CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2012-12-19
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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CONTRATOS

Decreto 2434/2012

**Apruébase Modelo de Contrato de

Préstamo BID Nº 2740/OC-AR a celebrarse entre la República Argentina y

el Banco Interamericano de Desarrollo.**

Bs. As., 13/12/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0257215/2012 del Registro del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº

2740/OC-AR, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y

el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº 2740/OC-AR, el

BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir

financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la

ejecución del “Programa de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar” por

un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MILLONES (U$S

30.000.000).

Que el objetivo del Programa es incrementar el ingreso de los

agricultores familiares mediante el mejoramiento de su productividad.

Para este fin, el proyecto apoyará la incorporación de nuevas

tecnologías y facilitará el acceso al financiamiento. Para mejorar la

efectividad de los apoyos tecnológicos y financieros del proyecto, se

proveerá asistencia técnica y capacitación en materia de tecnologías,

acceso al financiamiento, y en gestión asociativa y comercial.

Que la ejecución del referido Programa se desarrollará en un único

componente, denominado “Apoyos Productivos para la Agricultura

Familiar”.

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos de

financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERIA Y PESCA, denominado como Organismo Ejecutor.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA

ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de

Préstamo BID Nº 2740/OC-AR, así como toda otra documentación

relacionada con la operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de

Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la

REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID Nº 2740/OC-AR

y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución

del “Programa de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar”, siempre y

cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los

fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el

procedimiento arbitral pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de

interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de

Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en

este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y

objetivos a los que será destinado el mencionado Préstamo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el

Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 40 de

la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005).

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase el

Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº 2740/OC-AR a celebrarse entre la

REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por

un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MILLONES (U$S

30.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de

Desarrollo Rural y Agricultura Familiar”, que consta de las

Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) Capítulos, de las

Normas Generales integradas por DIEZ (10) Capítulos y UN (1) Anexo

Unico, cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente

decreto como Anexo I. Asimismo, forman parte integrante de la presente

medida, como Anexos II y III, las copias autenticadas de las “Políticas

para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco

Interamericano de Desarrollo” y las “Políticas para la Selección y

Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de

Desarrollo”, respectivamente, ambas correspondientes a la edición del

mes de marzo de 2011.

Art. 2° —Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID

Nº 2740/OC-AR y su documentación adicional, conforme al modelo que se

aprueba por el Artículo 1° del presente decreto.

Art. 3° — Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de

Préstamo BID Nº 2740/OC-AR, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1°

de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios

sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un

incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento

arbitral pactado.

Art. 4° — Desígnase al

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA como Organismo Ejecutor

del “Programa de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar”, quedando

facultado para realizar todas las operaciones y contrataciones

necesarias para la ejecución del Programa, conforme las normas y

procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se

aprueba por el Artículo 1° de la presente medida.

Art. 5° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G.

Lorenzino. — Norberto G. Yauhar.


NOTA: Los Anexos que integran este Decreto se publican en la edición

web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.