PRESUPUESTO ADMINISTRACION NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2015-11-24
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE CULTURA

Decreto 2435/2015

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015. Recursos Humanos.

Bs. As., 18/11/2015

VISTO el Expediente CUDAP N° 13113/15 del registro del MINISTERIO DE

CULTURA, la Ley N° 27.008, los Decretos N° 491 de fecha 12 de marzo de

2002, N° 641 de fecha 6 de mayo de 2014, N° 833 de fecha 3 de junio de

2014 y N° 313 de fecha 2 de marzo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Ley se dispuso el congelamiento de los cargos

vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en

las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los

que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el Decreto N° 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el

control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de

la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no

permanente.

Que por intermedio del Decreto N° 641/14 se modificó la Ley de

Ministerios (t.o. Decreto N° 438/92), disponiéndose la creación del

MINISTERIO DE CULTURA y determinándose sus competencias.

Que por el Decreto N° 313/15, modificatorio del Decreto N° 833/14 que

aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del

MINISTERIO DE CULTURA, se creó, entre otras, la DIRECCIÓN DE

INFRAESTRUCTURA Y GESTIÓN EDILICIA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y

CONTROL DE GESTIÓN.

Que mediante la Resolución Conjunta S.G. N° 206 y S.H. N° 234 de fecha

1° de septiembre de 2015 se incorporó al Nomenclador de Funciones

Ejecutivas el cargo de la citada Dirección, asignándole el nivel de

Función Ejecutiva II.

Que, con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la

jurisdicción, el MINISTERIO DE CULTURA, considerando indispensable la

cobertura del cargo de Director de la referida dependencia, ha

propuesto se designe en el mismo a la arquitecta Gabriela Lina MARI,

quien reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para

el desempeño de la aludida responsabilidad.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del organismo de origen.

Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones

previstas en el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en

los artículos 6, 7 y 10 de la Ley N° 27.008 y en el artículo 1° del

Decreto N° 491/02.

Por ello;

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Modifícase la

distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional -

Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la jurisdicción 72 para

el Ejercicio 2015, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla

Anexa al presente artículo, la que forma parte integrante de la

presente medida.

Art. 2° — Dáse por designada

transitoriamente, a partir del 1° de septiembre de 2015, y por el

término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la arquitecta Gabriela

Lina MARI (DNI N° 14.363.835) en un cargo de la Planta Permanente Nivel

B, Grado 0, como DIRECTORA DE INFRAESTRUCTURA Y GESTIÓN EDILICIA de la

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN del MINISTERIO DE

CULTURA, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva

II del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°

2098/08, con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.008 y

con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos

establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

Art. 3° —El cargo involucrado

deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección

vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,

Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público

(SINEP) dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados

a partir de la fecha de su designación.

Art. 4° —El gasto que demande

el cumplimiento del presente decreto, será atendido con las partidas

específicas del presupuesto de la Jurisdicción 72 - MINISTERIO DE

CULTURA.

Art. 5° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Teresa A.

Sellarés.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°

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