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HIDROCARBUROS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

HIDROCARBUROS

Decreto N° 2.568/1979

Derógase el Decreto N° 632 de fecha 27 agosto de 1974.

Bs. As., 17/10/79

VISTO el Expediente N° 360.019/78, de la Secretaría de Estado de

Energía, por el cual Yacimientos Petrolíferos Fiscales Sociedad del

Estado, solicita la derogación del Decreto Número 632 de fecha 27 de

agosto de 1974, de nacionalización de bocas de expendio de combustibles

y lubricantes, y

CONSIDERANDO:

Que con el dictado del Decreto N° 223 de fecha 27 de abril de 1976 se

encaró la situación existente a raíz de los distintos diferendos

planteados entre el Estado Nacional y empresas privadas, nacionales y

extranjeras, entre ellos los resultantes de la aplicación del decreto

citado en el Visto.

Que a tal efecto fueron creadas Comisiones Asesoras Honorarias que

tuvieron a su cargo el estudio de los antecedentes de cada caso y la

recomendación de las soluciones pertinentes.

Que los acuerdos los acuerdos a que se arribara en el seno de dichas

Comisiones fueron aprobados por los Decretos números 1535/77, 1536/77,

1539/77, 2371/77, 3241/77, 2035/78, 697/79 768/79 y 1183/79,

excluyéndose las empresas afectadas del régimen legal establecido por

el Decreto N° 632 de fecha 27 de agosto de 1974.

Que, consecuentemente corresponde disponer su derogación,

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°- Derógase el

Decreto número 632 de fecha 27 de agosto de 1974 por el que se dispuso

el otorgamiento de todas las autorizaciones de estaciones de servicio y

bocas de expendio de combustibles y lubricantes a favor de Yacimientos

Petrolíferos Fiscales.

Art. 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

VIDELA.

José A. Martínez de Hoz.