

1.

Colaborar en la generación de contenidos del Polo de Producción

Audiovisual y en las señales Encuentro, Paka Paka y Depor TV, en el

marco de los convenios celebrados con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y

DEPORTES.

2.

Supervisar la administración y operación del PARQUE TECNÓPOLIS DEL

BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE.

3.

Participar en la administración y funcionamiento de la formulación y

ejecución de políticas de inclusión digital, con criterio federal, en

el ámbito de su competencia.

4.

Participar en la integración digital de espacios culturales a través

de una red federal de cultura digital, en el ámbito de su competencia.

5.

Gestionar políticas públicas de promoción de contenidos para actores

locales.

6.

Formular y propiciar la celebración de convenios nacionales e

internacionales, en el ámbito de su competencia.

7.

Intervenir en la aplicación de los tratados y convenios nacionales e

internacionales, leyes y reglamentos generales relativos a la materia.

8.

Intervenir en la coordinación de la cooperación internacional en el

ámbito de su competencia.

9.

Dirigir la política cultural que se desarrolle desde el organismo

desconcentrado “CASAS DE CONTENIDOS FEDERALES”.

SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS

SECRETARIA DE CONTENIDOS PÚBLICOS

DIRECCION NACIONAL DE GENERACIÓN DE CONTENIDOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir a la Secretaría de Contenidos Públicos en la integración

digital de espacios culturales a través de una red federal de cultura

digital en el diseño de políticas públicas de promoción de contenidos

para actores locales.

ACCIONES

1.

Asistir en la administración del funcionamiento del SISTEMA

ARGENTINO DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE.

2.

Asistir en el desarrollo de nuevas tecnologías de comunicación en

materia de servicios audiovisuales.

3.

Participar en la modernización de estándares tecnológicos, mejora en

el acceso y la apropiación social de las nuevas tecnologías de la

información y las comunicaciones.

4.

Asistir en la generación y fortalecimiento de capacidades del sector

audiovisual nacional, fomentando contenidos de calidad y la apertura de

canales de distribución y difusión a nivel federal.

5.

Colaborar en la ampliación de la inclusión digital en materia de

información y conocimiento en todas las regiones del país.

SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN DE SEÑALES Y PLAN ESTRATÉGICO AUDIOVISUAL

*(Dirección, Responsabilidad Primaria

y Acciones incorporadas por art. 2° de la*[Decisión

Administrativa N° 762/2016](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=264007)*de la

Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 2/8/2016)*

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir en la definición de la estrategia de integración y contención

de los canales públicos que existen por fuera de la órbita de RADIO Y

TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO.

ACCIONES:

1.

Dirigir la creación y puesta en funcionamiento de una estructura

para la generación, producción y distribución de contenidos en los

canales públicos que existen por fuera de la órbita de RADIO Y

TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO.

2.

Impulsar proyectos que apunten a la centralización ejecutiva y a la

descentralización operativa de los canales públicos.

3.

Construir capacidades técnicas, administrativas y de gestión en los

canales públicos.

4.

Impulsar esquemas innovadores para la integración de la producción,

generación y difusión de contenidos de manera coordinada entre las

señales y canales públicos que integran el SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y

CONTENIDOS PÚBLICOS.

5.

Fomentar la participación de organizaciones no gubernamentales a

través de la cesión de espacios de programación en señales nuevas y

existentes.

6.

Impulsar la formación e investigación aplicada para la generación,

producción y distribución de contenidos.

7.

Planificar y producir contenidos audiovisuales del SISTEMA FEDERAL

DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS.

SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y PROYECTOS ESPECIALES

*(Dirección, Responsabilidad Primaria

y Acciones incorporadas por art. 2° de la*[Decisión

Administrativa N° 762/2016](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=264007)*de la

Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 2/8/2016)*

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir a la Secretaría en materia de cooperación internacional y

realizar el control de la instrumentación de las acciones de

cooperación internacional propuestas.

ACCIONES:

1.

Planificar las acciones de seguimiento y control de gestión de los

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