JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Rango Decreto
Publicación 2015-12-03
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 2544/2015

Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Formación en Políticas Públicas.

Bs. As., 25/11/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0044497/2015 del Registro de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 27.008, los Decretos Nros.

491 del 12 de marzo de 2002 y 2131 del 17 de noviembre de 2014 y lo

solicitado por la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.008 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.

Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció,

entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de

la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de

Planta Permanente y no Permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO

NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que mediante el Decreto N° 2131 del 17 de noviembre de 2014 se designó

transitoriamente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles,

al Licenciado D. Marcelo Claudio KOWALCZUK como Director Nacional de

Formación en Políticas Públicas de la SUBSECRETARÍA DE FORMACIÓN EN

POLÍTICAS PÚBLICAS de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN

ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que resulta necesario efectuar la prórroga de la designación citada

precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su

artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien

designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y

reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública

Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la

Circular de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA

NACIÓN N° 4 del 15 de marzo de 2002.

Que el agente involucrado en la presente medida, se encuentra

exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto N°

601/02 y su modificatorio reglamentario del Decreto N° 491/02, por

haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y

TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención

correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y

1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dase por

prorrogada, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a

partir del 21 de agosto de 2015, la designación transitoria efectuada

en los términos del Decreto N° 2131 del 17 de noviembre de 2014 del

Licenciado D. Marcelo Claudio KOWALCZUK (D.N.I. N° 16.596.627) como

Director Nacional de Formación en Políticas Públicas de la

SUBSECRETARÍA DE FORMACIÓN EN POLÍTICAS PÚBLICAS de la SECRETARÍA DE

GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en un cargo Nivel A -

Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°

2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, con autorización

excepcional por no cumplir con los requisitos mínimos establecidos en

el artículo 14, Título II, Capítulo III del SINEP y autorizándose el

pago de la Función Ejecutiva Nivel I del aludido Convenio.

Art. 2° — El cargo involucrado

deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección

vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,

Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo

Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP)

homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, dentro del

plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 21 de

agosto de 2015.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se computará con cargo

a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente de

la JURISDICCIÓN 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese,

publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y

archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.

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