JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
**JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS**
Decreto 237/2015
**Sistema Federal de Medios y Contenidos
Públicos. Funciones Específicas.**
Bs. As., 22/12/2015
VISTO los Decretos Nros. 12/15 y 13/15; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 12/15 se creó el SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y
CONTENIDOS PÚBLICOS en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que por el Decreto N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios (texto
ordenado por Decreto N° 438/92 y modificatorios).
Que en el artículo 5° del citado decreto, entre las atribuciones del
Jefe de Gabinete de Ministros, se encuentra la de entender en la
formulación, ejecución y control de las políticas de comunicación
social y de medios de comunicación social, en particular a la difusión
de opciones educativas, como también entender en el lineamiento de las
políticas referentes a Medios Públicos Nacionales y su instrumentación.
Que el desarrollo de nuevas tecnologías ha producido un cambio de
paradigma en el sistema de medios de comunicación.
Que el impacto de dicho cambio en la producción y difusión del
conocimiento y de los contenidos, en la incorporación de nuevos actores
y en el desarrollo federal del sector en la industria nacional,
requiere la implementación de iniciativas transversales que
complementen los campos de intervención y la integración de recursos de
forma eficaz y eficiente.
Que por el Decreto N° 1148/09 se creó el SISTEMA ARGENTINO DE
TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE.
Que por el artículo 2° del mencionado decreto se crea el CONSEJO ASESOR
DEL SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE.
Que a través del nuevo SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS
se procura proveer los medios necesarios de producción de contenidos,
la difusión del conocimiento y el acceso a la información en materia de
cultura, educación y formación profesional, ciencia y tecnología, salud
social e individual, promoción de valores y desarrollo de iniciativas
sociales, a través de nuevas tecnologías, medios de comunicación y
dispositivos a nivel federal.
Que, en orden a todo lo expuesto, corresponde transferir al referido
Sistema Federal diversas áreas hoy actuantes en distintos ámbitos de la
Administración Pública Nacional.
Que corresponde establecer la conformación organizativa de dicho
sistema y determinar sus funciones.
Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr el
perfeccionamiento de la utilización de los recursos públicos con miras
a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos,
focalizando su accionar en la producción de resultados que sean
colectivamente compartidos y socialmente valorados.
Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación
organizativa de los niveles políticos, basado en criterios de
racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las
demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y
adaptables a los cambios permanentes.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Compete al
SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS creado por el Decreto
N° 1215, las siguientes funciones específicas:
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en todo lo inherente a las
expresiones tecnológicas, artísticas, educativas, culturales,
informativas y formativas y aquellas vinculadas a la divulgación del
conocimiento que el Estado propicie difundir a través de medios
audiovisuales, redes digitales, parques temáticos u otros.
Entender en la administración, operación, desarrollo y explotación
de los servicios de radiodifusión sonora y televisiva del Estado
Nacional a nivel local e internacional.
Organizar la producción y distribución de contenido en todo el
espectro de medios que forman parte de las licencias del Estado
Nacional, con criterio federal.
Intervenir en la administración y el funcionamiento de Radio y
Televisión Argentina Sociedad del Estado (RTA SE) integrada por LS82
Canal 7, LRA Radio Nacional, y Radiodifusión Argentina al Exterior
(RAE).
Intervenir en la administración y el funcionamiento de TELAM
Sociedad del Estado.
Colaborar con la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en la
planificación y administración de la ejecución de la publicidad oficial
de los actos de gobierno.
Colaborar en la realización de actividades de producción y emisión
de programas de televisión educativa y multimedial destinados a
fortalecer y complementar las estrategias nacionales de equidad y
mejoramiento de la calidad de la educación.
Entender en la administración y el funcionamiento de CONTENIDOS
PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO, así como en la operación, desarrollo y
explotación del contenido y funcionamiento del Polo de Producción
Audiovisual y de las señales integrantes de dicha Sociedad. (Inciso sustituido por art. 4° del[Decreto
N° 1222/2016](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=268584)B.O. 5/12/2016).
Entender en la integración digital de espacios a través de una red
federal digital.
Entender en la administración y operación del Parque Temático
Interactivo del “Proyecto TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA,
TECNOLOGÍA Y ARTE”.
Producir contenidos y, en base a ello, difundir el conocimiento a
través de los medios bajo su competencia.
Ejercer la presidencia del CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE
TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE, pudiendo delegar dicha función en un
funcionario del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS con
rango no inferior a Subsecretario. *(Inciso
sustituido por art. 8° del*[Decreto
N° 257/2017](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=273678)B.O. 17/4/2017)
Entender en la administración, operación y desarrollo del Banco
Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA), sus señales,
medios relacionales y conexos.
Intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción,
organización y participación de exposiciones, ferias, concursos,
espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e
internacionales de orden artístico, tecnológico, científico, educativo
y cultural, con criterio federal y en coordinación con los organismos
competentes.
Intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción,
organización y participación en exposiciones, ferias, concursos,
espectáculos, muestras y misiones en el exterior, en coordinación con
los organismos competentes.
Cumplir con los criterios centrales de respeto del pluralismo
político, religioso, cultural, lingüístico y social en la generación de
contenidos públicos.
Producir y promover contenidos relacionados con el arte, la
cultura, la educación y la ciencia, procurando llegar a público de
todas las edades en todo el país.
Participar en la definición, planificación, dirección y ejecución
de las políticas y actividades productivas que integren el sistema
nacional de medios públicos.
Entender en los estudios y soportes técnicos y en la capacitación
en lo que hace específicamente al sistema de medios públicos.
Intervenir en la formulación y celebración de convenios nacionales
e internacionales dentro de su competencia y participar en la
aplicación de los tratados y convenios nacionales e internacionales,
leyes y reglamentos generales relativos a la materia.
Entender en la administración, operación y programación del
Proyecto Centro Cultural Kirchner.
Entender en la participación del Estado Nacional en Telesur.
Promover los mecanismos de cooperación internacional en el ámbito
de su competencia.
Art. 2° —Apruébase la
conformación y estructura organizativa del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y
CONTENIDOS PÚBLICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS creado por
el Decreto N° 12/15, de conformidad con el Organigrama, Objetivos y
Responsabilidad Primaria y Acciones que como Anexo I y II forman parte
integrante del presente Decreto.
Art. 3° —Transfiérese a la
órbita del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS las
siguientes Sociedades del Estado y proyectos:
- Radio y Televisión Argentina S.E.
- TELAM S.E.
- Proyecto Centro Cultural Kirchner
- Proyecto TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA Y ARTE.
Art. 4° —Todas las áreas
transferidas lo son con sus reparticiones dependientes y sus
competencias, unidades organizativas con sus respectivos cargos y nivel
de funciones ejecutivas, dotaciones de personal, patrimonio, bienes y
todos los créditos presupuestarios vinculados, manteniendo el personal
transferido sus respectivos niveles y grados de revista escalafonarios
vigentes a la fecha de la presente medida.
Art. 5° —Hasta tanto se
efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, las
erogaciones a que dé lugar el cumplimiento de lo dispuesto por el
presente decreto, serán atendidas con los créditos de origen de los
mismos.
Art. 6° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — MACRI. — Marcos Peña.
ANEXO I
(Anexo sustituido por art. 1° del[Decreto
N° 348/2017](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=274867)B.O. 19/5/2017)
[IMG]
ANEXO
II
SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS
SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS
*(Objetivos sustituidos por art. 2°
del*[Decreto
N° 348/2017](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=274867)B.O. 19/5/2017)
OBJETIVOS:
Colaborar en la generación de contenidos del Polo de Producción
Audiovisual y en las señales Encuentro, Paka Paka y Depor TV, en el
marco de los convenios celebrados con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y
DEPORTES.
Supervisar la administración y operación del PARQUE TECNÓPOLIS DEL
BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE.
Participar en la administración y funcionamiento de la formulación y
ejecución de políticas de inclusión digital, con criterio federal, en
el ámbito de su competencia.
Participar en la integración digital de espacios culturales a través
de una red federal de cultura digital, en el ámbito de su competencia.
Gestionar políticas públicas de promoción de contenidos para actores
locales.
Formular y propiciar la celebración de convenios nacionales e
internacionales, en el ámbito de su competencia.
Intervenir en la aplicación de los tratados y convenios nacionales e
internacionales, leyes y reglamentos generales relativos a la materia.
Intervenir en la coordinación de la cooperación internacional en el
ámbito de su competencia.
Dirigir la política cultural que se desarrolle desde el organismo
desconcentrado “CASAS DE CONTENIDOS FEDERALES”.
SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS
SECRETARIA DE CONTENIDOS PÚBLICOS
DIRECCION NACIONAL DE GENERACIÓN DE CONTENIDOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir a la Secretaría de Contenidos Públicos en la integración
digital de espacios culturales a través de una red federal de cultura
digital en el diseño de políticas públicas de promoción de contenidos
para actores locales.
ACCIONES
Asistir en la administración del funcionamiento del SISTEMA
ARGENTINO DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE.
Asistir en el desarrollo de nuevas tecnologías de comunicación en
materia de servicios audiovisuales.
Participar en la modernización de estándares tecnológicos, mejora en
el acceso y la apropiación social de las nuevas tecnologías de la
información y las comunicaciones.
Asistir en la generación y fortalecimiento de capacidades del sector
audiovisual nacional, fomentando contenidos de calidad y la apertura de
canales de distribución y difusión a nivel federal.
Colaborar en la ampliación de la inclusión digital en materia de
información y conocimiento en todas las regiones del país.
SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN DE SEÑALES Y PLAN ESTRATÉGICO AUDIOVISUAL
*(Dirección, Responsabilidad Primaria
y Acciones incorporadas por art. 2° de la*[Decisión
Administrativa N° 762/2016](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=264007)*de la
Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 2/8/2016)*
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir en la definición de la estrategia de integración y contención
de los canales públicos que existen por fuera de la órbita de RADIO Y
TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO.
ACCIONES:
Dirigir la creación y puesta en funcionamiento de una estructura
para la generación, producción y distribución de contenidos en los
canales públicos que existen por fuera de la órbita de RADIO Y
TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO.
Impulsar proyectos que apunten a la centralización ejecutiva y a la
descentralización operativa de los canales públicos.
Construir capacidades técnicas, administrativas y de gestión en los
canales públicos.
Impulsar esquemas innovadores para la integración de la producción,
generación y difusión de contenidos de manera coordinada entre las
señales y canales públicos que integran el SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y
CONTENIDOS PÚBLICOS.
Fomentar la participación de organizaciones no gubernamentales a
través de la cesión de espacios de programación en señales nuevas y
existentes.
Impulsar la formación e investigación aplicada para la generación,
producción y distribución de contenidos.
Planificar y producir contenidos audiovisuales del SISTEMA FEDERAL
DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS.
SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y PROYECTOS ESPECIALES
*(Dirección, Responsabilidad Primaria
y Acciones incorporadas por art. 2° de la*[Decisión
Administrativa N° 762/2016](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=264007)*de la
Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 2/8/2016)*
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir a la Secretaría en materia de cooperación internacional y
realizar el control de la instrumentación de las acciones de
cooperación internacional propuestas.
ACCIONES:
Planificar las acciones de seguimiento y control de gestión de los
⋯
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