ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2015-12-29
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 255/2015

Decreto N° 357/2002. Modificación.

Bs. As., 24/12/2015

VISTO el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y

complementarios, el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 357/02, se aprobó el Organigrama de

Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta

nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran los referidos a

la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, para cumplir con

las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus

competencias.

Que por el Decreto N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios (texto

ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorias, estableciendo en el

artículo 10 las Secretarías del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que corresponde al Presidente de la Nación establecer las funciones específicas de las mencionadas Secretarías.

Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr el

perfeccionamiento de la utilización de los recursos públicos con miras

a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos,

focalizando su accionar en la producción de resultados que sean

colectivamente compartidos y socialmente valorados.

Que, en este sentido, y para una mejor atención de los asuntos

relacionados en forma directa a la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, se estima

necesaria la transferencia de diferentes organismos.

Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación

organizativa de los niveles políticos y técnicos, basado en criterios

de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las

demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y

adaptables a los cambios permanentes.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por

el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Transfiérese la

CASA MILITAR, con sus unidades organizativas dependientes, de la órbita

de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Art. 2° —Transfiérese la

COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS Y POLITICOS DE LA UNIDAD

PRESIDENTE, con sus unidades organizativas dependientes, de la órbita

de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a la órbita de la SECRETARIA GENERAL de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Art. 3° —Modifícase la

denominación de la COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS Y POLITICOS

DE LA UNIDAD PRESIDENTE, la cual pasará a denominarse COORDINACIÓN

GENERAL DE ASUNTOS PRESIDENCIALES.

Art. 4° — Transfiérense el

SECRETARIO PRIVADO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el SECRETARIO

PRIVADO ADMINISTRATIVO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el SECRETARIO

ADJUNTO de la PRESIDENCIA DE LA NACION y el SECRETARIO ADSCRIPTO PARA

ASUNTOS ESPECIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a la órbita de la

COORDINACION DE ASUNTOS PRESIDENCIALES de la SECRETARIA GENERAL de la

PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 5° — Transfiérese la

COORDINACION DE ENLACE COMISIÓN CASCOS BLANCOS, con sus unidades

organizativas dependientes, de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA

DE LA NACIÓN a la órbita de la SECRETARIA DE ASUNTOS ESTRATEGICOS de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 6° — Sustitúyese el

Apartado I, del Anexo I del artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21

de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios Organigrama de

Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL centralizada

correspondiente a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,

el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la

Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este

Decreto.

Art. 7° — Sustitúyese el

Apartado I del Anexo II del artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21

de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios —Objetivos—,

correspondiente a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,

el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la

Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este

Decreto.

Art. 8° — Apruébase la

conformación organizativa de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE

LA NACIÓN de acuerdo con el Organigrama, que como Anexo I forma parte

integrante del presente.

Art. 9° — Transfiérese la CASA

PATRIA GRANDE “PRESIDENTE NESTOR CARLOS KIRCHNER”, con sus unidades

organizativas dependientes, organismo desconcentrado creado por Decreto

N° 195/11 de la órbita de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA

NACIÓN al ámbito del MINISTERIO DE CULTURA.

Art. 10. — El gasto que demande

el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los

créditos de las partidas de origen asignadas por el Presupuesto General

de la Administración Nacional vigente, facultándose al Jefe de Gabinete

de Ministros a realizar las aclaraciones y modificaciones pertinentes.

Art. 11. — Establécese que las

aperturas estructurales existentes de nivel inferior a las aquí

aprobadas, mantendrán sus dotaciones, éstas con sus respectivos niveles

y funciones ejecutivas y de jefatura, previstas en el SISTEMA NACIONAL

DE EMPLEO PUBLICO, homologado por el Decreto N° 2098/08 y

modificatorios.

Art. 12. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.

Planilla anexa al artículo 6°

PRESIDENCIA DE LA NACION

I - SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

Planilla anexa al artículo 7°

I.- SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION

OBJETIVOS

1.

Asistir en forma directa al PODER EJECUTIVO NACIONAL en las

atribuciones que le asigna el artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL,

en lo relativo a las actividades de su competencia.

2.

Efectuar el seguimiento y la verificación del cumplimiento de las

directivas emanadas de la Presidencia de la Nación y realizar las

tareas especiales que ésta le encomiende, asesorándola además, sobre el

diseño y actualización de la política del PODER EJECUTIVO NACIONAL en

el contexto de la realidad mundial y nacional, así como también en

materia de consolidación del proceso democrático.

3.

Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL para el diseño de políticas

públicas y en la relación con organizaciones y sectores representativos

de la comunidad.

4.

Supervisar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

5.

Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración del mensaje al

HONORABLE CONGRESO NACIONAL, sobre el Estado de la Nación.

6.

Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración de los

mensajes, discursos y declaraciones públicas cuando se lo requiera.

7.

Efectuar el seguimiento de los temas que sean considerados

prioritarios por la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, informando su desarrollo

y resultado.

8.

Coordinar el análisis desde el punto de vista político, de todas las

disposiciones que sean sometidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL.

9.

Coordinar sus tareas con las de las distintas Secretarías de la

Presidencia de la Nación, con las de la Jurisdicción Jefe de Gabinete

de Ministros y con las de los Ministros, con el objeto de optimizar el

resultado de la acción de gobierno.

10.

Coordinar el funcionamiento de las Comisiones Nacionales de

asesoramiento o simples asesorías permanentes o transitorias, sin

funciones ejecutivas, que dependan directamente del PODER EJECUTIVO

NACIONAL.

11.

Asistir en la coordinación de las relaciones entre el PODER EJECUTIVO NACIONAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

12.

Administrar y ejecutar el Presupuesto de la Jurisdicción.

13.

Asistir en materia presupuestaria, a las áreas presidenciales de su

propia jurisdicción y a las que no cuenten con servicio administrativo

financiero propio.

14.

Conducir los aspectos logísticos y administrativos relacionados con

los viajes del PODER EJECUTIVO NACIONAL y con la flota presidencial de

aeronaves, y determinar las prioridades presupuestarias para el área.

15.

Intervenir en la asistencia presupuestaria para los viajes presidenciales.

16.

Conducir la administración de todos los recursos humanos,

materiales, informáticos, de comunicaciones y financieros afectados a

la Jurisdicción, y asimismo coordinar esos recursos materiales,

informáticos, de comunicaciones y financieros con las áreas de la

PRESIDENCIA DE LA NACION que forman parte de su jurisdicción, y las que

no cuenten con servicio administrativo propio.

17.

Asistir al Titular del PODER EJECUTIVO NACIONAL y su cónyuge en

todo lo concerniente al ceremonial, protocolo, audiencias y designación

de comitivas y asuntos de índole privada, requiriendo de los organismos

de la Administración Pública Nacional la colaboración necesaria para el

cumplimiento de sus funciones.

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

OBJETIVOS:

1.

Asesorar y coordinar la ejecución de las tareas que le encomiende el

Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y en particular

aquellas destinadas a asegurar la eficacia de la gestión y el mejor

cumplimiento de sus atribuciones.

2.

Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas, en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero.

4.

Efectuar la coordinación administrativa, financiera y de recursos

humanos de todas las áreas integrantes de la jurisdicción y de las

entidades descentralizadas dependientes, así como la planificación de

las actividades de administración.

5.

Coordinar la obtención, sistematización y presentación del

asesoramiento que se requiera para el cumplimiento de las funciones del

PODER EJECUTIVO NACIONAL y para el establecimiento de objetivos,

políticas y criterios de gestión.

6.

Asistir al Secretario General en la administración de los recursos

humanos, informáticos, materiales y financieros de la SECRETARIA

GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y asimismo a las Secretarías y

organismos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a los cuales brinde apoyo

administrativo.

7.

Coordinar el seguimiento y trámite de los pedidos de informe que el

PODER EJECUTIVO NACIONAL solicite al Jefe de Gabinete de Ministros, a

los Ministros Secretarios y demás organismos de la Administración

Pública Nacional.

8.

Asistir técnica y administrativamente al Secretario General de la

PRESIDENCIA DE LA NACION, en la coordinación del funcionamiento de las

Comisiones Nacionales de asesoramiento o simples asesorías permanentes

o transitorias, sin funciones ejecutivas, que dependan directamente del

PODER EJECUTIVO NACIONAL.

9.

Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación

administrativa, determinando para cada trámite, las unidades de la

jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema

respectivo.

10.

Asistir en la preparación de la información y el seguimiento de actividades derivadas de los viajes presidenciales.

11.

Administrar la Intendencia de la Casa de Gobierno y la Residencia Presidencial de Olivos.

12.

Proveer y coordinar los sistemas informáticos y de comunicaciones de la Presidencia de la Nación.

13.

Asistir técnica, logística y administrativamente al Secretario

General en todo lo atinente a la coordinación de los viajes del PODER

EJECUTIVO NACIONAL y la flota presidencial de aeronaves.

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS PRESIDENCIALES

OBJETIVOS

1.

Asistir al Presidente de la Nación en los asuntos relativos a su

competencia específica, en especial los vinculados a políticas de

interés para el PODER EJECUTIVO NACIONAL, que le sean requeridos.

2.

Participar en la relación con las organizaciones y sectores

políticos, sociales, económicos y representativos de la comunidad a

nivel nacional, provincial y municipal, en el ámbito de su competencia.

3.

Participar en el diseño y administración de un sistema de información que permita el seguimiento de la acción de gobierno.

4.

Intervenir en la determinación de objetivos a alcanzar y

sistematización de logros, en relación a los viajes presidenciales,

como asimismo en la obtención de información necesaria.

5.

Asistir al Secretario General en todo lo atinente a la coordinación

del ceremonial, el protocolo y las audiencias presidenciales.

6.

Asistir al Secretario General en todo lo atinente a la coordinación

de eventos a desarrollarse en el ámbito de su competencia específica.

7.

Coordinar y entender en el tratamiento de la documentación y las

demandas por vía oral o escrita dirigidas al señor Presidente de la

Nación.

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA GENERAL

OBJETIVOS:

1.

Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en lo

relativo a las actividades que aseguren la coherencia política de la

acción de gobierno y en la coordinación del asesoramiento requerido

para el establecimiento de objetivos, políticas y criterios de gestión.

2.

Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en los

asuntos relativos a su competencia específica, en especial los

vinculados a políticas de interés para el PODER EJECUTIVO NACIONAL, que

le sean requeridos y representarlo cuando así se le encomiende.

3.

Verificar el cumplimiento de las instrucciones emanadas de la

Presidencia de la Nación que le encomiende al Secretario del área.

4.

Coordinar la obtención, análisis y sistematización de la información para el diseño de políticas públicas.

5.

Coordinar el diseño y la administración de un sistema de información que permita el seguimiento de la acción de gobierno.

6.

Elaborar e implementar estudios, programas y proyectos especiales

que le encomiende el Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

7.

Realizar el análisis político de los asuntos que la Presidencia de

la Nación solicite al Secretario del área, o de aquellas disposiciones

que se sometan a consideración del señor Presidente de la Nación.

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