BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE

Rango Decreto
Publicación 2012-12-19
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE

Decreto 2435/2012

Declárase al año 2013 como “Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813”.

Bs. As., 13/12/2012

VISTO y CONSIDERANDO:

Que la Asamblea General Constituyente de 1813 marcó un hito

trascendental en nuestra historia, no sólo por el rol soberano asumido

por quienes la presidieron sino por su representatividad, albergando en

su seno a todos los pueblos integrantes de las Provincias Unidas del

Río de la Plata.

Que dicha Asamblea introdujo profundos cambios políticos y sociales que

resultaron trascendentales para nuestra soberanía popular, y que han

sido puestos de manifiesto a través de una incipiente tarea

legislativa, ratificando su vocación de independencia, libertad e

igualdad, plasmada en el dictado de numerosas disposiciones

fundamentales.

Que, entre otras medidas, proclamó la igualdad social a través de la

abolición de la inquisición y las torturas, la supresión de todos los

títulos de nobleza, proscribiendo el uso y exposición de escudos

nobiliarios que denotaran diferentes categorías sociales, eliminó el

mayorazgo, como asimismo, todo tipo de explotación de los indígenas,

suprimiendo la encomienda, la mita y el yanaconazgo; puso fin al

tráfico de esclavos y estableció la libertad de vientres, garantizando

la libertad e igualdad a todos los hijos de esclavas que nacieran en

adelante en el territorio de las Provincias Unidas.

Que además, a través de la Asamblea General Constituyente de 1813, se

proclamaron nuestros símbolos patrios, se creó el Escudo Nacional, se

encargó la composición del Himno Nacional Argentino, se declaró fiesta

cívica al 25 de Mayo y se dispuso la acuñación de moneda nacional.

Que es indudable el valor y el significado de la Asamblea General

Constituyente de 1813 en los albores de nuestra historia y en la

organización institucional del país, forjando las bases

constitucionales del Estado de Derecho.

Que en virtud de lo expresado en los considerandos anteriores,

corresponde resaltar y difundir en el año 2013 la tarea llevada a cabo

por la mencionada Asamblea.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Declárase el año 2013 como el “AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813”.

Art. 2° — Dispónese que a

partir del 1° de enero de 2013, toda la papelería oficial a utilizar en

la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada, así

como en los Entes Autárquicos dependientes de ésta, deberá llevar en el

margen superior derecho un sello, con la leyenda “2013 - AÑO DEL

BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813”.

Art. 3° — En orden a lo

establecido en el artículo 1° del presente, el PODER EJECUTIVO NACIONAL

auspiciará actividades, seminarios, conferencias y programas educativos

que contribuyan a la difusión en el país de los hechos alusivos a la

Asamblea General Constituyente de 1813.

Art. 4° — Invítase a los Gobiernos Provinciales y al de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES a adherir al presente decreto.

Art. 5° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal F. Randazzo.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.