DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Rango Decreto
Publicación 2013-11-26
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 2

REEMPLAZASE EL INCISO 2°) DEL PARRAFO 59 DEL TITULO II DE LA REGLAMENTACION PARA LA AERONAUTICA MILITAR DE LA LEY Nº 14.777.

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DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 2391/1976

Bs. As., 8/10/1976

VISTO lo informado por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 574 de fecha 16 de agosto de 1973, se modificaron

las tareas que deben cumplir las Comisiones Asesoras mencionadas en el

párrafo 59, inciso 2°) del Título II de la Reglamentación para la

Aeronáutica Militar de la Ley Nº 14.777, operante en virtud de lo

determinado en el Artículo 107 de la Ley Nº 19.101 para el Personal

Militar.

Que la experiencia acumulada durante la vigencia de las referidas

modificaciones, indica la conveniencia de restituir a las Comisiones

Asesoras la facultad de otorgar orden de mérito a todo el personal

militar a considerar por las Juntas de Calificaciones.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Reemplázase el

inciso 2°) del párrafo 59 del Título II de la Reglamentación para la

Aeronáutica Militar de la Ley Nº 14.777, por el siguiente:

“2º) Segunda Etapa: ejecutada por Comisiones Asesoras, constituidas

según lo establecido en la presente reglamentación, a efectos de

realizar el análisis integral de los antecedentes del personal a

considerar por las Juntas de Calificaciones, proporcionando a las

mismas el correspondiente asesoramiento.

A tal efecto calificarán al personal de acuerdo con lo establecido en

el párrafo 78, según correspondiere, otorgando cuando se trate de

ascensos o de eliminaciones para producir vacantes, un orden de mérito

tentativo”.

Art. 2° — Comuníquese, dése a

la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese en Boletín

Aeronáutico Público y archívese. — VIDELA.

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