MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 252/2015
Desígnase Secretaria de Ética Pública, Transparencia y Lucha contra la Corrupción.
Bs. As., 24/12/2015
VISTO la Ley N° 25.233, los Decretos Nros. 102 del 23 de diciembre de 1999 y 226 del 22 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 13 de la Ley N° 25.233 se creó la OFICINA
ANTICORRUPCION en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS, la que tiene a su cargo la elaboración y coordinación de
programas de lucha contra la corrupción en el sector público nacional.
Que el artículo 1° del Decreto N° 226/15 sustituyó el artículo 6° del
Decreto N° 102/99 y estableció que la conducción, representación y
administración de la OFICINA ANTICORRUPCION será ejercida por el
Secretario de Ética Pública, Transparencia y Lucha contra la
Corrupción, quien será nombrado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, con
rango y jerarquía de Secretario.
Que el artículo 7° del Decreto N° 102/99, texto según el artículo 2°
del Decreto N° 226/15, establece que el Secretario de Ética Pública,
Transparencia y Lucha contra la Corrupción deberá poseer título
universitario, sólida formación académica, antecedentes profesionales
calificados en derecho, ciencias sociales o economía y una reconocida
trayectoria democrática y republicana.
Que la licenciada Laura ALONSO (D.N.I. N° 23.120.537) cumple
acabadamente con los requisitos para ser designada titular de la
OFICINA ANTICORRUPCION, de acuerdo con sus antecedentes académicos,
profesionales y laborales.
Que por lo expuesto, resulta procedente designar a la licenciada Laura
ALONSO como Secretaria de Ética Pública, Transparencia y Lucha contra
la Corrupción.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 99, incisos 1 y 7, de la CONSTITUCION NACIONAL y en virtud de
lo establecido por el Decreto N° 226/15.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase a la
licenciada Laura ALONSO (D.N.I. N° 23.120.537) como Secretaria de Ética
Pública, Transparencia y Lucha contra la Corrupción, a cargo de la
OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Art. 2° —Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Germán C. Garavano.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.