CONTRATOS
CONTRATOS
Decreto 241/2013
**Apruébase Modelo de Contrato de
Préstamo BID AR-L1136 a celebrarse entre la República Argentina y el
Banco Interamericano de Desarrollo.**
Bs. As., 28/2/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0393471/2012 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BID
AR-L1136, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y
el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1136, el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir
financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la
ejecución del “Programa de Desarrollo de las Provincias del Norte
Grande: Infraestructura de Agua Potable y Saneamiento” por un monto de
hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS MILLONES (U$S 500.000.000).
Que el objetivo del Programa es mejorar el servicio y la eficiencia del
sector de agua y saneamiento en las provincias del Norte Grande de la
REPUBLICA ARGENTINA mediante el financiamiento de proyectos que: (i)
incrementen la cobertura y mejoren el servicio de agua, potable y
alcantarillado sanitario y pluvial en áreas sin servicio o con servicio
deficiente; y (ii) fortalezcan las entidades del sector a nivel
provincial y mejoren la eficiencia y gestión operativa y financiera de
los prestadores de servicios.
Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán DOS (2)
componentes: (i) Obras de Agua Potable y Saneamiento; y (ii)
Mejoramiento de la Gestión Operativa.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos de
financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a través de la Unidad de
Coordinación de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo,
denominado en adelante “Organismo Ejecutor”.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de
Préstamo BID AR-L1136, así como toda otra documentación relacionada con
la operatoria de dicho préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de
Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la
REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID AR-L1136 y
acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del
“Programa de Desarrollo de las Provincias del Norte Grande:
Infraestructura de Agua Potable y Saneamiento”, siempre y cuando no
constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos; ni
deriven en un incremento de su monto o una alteración en el
procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en
este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y
objetivos a los que será destinado el mencionado Préstamo.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el
Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 40 de
la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005).
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1136
a celebrarse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES
QUINIENTOS MILLONES (U$S 500.000.000), destinado a financiar
parcialmente el “Programa de Desarrollo de las Provincias del Norte
Grande: Infraestructura de Agua Potable y Saneamiento”, que consta de
las Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) Capítulos, de
las Normas Generales integradas por DIEZ (10) Capítulos y UN (1) Anexo
Unico, cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente
decreto como Anexo I. Asimismo, forman parte integrante de la presente
medida, como Anexos II y III, las copias autenticadas de las “Políticas
para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco
Interamericano de Desarrollo” y las “Políticas para la Selección y
Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de
Desarrollo”, respectivamente, ambas correspondientes a la edición del
mes de marzo de 2011.
Art. 2° — Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas,
o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en
nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de
Préstamo BID AR-L1136 y su documentación adicional, conforme al modelo
que se aprueba por el Artículo 1° del presente decreto.
Art. 3° — Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas,
o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a convenir y
suscribir, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA,
modificaciones al Contrato de Préstamo BID AR-L1136, cuyo modelo se
aprueba por el Artículo 1° de la presente medida, siempre que las
mismas no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de
los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan
modificaciones al procedimiento arbitral pactado.
Art. 4° — Desígnase al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS como “Organismo Ejecutor” del “Programa de
Desarrollo de las Provincias del Norte Grande: Infraestructura de Agua
Potable y Saneamiento”, quedando facultado para realizar todas las
operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del Programa,
conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de
Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1° de la presente
medida.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal
Medina. — Hernán G. Lorenzino. — Julio M. De Vido.
NOTA: Los Anexos que integran este Decreto se publican en la edición
web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.