DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Rango Decreto
Publicación 2013-04-29
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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Decreto S 2563/1979

Bs. As., 17/10/1979

VISTO lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que resulta conveniente centralizar en una entidad orgánica el

desarrollo de las distintas funciones que con referencia a los espacios

adyacentes a nuestros límites internacionales desempeña el Ministerio

de Defensa.

Que al disolverse la Subsecretaría de Planeamiento para la Defensa por

Decreto “S” N° 1458/79, las funciones relativas a la Zona y Areas de

Frontera fueron provisoriamente transferidas a la Comisión Nacional de

Zonas de Seguridad hasta resolver sobre su apropiada estructuración.

Que si bien dicha Comisión Nacional, ha venido cumpliendo desde su

creación las responsabilidades inherentes a la policía de radicación en

fronteras, el agregado de nuevas funciones relativas a la promoción y

desarrollo de la Zona y Areas de Frontera, exige la constitución de una

organización más conveniente para satisfacerla.

Que la Superintendencia Nacional de Fronteras cuya creación se dispone,

constituye una organización apta para el tratamiento de los diversos

aspectos de la política de frontera y con el nivel suficiente para

actuar en relación con las distintas jurisdicciones que actúan en ese

ámbito. Ello sin perjuicio de la subsistencia como órgano de decisión

colegiado de la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad, conforme con

lo establecido por el Decreto N° 15.385/44, ratificado por la Ley N°

12.913.

Que de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto N° 234/69, cuando se

modifica una estructura, el presente debe tener el carácter de

rectificatorio de aquel que la aprobó.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° —Créase la

Superintendencia Nacional de Fronteras y rectificase el Decreto “S” N°

615, del 11 de diciembre de 1973 y normas modificatorias y el Decreto

“S” N° 4162, del 3 de diciembre de 1975, por los cuales se aprobó con

carácter provisional la estructura orgánico- funcional del Ministerio

de Defensa y de la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad, de

acuerdo al organigrama, misión y funciones y agrupamiento funcional que

como Anexos Ia, Ib, II y III forman parte integrante del presente

decreto.

Art. 2° — El Superintendente

Nacional de Fronteras tendrá nivel de Subsecretario y será el

Presidente natural de la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad.

Art. 3° — Asígnanse a la

Superintendencia Nacional de Fronteras las funciones otorgadas a la

Comisión Nacional de Zonas de Seguridad por el artículo 5º del Decreto

“S” N° 1458/79.

Art. 4° — Asígnanse a la

Superintendencia Nacional de Fronteras y a su titular las funciones y

responsabilidades otorgadas por el Decreto N° 2086/77 a la Comisión

Nacional de Zonas de Seguridad y a su Presidente respectivamente.

Art. 5° — Deróganse los Anexos

III y IV del Decreto “S” N° 4162/75 y transfiérase a la

Superintendencia Nacional de Fronteras el personal que revista en la

Comisión Nacional de Zonas de Seguridad.

Art. 6° — El gasto que demande

la aplicación de la estructura que se aprueba por el presente Decreto

será financiado con cargo a la Función 3.90 Jurisdicción 45-Programa

001- Carácter 0- Servicio Administrativo 370- Inciso 11- Partida

Principal 1110 del Presupuesto para la Administración Pública Nacional

para el ejercicio 1979.

Art. 7° —Comuníquese y archívese. — VIDELA.


NOTA: Los Anexos que integran este Decreto se publican en la edición

web del BORA —www. boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.