ASOCIACIONES PROFESIONALES DE TRABAJADORES

Rango Decreto
Publicación 1984-08-31
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ASOCIACIONES PROFESIONALES DE TRABAJADORES

DECRETO N° 2504

Régimen de elecciones.

Reglamentación de la Ley N° 23.071

Bs. As. 18/8/84

VISTO, la Ley N° 23.071 que en su artículo 1°, con las modificaciones

que se introducen en los artículo 2°, 3° y 4° de la misma, aprueba

convirtiendo en Ley de la Nación, el régimen de elecciones para las

asociaciones profesionales de trabajadores que figura como Anexo I del

Decreto N° 1.696/84, y

CONSIDERANDO:

Que el régimen electoral aprobado con la citada Ley, es de excepción,

con la finalidad de plasmar una rápida y efectiva normalización

democrática de las organizaciones gremiales;

Que además dicho régimen, es el resultado de consultas y acuerdos con

los sectores representativos de los trabajadores, gestionados por el

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en el ámbito de la

convocatoria a la unidad nacional efectuada por el Poder Ejecutivo;

Que el marco normativo fijado por los concordantes y aceptado como

adecuado -materia incluso de la correspondiente sanción legislativa-,

resulta suficiente como ordenamiento legal en sí, conforme sus

cláusulas, para asegurar un normal proceso electoral democrático en las

asociaciones profesionales de trabajadores;

Que no obstante el citado marco, es conveniente precisar el alcance e

interpretación de ciertas pautas de dicho ordenamiento, para lograr una

más correcta aplicación del régimen electoral que despeje toda duda

sobre el mismo y evite dilaciones o distorciones que lo tornen ineficaz;

Que en tal sentido, la vía de la reglamentación para lo cual está

facultado el Poder Ejecutivo, debe servir para la ejecución de las

leyes de la Nación, sin alterar su espíritu, más aún cuando en este

caso se trata de una legislación producto de un previo consenso con los

sectores involucrados;

Por ello, conforme el artículo 86 inc. 2° de la Constitución Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º - (Ley 23.071, Anexo I, Art. 1º). El régimen de elecciones

sancionado mediante Ley 23.071, es de aplicación a las Asociaciones

Profesionales de Trabajadores con personería gremial y a las

simplemente inscriptas. Se consideran incluidas en las situaciones

previstas por el Art. 1º de dicha Ley, las entidades gremiales cuyos

procesos electorales se hubieren interrumpido o suspendido y deban

realizar nueva convocatoria, como también aquellas en las cuales se

hubiere designado por el Ministerio de Trabajo un Delegado Electoral

conforme lo previsto en el art. 11, 3° párrafo del Decreto 640/80, y

las seccionales sin normalizar de entidades que hubieren realizado

procesos de normalización de sus Cuerpos Directivos Centrales.

Art. 2º - (Ley 23.071, Anexo I, Arts. 3º y 4º, inc. a). Sin perjuicio

de los plazos progresivos para la normalización de las entidades de

primer y segundo grado establecidos en el régimen electoral aprobado,

aquellas entidades de segundo grado cuyos estatutos prevean el voto

secreto directo y obligatorio de sus afiliados para la elección de sus

cuerpos orgánicos, podrán convocar a elecciones para constituir dichos

cuerpos, simultáneamente con la convocatoria de sus entidades de primer

grado adheridas, observando la debida comunicación y coordinación de la

fechas de convocatoria, con la autoridad de contralor.

Art. 3º - (Ley 23.071, Anexo I, Arts. 1º y 3º). Las entidades de primer

grado de una determinada actividad, sin personería gremial y

preexistentes a la vigencia de la Ley 23.071, adheridas a una entidad

de segundo o tercer grado con personería gremial cuyos estatutos

consideren suplida esa falta de personería por la propia, se encuentran

comprendidos en la normalización prevista por el Art. 3º de dicha ley y

podrán cumplir con el procedimiento previsto por la misma, comunicando

tal circunstancia a la Dirección Nacional de Asociaciones Gremiales del

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que autorice la

convocatoria y coordine la fecha de elecciones. Para realizarlas, se

aplicarán las cláusulas previstas por el Anexo I, Ley 23.071.

Art. 4º -(Ley 23.071, Anexo I, Arts. 2º y 10). La decisión de convocar

a elecciones y la fecha del comicio, deberá ser consultada y coordinada

con la Dirección Nacional de Asociaciones Gremiales del Ministerio de

Trabajo y Seguridad Social. La convocatoria, deberá contener los

recaudos que se señalan en el complemento de este Decreto reglamentario

y deberá incluir la opción del órgano que controlará el proceso

electoral. Tales actos se comunicarán a la Dirección Nacional de

Asociaciones Gremiales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,

dentro de los cinco (5) días de efectuados, cualquiera haya sido la

autoridad de contralor elegida.

En caso de omisiones, la Dirección Nacional de Asociaciones Gremiales

del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, instituirá a la entidad

gremial para que se subsanen las mismas dentro del plazo de diez (10)

días desde la convocatoria, debiendo publicarse la misma nuevamente,

con observación de los plazos y procedimientos previstos en el régimen

electoral.

Art. 5º - (Ley 23.071, Anexo I, Art. 5º). En los casos en que el

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social deba convocar a elecciones,

por no haberlo efectuado las entidades gremiales en los supuestos y

plazos previstos en los artículos 3º y 4º del Anexo I de la Ley 23.071,

designará un Delegado Electoral conforme la figura prevista en el párrafo

3º del Art. 11 del Decreto 640/80, quien convocará y pondrá en marcha el

proceso de normalización de acuerdo al régimen electoral aprobado por

la mencionada Ley.

Art. 6º - (Ley 23.071, Anexo I, Art. 7º). En el acto de emitir el

voto, a los efectos de su correcta identificación, el sufragante deberá

presentar ante la mesa del comicio el Documento de Identidad que

coincida con el asentado en el padrón o en el carnet sindical o

certificado extendido por la Junta Electoral. En caso que el documento

que consta en el padrón para identificar al sufragante, difiera del

asentado en el carnet sindical o certificación de la Junta Electoral,

el votante deberá concurrir a la mesa con ambos documentos.

Art. 7º - (Ley 23.071, Anexo I, Art. 14). A los efectos de

oficialización de listas, presentación de patrocinantes de las mismas y

conformidad previstas en el artículo que se reglamenta, se utilizarán

los tipos de formularios que serán provistos por la autoridad de

contralor al veedor electoral, para ser entregados a las agrupaciones y

sectores y que se han confeccionado por el Ministerio de Trabajo y

Seguridad Social, de acuerdo al detalle que se señala en el complemento

B de este decreto reglamentario.

Art. 8º - (Ley 23.071, Anexo I, Art. 15 - 1° párrafo). Los estatutos

que requieran mayores exigencias a quienes deben conformar él o los

cuerpos deliberativos que designen la Junta Electoral, que las

previstas en el artículo 8º de la Ley 23.071 para los candidatos, deberán

considerarse modificados o ampliados por lo establecido en el citado

artículo 8º.

Art. 9º - (Ley 23.071, Anexo I, Arts. 14 y 22). El porcentaje de

afiliados patrocinantes necesario para la oficialización de listas, se

computará en relación al padrón provisorio que deberá estar

confeccionado y debidamente visado por el veedor y la Junta Electoral

quince (15) días antes del vencimiento del término para presentación de

listas.

A partir de dicha fecha, los padrones deberán ser exhibidos a fin de

facilitar las observaciones o impugnaciones pertinentes hasta su

reemplazo por los padrones definitivos.

Art. 10. -(Ley 23.071, Anexo I, Arts. 14, 15 y 22). La Junta

Electoral se ampliará con los representantes de las listas, una vez

oficializadas las mismas. Producida dicha integración, se aprobarán los

padrones definitivos. En el caso que debido al procedimiento de

presentación y oficialización de listas, no pudieran aprobarse los

padrones definitivos para su exhibición con la antelación de treinta

(30) días a la fecha del comicio, tal plazo se podrá considerar

reducido a quince días.

Art. 11. -(Ley 23.071, Anexo I, Art. 18, 2º párrafo). El plazo de cinco

(5) días para presentar impugnaciones, se computará a partir del

pronunciamiento expreso de la Junta Electoral oficializando las listas,

debidamente notificado.

Art. 12. - (Ley 23.071, Anexo I, Art. 16). Todos los candidatos de

listas oficializadas podrán considerarse con licencia gremial hasta la

fecha del comicio, debiendo comunicar tal opción al veedor, Junta

Electoral y autoridad de contralor.

Art. 13. - (Ley 23.071, Anexo I, Plazos). Los plazos contemplados en

los artículos 3º y 4º (convocatoria), 10 (publicidad y designación de

veedores), 12 (comunicación horario de elecciones y ubicación de urnas,

14 (presentación de listas), 15 (oficialización de listas), 22

(exhibición padrones) y 28 (reforma estatutaria), se computarán por

días corridos, de acuerdo al cronograma explicativo que se agrega como Complemento C de este Decreto Reglamentario.

Art. 14. - (Ley 23.071,

Anexo I, Arts. 17, 18, 24 y 26 - Términos Procesales). Los términos

procesales previstos en los artículos 17 (plazo

para resolver impugnaciones contra actos del comicio o destinados a

prepararlo), 18 (impugnaciones de listas y candidatos, plazos de

listas, descargo, resolución sobre procedencia y reemplazos); 24

(notificaciones de decisiones de Junta, apelación y decisión del

recurso); se computarán en días hábiles. Cuando los plazos se expresan

en horas (arts. 17, 18 y 24), se entenderá que el cómputo debe

efectuarse en el equivalente de días hábiles completos (conforme art.

24, Código Civil).

Art. 15. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

ALFONSIN

Juan M. Casella.

MODELO DE CONVOCATORIA

Convócase a elecciones en la asociación

.........................................................................................

para cubrir los cargos de

..............................................................................................................

que se celebrarán el día

................................................................................................................

A los efectos previstos en el art. 2º de la ley 23.071, óptase por

..................................................

.................................................................................................................................................

La elección se hará por el voto directo, secreto y obligatorio de todos los afiliados empadronados.

El plazo para presentar las listas vencerá el día ................

debiendo observarse al respecto los requisitos del art. 14 de la ley

23.071.

Publíquese con una antelación de 60 días a la fecha del comicio y

notifíquese a la autoridad por la que se optó para el contralor.

Si corresponde, (asamblea - nombre del órgano deliberativo de la

entidad) para el día ........ a la hora

.................................................. en el lugar

.................................................. , a fin de tratar el

siguiente tema del orden del día: designación de Junta Electoral:

LISTA DE PATROCINANTES

....................................................................................................

....................................................................................................

................................................................ LISTA ..........................

AGRUPAMIENTO ..........................................................................

......................................................................................................

Los abajo firmantes, cuyos datos se consignan a continuación en su

carácter de PATROCINANTES, expresan por la presente su conformidad con

el procedimiento establecido por .... del ... para esta elección, en

cuanto modifica las disposiciones contenidas en el ESTATUTO SOCIAL

..................

PATROCINANTES

Apell. y Nombre

Clase y N° Doc.

Sección

Afiliado N°

Firma

Firma apoderado agrupamiento:

...................

Firma apoderado general:

....................................................

Aclaración firma: ........................................

Aclaración firma:

............................... Dcto.: .......................

Domicilio:

..................................................

Domicilio:

...........................................................................

LISTA DE CANDIDATOS

....................................................................................................

....................................................................................................

....................................................................................................

................................................... LISTA ......................................

AGRUPAMIENTO .........................................................................

....................................................................................................

Los abajo firmantes en su carácter de Apoderado del Agrupamiento y de

apoderado general que se citan, pasan a expresar su conformidad con el

procedimiento establecido en el

artículo

del

para esta elección, en cuanto modifica las disposiciones contenidas en

el ESTATUTO de

la

y presentan la lista de candidatos que a continuación se detalla:

COMISION DIRECTIVA (Candidatos Titulares)

Apell. y Nombre

Clase y N° Doc.

Prof. y Dto.

Sección

Afiliado N°

COMISION DIRECTIVA (Candidatos Suplentes)

Apell. y Nombre

Clase y N° Doc.

Prof. y Dto.

Sección

Afiliado N°

Firma apoderado agrupamiento:

...................

Firma

apoderado general: ....................................................

Aclaración firma:

....................Dcto..............

Aclaración firma: ............................... Dcto.:

.......................

Domicilio:

..................................................

Domicilio:

...........................................................................

LISTA DE CANDIDATOS

....................................................................................................

....................................................................................................

....................................................................................................

................................................... LISTA

......................................

AGRUPAMIENTO

.........................................................................

....................................................................................................

Los abajo firmantes, en su carácter de apoderado del agrupamiento y de

apoderado general que se citan, pasan a expresar su conformidad con el

procedimiento establecido por el

artículo

del

para esta elección, en cuanto modifica las

disposiciones contenidas en el ESTATUTO SOCIAL de

la

, y presentan la

lista de candidatos que a continuación se detalla:

DELEGADOS AL CONGRESO (Candidatos Titulares)

Apell. y Nombre

Clase y N° Doc.

Prof. y Dto.

Sección

Afiliado N°

DELEGADOS AL CONGRESO (Candidatos Suplentes)

Apell. y Nombre

Clase y N° Doc.

Prof. y Dto.

Sección

Afiliado N°

Firma apoderado agrupamiento:

...................

Firma apoderado general:

....................................................

Aclaración firma:

....................Dcto..............

Aclaración firma: ............................... Dcto.:

.......................

Domicilio:

..................................................

Domicilio:

...........................................................................

CONFORMIDAD DE CANDIDATO

....................................................................................................

....................................................................................................

....................................................................................................

Lista

...................................................................

Agrupamiento

................................................................

Sección

........................................................................

Por la presente declaro que aceptaré el cargo de miembro de la Comisión

........................................................................................................................

en el caso de ser electo, prestando conformidad al procedimiento

establecido por el artículo .................................... del

...................................... para esta elección, en cuanto

modifica las disposiciones contenidas en el ESTATUTO SOCIAL de

..........................................................................

Firma

............................................................................................................................

ESCRIBASE BIEN CLARO

Apellido

.........................................................................

Nombre/s

.........................................................................................................

Socio de

........................................................................

Matrícula N° ................................... Profesión

...................................................

......................................................................................

Departamento

...................................................................................................

N° Caja

..........................................................................

Nacionalidad

.....................................................................................................

Fecha de nacimiento

....................................................... DNI/LE/LC N°

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