HONORABLE CONGRESO DE LA NACION
**HONORABLE
CONGRESO DE LA NACIÓN**
Decreto 24/2026
**DECTO-2026-24-APN-PTE - Convócase a
Sesiones Extraordinarias.**
Ciudad de Buenos Aires, 18/01/2026
En uso de las facultades conferidas por los artículos 63 y 99, inciso 9
de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Convócase al H. CONGRESO DE LA NACIÓN a Sesiones
Extraordinarias desde el 2 hasta el 27 de febrero de 2026.
(Nota Infoleg: por art. 1º delDecreto Nº 103/2026*B.O. 18/2/2026 se prorrogan las Sesiones Extraordinarias del H.
CONGRESO
DE LA NACIÓN, convocadas por presente Decreto, hasta el 28 de febrero
de 2026. Por art. 2º del mismo se incluyen en el temario a tratar, la
consideración del Proyecto de
Reforma de la Ley N° 27.795 de Financiamiento de la Educación
Universitaria y Recomposición del Salario Docente a ser enviado por el
PODER EJECUTIVO NACIONAL.)*
ARTÍCULO 2°.- Decláranse asuntos comprendidos en la convocatoria los
detallados en el Anexo (IF-2026-06047221-APN-JGM) que forma parte
integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Manuel Adorni
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/01/2026 N° 2541/26 v. 19/01/2026
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ANEXO I
TEMAS PARA LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA
NACIÓN
Proyecto de Ley de adecuación del Régimen de Presupuestos Mínimos
para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial - Ley
N° 26.639. (Msje. 36/2025, Exp. Senadores PE 161- 2025).
Proyecto de Ley de Modernización Laboral (Msje. 35/25, Exp.
Senadores PE 159- -2025).
Proyecto de Ley por el que se aprueba el Acuerdo de Libre Comercio
entre el MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y la UNIÓN EUROPEA (UE) a ser
enviado por el Poder Ejecutivo Nacional.
Consideración del Acuerdo para designar Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario al señor Fernando Adolfo IGLESIAS, de conformidad con
lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la
Nación N° 20.957 y sus modificatorias, a ser enviado por el Poder
Ejecutivo Nacional.
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